Se abstiene de emitir pronunciamiento por tratarse de un asunto de naturaleza litigiosa
- Fecha
- 9 de enero de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- asunto litigioso, abstención contraloría, interpretación contrato
- Cita
- Dictamen N° 1.810 de 2014
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 89.063 de 2014
- Aplica Dictamen N° 44.885 de 2014
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 28.811 de 2013
- Aplica Dictamen N° 41.436 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 1.810 Fecha: 09-I-2014 Se dirigido a esta Entidad de Control don nombre reservado, para solicitar la reconsideración de lo resuelto por la Contraloría Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins en su oficio N° 3.220, de 2013, mediante el cual se abstuvo de formular un pronunciamiento sobre el pago de una factura por trabajos efectuados para la Municipalidad de Santa Cruz, durante la ejecución del contrato de servicios denominado “Demarcación y pintado de pasos peatonales comuna de Santa Cruz”, por estimar que el asunto incidía en una cuestión litigiosa. Conforme con la situación en estudio y de los documentos tenidos a la vista, es posible advertir, por una parte, que el reclamante en esta ocasión no aporta nuevos antecedentes ni argumentos distintos a los que ya fueron proporcionados a la Contraloría Regional referida, que permitan alterar lo manifestado por ésta, y por la otra, que los hechos planteados inciden en la interpretación de disposiciones contractuales o en el cumplimiento de obligaciones emanadas de un contrato, razón por la cual cumple con señalar que su conocimiento no le compete a este Órgano Contralor, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, por constituir controversias que revisten el carácter de litigioso (aplica dictámenes N°s. 41.436, de 2012, y 28.811, de 2013). En consecuencia y en mérito de lo expuesto, este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, debiendo ratificar el citado oficio N° 3.220, de 2013, de la aludida Sede Regional de esta Entidad de Control.
Transcríbase a la Contraloría Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins y a la Municipalidad de Santa Cruz.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante