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Derecho público chileno

DictamenN° 15.772 de 20161 mar 2016

Se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado por las razones que indica

Fecha
1 de marzo de 2016
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
pol art/80, ley 10336 art/6 inc/3
Descriptores
facultades CGR, competencia
Cita
Dictamen N° 15.772 de 2016

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 15.772 Fecha: 01-III-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, juez del Primer Juzgado de Policía Local de Coquimbo, solicitando un pronunciamiento relativo a la juridicidad del Auto Acordado de la Corte Suprema, de 18 de diciembre de 2015, que establece que el límite de edad de 75 años, previsto en el actual artículo 80 de la Constitución Política de la República, es aplicable a los jueces de policía local.

Sobre el particular, cabe hacer presente que la reclamación del peticionario incide en una decisión de ese alto tribunal, motivo por el cual esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse de emitir un pronunciamiento al respecto, ya que, tal como lo ha expresado en su dictamen N° 76.917, de 2012, entre otros, no le compete pronunciarse sobre la legalidad de las decisiones que adopten los tribunales de justicia, por cuanto éstos no pertenecen a la Administración.

Sin perjuicio de lo anterior y a mayor abundamiento, es del caso consignar que el asunto por el que se consulta ha sido sometido al conocimiento y resolución del Tribunal Constitucional, en la causa Rol N° 2.961-16-CAA y demás acumuladas a ésta, lo que configura otra causal por la cual este Organismo Contralor debe abstenerse de informar en la materia, atendido lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República