Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 12.139 de 201615 feb 2016

Plazo para solicitar cambio de causal de retiro por inutilidad en la Armada

Fecha
15 de febrero de 2016
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dfl 1/68 Defen art/164, dfl 1/97 defen art/fin
Descriptores
Personal, seguridad social, cambio causal de retiro
Cita
Dictamen N° 12.139 de 2016

Resumen

El derecho del exfuncionario a pedir la modificación de su causal de retiro prescribe en diez años, plazo ya transcurrido desde su alejamiento en 1999.

Sumario de la Contraloría

Derecho de exfuncionario de la Armada para solicitar el cambio de su causal de retiro, prescribe en el plazo de diez años

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 12.139 Fecha: 15-II-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de la Armada, para solicitar el cambio de su causal de retiro por una inutilidad de segunda clase.

Al respecto, es dable indicar, en armonía con lo sostenido por esta Entidad de Control, en sus dictámenes N°s 35.211, de 2000 y 44.869, de 2013, que el empleado que cesa por un motivo diferente a la de enfermedad invalidante, no obstante padecer de esa dolencia al tiempo de su desvinculación, puede pedir posteriormente la modificación de aquella y obtener una pensión de inutilidad, si acredita la circunstancia antes descrita, siempre, por cierto, que ello tenga lugar dentro del término de diez años contemplado en el artículo 164 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, antiguo Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, vigente en virtud del artículo final del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, de la misma Secretaría de Estado.

Ahora bien, en atención a que en la documentación examinada, aparece que el alejamiento del ocurrente se produjo a contar del día 1 de marzo de 1999, cabe concluir que su derecho a solicitar que se evalúe su estado de salud con el propósito de que se le reconozca una invalidez, se encuentra, en la actualidad, prescrito, por haber transcurrido el anotado lapso.

Finalmente, en cuanto a los hechos que denuncia, esto es, una supuesta obtención irregular de beneficios previsionales por los funcionarios de la Armada que indica, cumple con señalar que se remitirán los antecedentes a la División de Auditoría Administrativa de esta Entidad Fiscalizadora, para los fines que sean pertinentes.

Transcríbase a la División de Auditoría Administrativa de esta Contraloría General.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General