Plazo para reclamar el pago de imposiciones por el período de conscripción militar, prescribe en cinco años
- Fecha
- 12 de abril de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- servicio militar, cotizaciones previsionales
- Cita
- Dictamen N° 12.504 de 2017
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 8.492 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 12.504 Fecha: 12-IV-2017 Se han dirigido a esta Contraloría General los señores nombre reservado y nombre reservado quienes, en presentaciones separadas, solicitan el pago de las cotizaciones previsionales por su servicio militar realizado entre los años 1975 y 1977.
Sobre el particular, es dable anotar, conforme con lo señalado en el dictamen N° 8.492, de 2015, de este origen, entre otros, que no procedía que las personas que sirvieron como conscriptos, con anterioridad al año 1983, impusieran por dicha función, salvo que al momento de cumplirla, se encontraran afectas al régimen del ex Servicio de Seguro Social, situación en la que tuvieron derecho a que se les enteraran las imposiciones con cargo al patrimonio fiscal, las que debían reclamarse dentro de los cinco años siguientes al término de esa labor, plazo que, en los casos en cuestión, se encuentra vencido.
Por ende, se rechazan los requerimientos de los peticionarios.
Transcríbase al señor nombre reservado.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal