Control preventivo de resolución del Serviu Metropolitano sobre liquidación de contrato de pavimentos
- Fecha
- 8 de enero de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- serviu, liquidación de contrato
- Cita
- Dictamen N° 1.298 de 2014
Resumen
Contraloría se abstiene de dar curso a la resolución por omitirse certificados de ensayes de flexotracción y espesores de calzadas y la justificación de modificaciones de obras, antecedentes solicitados al servicio.
Sumario de la Contraloría
Representa la resolución N° 260, de 2013, del Serviu Metropolitano
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 21.353 de 2014
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 33.531 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 1.298 Fecha: 08-I-2014 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 260, de 2013, del Serviu Metropolitano, que aprueba la liquidación del contrato “Programa de Pavimentos Participativos, Llamado 19°, Agrupación N° 3”, comunas de Pudahuel, Maipú, Conchalí, Renca, Colina, Cerro Navia, Independencia y Recoleta, por cuanto, se omitió adjuntar los certificados de ensayes de flexotracción de las soleras y espesores de calzadas de hormigón, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos en los pliegos de condiciones, y la justificación de las modificaciones de obras dispuestas durante la ejecución de los trabajos, antecedentes que fueron solicitados oportunamente a ese servicio.
Al efecto, cabe añadir que a través del oficio N° 33.531, de 2012, esta Entidad de Control puso en conocimiento de ese SERVIU que las resoluciones que se someten al control preventivo de juridicidad se deben acompañar de la totalidad de los documentos de respaldo pertinentes y que le sirven de fundamento, lo que no ha acontecido en la especie.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación