Sobre suma adeudada por aspirante a oficial policial de la Policía de Investigaciones de Chile
- Fecha
- 7 de abril de 2011
- Fuentes legales
- ley 10336 art/67
- Descriptores
- pago indebido ex funcionario
- Cita
- Dictamen N° 21.379 de 2011
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 44.275 de 2011
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 5.387 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 21.379 Fecha: 7-IV-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, RUT N° RUT reservado, aspirante a oficial policial, de dotación de la Escuela de Investigaciones Policiales, de la Policía de Investigaciones de Chile, a fin de solicitar la condonación, o en subsidio facilidades de pago, para reintegrar la suma de $ 241.755, que adeuda.
Al respecto, cabe hacer presente que la deuda se produjo por un error imputable a la Institución, al pagarle remuneraciones como asistente policial asimilado al grado 18, durante los meses de febrero y marzo de 2009, en circunstancias que no le correspondía, por cuanto sólo se desempeñó en esa calidad hasta el 1 de febrero de 2009, incorporándose como aspirante a oficial policial a contar de esa fecha, sin que le asista el derecho a percibir remuneraciones, de acuerdo al criterio contenido en el dictamen N° 5.387, de 2011, de esta Entidad Fiscalizadora De acuerdo a lo expuesto, cabe señalar que actualmente el señor nombre reservado no es funcionario público, y carece de remuneraciones sobre las cuales pueda hacerse exigible esa obligación mediante el procedimiento de reintegro establecido en el artículo 67 de la ley N° 10.336, no obstante lo cual, se ha registrado el cargo pecuniario en su contra, para hacerlo efectivo en los emolumentos que en el futuro pudiese percibir, en el evento que se incorpore a la Administración del Estado.
Sin perjuicio de lo anterior, la citada institución policial deberá adoptar las medidas pertinentes para el cobro de esa suma, y obtener la restitución de lo adeudado, por las vías que correspondan, de lo cual deberá informar oportunamente a este Organismo de Control.
nombre reservado
Contralor General de la República