Pago de saldos adeudados por el IND en contrato de obras del Estadio Nacional
- Fecha
- 18 de febrero de 2016
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- facultades CGR, toma de razón, contratos administrativos, contrato de obra pública
- Cita
- Dictamen N° 13.379 de 2016
Resumen
La Contraloría tomó razón de la devolución de retenciones y se abstuvo de examinar el pago de costos directos de mantención, pero representó la resolución que aprobó los mayores gastos generales; requirió al IND informar sobre estos y sobre las gestiones para solucionarlos.
Sumario de la Contraloría
Sobre el pago de los saldos adeudados por el Instituto Nacional de Deportes de Chile en el marco del contrato "Mejoramiento Accesos y Circulaciones Estadio Nacional"
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 4.052 de 2016
- Aplica Dictamen N° 83.377 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 13.379 Fecha: 18-II-2016 Don nombre reservado, en representación de nombre reservado Golf Limitada, reclama que el Instituto Nacional de Deportes de Chile (IND) le adeudaría los montos que indica por concepto de devolución de retenciones, mayores gastos generales y costos directos de mantención, en el marco del contrato “Mejoramiento Accesos y Circulaciones Estadio Nacional”, aprobado por la resolución N° 348, de 2012, de ese servicio.
Sobre el particular, y teniendo en cuenta lo informado por el IND, cumple con manifestar que con posterioridad a la presentación de la referencia, ingresó a control previo de juridicidad la resolución N° 132, de 2015, del ese servicio -que aprobó la devolución de las respectivas retenciones-, la que fue tomada razón con fecha 20 de octubre del mismo año, con los alcances que se señalan en el oficio N° 83.377, de 2015, de este origen.
Asimismo, que el 11 de diciembre de 2015, la repartición recurrida ingresó a trámite su resolución N° 375, de esa anualidad -por medio de la cual autoriza el pago de la indemnización por los aludidos costos directos de mantención-, acto administrativo respecto del cual esta entidad contralora, a través de su oficio N° 4.607, de 2016, se abstuvo de ejercer el examen previo de legalidad por encontrarse exento de toma de razón.
En lo concerniente, por otro lado, a los mayores gastos generales mencionados, corresponde anotar que estos fueron aprobados por la resolución N° 376, de 2015, del IND, la cual, sin embargo, fue representada mediante el oficio N° 4.052, de 2016, de este organismo de fiscalización, por los motivos que en el mismo se desarrollan.
Finalmente, se ha estimado del caso requerir al IND para que informe acerca de los antedichos costos directos de mantención y de las gestiones realizadas tendientes a verificar la pertinencia de disponer la solución de los mayores gastos generales a que se refiere la citada resolución N° 376, de 2015, de todo lo cual deberá dar cuenta a esta Contraloría General en el plazo de 10 días contado desde la recepción del presente oficio.
Transcríbase al recurrente, junto con las fotocopias de los singularizados oficios emanados de este ente contralor.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República