Se abstiene de emitir pronunciamiento por tratarse de un asunto de naturaleza litigiosa
- Fecha
- 24 de mayo de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- Facultades CGR, abstención, asunto litigioso, contrato entre particulares
- Cita
- Dictamen N° 18.845 de 2017
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 26.577 de 2017
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 18.845 Fecha: 24-V-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, solicitando la reconsideración del oficio N° 16.068 de 2016, de la Sede Regional de Valparaíso, el cual -en respuesta al interesado- indicó que el oficio N° 2.594, de 2016, de la Municipalidad de Valparaíso, contiene la información requerida en relación con la situación de don nombre reservado, originada en un contrato de promesa de compra venta de un inmueble que existiría entre los particulares.
Conferido traslado, la entidad edilicia reitera lo señalado anteriormente, en cuanto que no existen documentos que den cuenta del hecho de haberse otorgado algún beneficio habitacional en favor del señor nombre reservado. Agrega, que los demás asuntos expuestos por el recurrente corresponden a vínculos contractuales privados que no son de competencia de dicho municipio, por lo que solicita que se desestime la reconsideración del oficio ya individualizado.
Sobre el particular, cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley Nº 10.336, la Contraloría General no puede intervenir ni informar en asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso.
Pues bien, de los antecedentes tenidos a la vista, consta que la materia de que se trata reviste el carácter de litigiosa, por cuanto existe un eventual incumplimiento de un contrato de promesa de compraventa suscrito entre el peticionario, en su calidad de propietario del inmueble que indica y el señor nombre reservado, quien supuestamente no habría finiquitado tal compromiso por encontrarse pendiente un subsidio habitacional en su favor, tramitado -según sostiene el recurrente- en la Municipalidad de Valparaíso.
En consecuencia, este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado.
Transcríbase a la Municipalidad de Valparaíso.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República