Sobre Tiempo computable en la base de cálculo de la bonificación por retiro voluntario prevista en la ley N° 20.822
- Fecha
- 17 de febrero de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 20822 art/1 inc/2
- Descriptores
- seguridad social, bonos de retiro, base de cálculo, tiempo computable
- Cita
- Dictamen N° 12.882 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 24.720 de 2016
Este documento se refiere a
- Reconsidera parcialmente Dictamen N° 68.584 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 12.882 Fecha: 17-II-2016 La Contraloría Regional de Los Lagos ha remitido la presentación de doña nombre reservado, docente de la Municipalidad de Puerto Montt, quien solicita la reconsideración del dictamen N° 68.584, de 2015, toda vez que mediante dicho pronunciamiento este Organismo Fiscalizador concluyó, en lo que interesa, que corresponde reconocer en la base de cálculo de la bonificación por retiro voluntario prevista en la ley N° 20.822, los años trabajados en la aludida entidad edilicia a contar del 1 de marzo de 2013, en circunstancias que, según indica la peticionaria, debió considerarse que el ingreso a sus labores se produjo el 1 de marzo de 2012. Sobre el particular, es dable recordar que a través del referido dictamen N° 68.584, de 2015, esta Contraloría General señaló que para los efectos de determinar la bonificación prevista en la ley N° 20.822, se deben considerar los años continuos de servicios prestados por la interesada en la entidad edilicia, esto es, desde el 1 de marzo de 2013, teniendo presente la proporcionalidad señalada en el inciso segundo del artículo 1° del aludido texto legal, y en la medida, por cierto, que la peticionaria formalizara su renuncia voluntaria, acompañada del respectivo certificado de nacimiento, hasta el 2 de noviembre de 2015. Precisado lo anterior, resulta necesario señalar que según consta en los antecedentes contenidos en el Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado -SIAPER-, que mantiene esta Contraloría General, mediante el decreto alcaldicio N° 1.345, de 2012, de la Municipalidad de Puerto Montt, la señora nombre reservado fue contratada para desempeñar labores docentes en esa entidad edilicia, desde el 1 de marzo de 2012 al 28 de febrero de 2013, periodo que, tal como indica la interesada, se debe considerar para determinar el monto de la bonificación de que se trata.
En las condiciones anotadas, se reconsidera el dictamen N° 68.584, de 2015, de este Organismo Fiscalizador, en el sentido que procede reconocer en la base de cálculo de la bonificación por retiro voluntario prevista en la ley N° 20.822, los años trabajados por la recurrente en la Municipalidad de Puerto Montt a contar del 1 de marzo de 2012.
Transcríbase a la señora nombre reservado y a la Contraloría Regional de Los Lagos.
Saluda atentamente a Ud. nombre reservado
Contralor General de la República