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Derecho público chileno

DictamenN° 17.482 de 201715 may 2017

Se abstiene de emitir un pronunciamiento sobre el cumplimiento de una sentencia judicial

Fecha
15 de mayo de 2017
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
pol art/76, ley 10336 art/6 inc/3
Descriptores
facultades cgr, abstenciones, asunto litigioso, sentencia judicial
Cita
Dictamen N° 17.482 de 2017

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 17.482 Fecha: 15-V-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, reclamando en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A., por la forma en que habría liquidado las cotizaciones que, en cumplimento de la sentencia de fecha 6 de febrero de 2007, emitida por del 1er Juzgado de Letras de Santiago, en la causa rol N° L-3058, de 2002, le pagó su exempleador.

Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 76 de la Constitución Política, dispone que la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, resolverlas y hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley, precepto que debe interpretarse armónicamente con lo señalado en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, según el cual esta Entidad Fiscalizadora no intervendrá ni informará los asuntos que por su naturaleza, sean propiamente de carácter litigioso o estén sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, lo que abarca aquellos en que ya existe un fallo judicial, como acontece en la especie, de conformidad con lo sostenido en los dictámenes N os 6.491, de 2015 y 61.063, de 2016, de este origen, entre otros.

Por consiguiente, en atención a que la petición de que se trata, incide en el cumplimiento de una sentencia judicial, este Organismo de Control se abstiene de emitir el pronunciamiento requerido, correspondiéndole decidir sobre la materia a la autoridad jurisdiccional.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal