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Derecho público chileno

DictamenN° 14.449 de 201213 mar 2012

Cursa con alcance la resolución N° 4 de 2012, de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur, del Servicio de Impuestos Internos, que ordena devolver a la empresa…

Fecha
13 de marzo de 2012
Materia
Administración financiera, presupuesto y rendición de cuentas
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 20557
Descriptores
devolución iva exportador, inutilización hojas en blanco
Cita
Dictamen N° 14.449 de 2012

Sumario

Cursa con alcance la resolución N° 4 de 2012, de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur, del Servicio de Impuestos Internos, que ordena devolver a la empresa Comercial Nutrafrut Ltda., una suma por concepto de IVA Exportador del mes de mayo de 2011, por estimar que se ajusta a las disposiciones legales y reglamentarias que le sirven de fundamento

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Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 14.449 Fecha: 13-III-2012 La Contraloría General de la República ha procedido a tomar razón de la resolución N° 4, de 2012, de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur, del Servicio de Impuestos Internos , que ordena devolver a la empresa Comercial Nutrafrut Ltda., la suma de $ 107.690.807.-, por concepto de IVA Exportador del mes de mayo de 2011, por estimar que se ajusta a las disposiciones legales y reglamentarias que le sirven de fundamento.

No obstante, cumple con precisar que la denominación que le corresponde al ítem que financia la restitución de la especie es Devoluciones de IVA, del Programa Ingresos Generales de la Nación, incluido en la partida 50 Tesoro Público, conforme a lo establecido en la ley N° 20.557, de Presupuestos del Sector Público para el año 2012 y no como se viene señalando.

Por otra parte, cabe agregar que el reverso en blanco de las hojas de los actos administrativos que se emitan, debe ser inutilizado por el funcionario legalmente autorizado para actuar como ministro de fe (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s 24.230, de 2005, 44.409, de 2010 y 2.124, de 2012, entre otros).

Por último, entiende que a contar de la total tramitación del acto administrativo en examen, quedará sin efecto la resolución N° 23 de 2011, de esa Dirección, que fuera representada con oficio N° 5.140, de 26 de enero de 2012, desde este Organismo Contralor.

Con los alcances que preceden, se ha otorgado trámite regular al instrumento señalado.

nombre reservado

Contralor General de la República