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Derecho público chileno

DictamenN° 1.287 de 20148 ene 2014

Se abstiene de emitir pronunciamiento por tratarse de un asunto de naturaleza litigiosa y encontrarse en conocimiento de los Tribunales de Justicia

Fecha
8 de enero de 2014
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Ley 10336 art/6 inc/3
Descriptores
Mun, abstención, asunto litigioso, devolución boleta de garantía, obligación contractual
Cita
Dictamen N° 1.287 de 2014

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 1.287 Fecha: 08-I-2014 Se ha dirigido a esta Entidad de Control don nombre reservado, para presentar un reclamo requiriendo la devolución, sin más trámite, de la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato de servicios denominado “Servicio de aseo, limpieza de calles y extracción de basura en los alrededores de la Vega Central”, suscrito con la Municipalidad de Independencia.

Indica el ocurrente, que la citada entidad edilicia puso término, de manera anticipada, al contrato referido, razón por la cual ha exigido en reiteradas oportunidades la devolución de la boleta que garantizaba el fiel cumplimiento del mismo, sin que hasta la fecha le haya sido entregada, pese a no existir, en su concepto, fundamentos para ello. Agrega que sobre la materia, interpuso un reclamo de ilegalidad ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago.

Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6 o de la ley N o 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso, o que estén sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie, puesto que, por una parte, el reclamo se refiere a la determinación del cumplimiento de obligaciones contractuales, y por otra, se dedujo la indicada acción jurisdiccional, en causa rol N° 5.617, de 2013, la que se encuentra actualmente en tramitación (aplica dictámenes N°s. 39.542, de 2010; 41.436, de 2012, y 78.553, de 2013).

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante