Representa resolución N° 107 de 2012, de la Armada, que sanciona a funcionario con la medida disciplinaria de licenciamiento del servicio
- Fecha
- 21 de marzo de 2012
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- res 1600/2008 Contr art/7 num/7/2/3
- Descriptores
- toma de razón, medida disciplinaria
- Cita
- Dictamen N° 16.442 de 2012
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 706 de 2021
- Aplica Dictamen N° 18.565 de 2012
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 35.161 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 16.442 Fecha: 21-III-2012 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón de la resolución N° 107, de 2012, de la Dirección General del Personal de la Armada, mediante la cual se sanciona con la medida disciplinaria de licenciamiento del servicio al señor nombre reservado, por cuanto no se ajusta a derecho.
Lo anterior, pues según lo previsto en el artículo 7°, punto 7.2.3 de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora, sobre exención del trámite de toma de razón, debe someterse a dicho control preventivo de legalidad el acto terminal que impone la medida expulsiva, el que debe dictarse luego de fallarse los recursos que procedan o vencidos los plazos establecidos al efecto, si ellos no se hubieren deducido.
De esta manera, considerando que el señor nombre reservado, luego de ser notificado de la mencionada resolución N° 107, de 22 de febrero de 2012, renunció a los recursos de reclamación procedentes, corresponde, entonces, que se expida por la autoridad facultada para ello, con una fecha posterior a esta última, un acto terminal que confirme la sanción impuesta, tal como se informó en el dictamen N° 35.161, de 2011, de este origen, instrumento que debe ser remitido a este Órgano Contralor para su control previo de juridicidad, lo que, de los antecedentes estudiados, no consta haber sucedido.
En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo analizado.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante