Plazo para revisar la pensión no contributiva del exonerado político que se individualiza se encuentra vencido
- Fecha
- 16 de marzo de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 19260 art/4 inc/3, ley 19260 art/4 inc/4, dto 39/99 TRAPS art/27 bis, dto 39/99 TRAPS art/27
- Descriptores
- personal, seguridad social, exonerados políticos, revisión pensión, plazo vencido
- Cita
- Dictamen N° 20.654 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Confirma Dictamen N° 101.458 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 20.654 Fecha: 16-III-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva y la aplicación de las presunciones de rentas establecidas en el decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Sobre el particular, cabe hacer presente que este Órgano de Control, mediante el dictamen N° 101.458, de 2014, analizó el caso del interesado, concluyendo, por los motivos y datos allí descritos, que no es posible revisar la prestación de que se trata, atendiendo a que el plazo para aquello se encuentra vencido, acorde con lo dispuesto en los incisos tercero y cuarto del artículo 4° de la ley N° 19.260, supuestos que en la actualidad no han experimentado variación. Ahora bien, en lo que dice relación con la aplicación de la renta presunta del artículo 27 bis del mencionado decreto, es dable señalar que ello no es procedente, en primer lugar por el argumento contenido en el párrafo que antecede y, en segundo término, porque el cálculo de su pensión no contributiva se efectuó considerando la remuneración de naturaleza imponible consignada en el certificado de renta extendido por su exempleador a la sazón, según el artículo 27 del mismo texto normativo, por lo que no procede utilizar la citada presunción, tal como le fue informado mediante el ordinario N° 1.714, de 2015, del Instituto de Previsión Social. Por las razones expuestas, se ratifica el oficio N° 101.458, de 2014, de esta procedencia y se desestiman las pretensiones del señor nombre reservado. Transcríbase a la Contraloría Regional del Biobío. Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General