Bases de licitación de arriendo y lavado de ropa del Instituto de Neurocirugía
- Fecha
- 29 de abril de 2019
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, contrato de servicios, aprobación bases tipo
- Cita
- Dictamen N° 11.617 de 2019
Resumen
Se representa la resolución porque persisten causales de multa genéricas, contrarias a los principios de certeza y seguridad jurídica, y errores de redacción en el cronograma que impiden su acertada inteligencia.
Sumario de la Contraloría
Representa la Resolución N° 1, de 2018, del Instituto de Neurocirugía
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 3.591 de 2019
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 11.617 Fecha: 29-IV-2019 Esta Contraloría General nuevamente no ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas tipo y modelo de contrato para el servicio de arriendo, lavado y administración de ropa para el Instituto de Neurocirugía, por cuanto no se ajusta a derecho.
Al respecto, es necesario señalar que el acto en estudio fue representado mediante el oficio N° 3.591, de 2019, de este Organismo Fiscalizador, sin que en esta oportunidad se haya subsanado la totalidad de las observaciones efectuadas a través de ese pronunciamiento.
En efecto, subsiste el reproche formulado en relación con lo previsto en el párrafo segundo de la letra b) del N° 1 del punto VI de las bases y en la cláusula décima cuarta del modelo de contrato, que establecen causales de multa de forma genérica, lo que contraviene los principios de certeza y seguridad jurídica.
Por otra parte, en la versión actual del pliego de condiciones el penúltimo recuadro del cronograma de la licitación, contenido en el N° 4 del punto I del pliego de condiciones, presenta errores de redacción, lo que impide su acertada inteligencia.
Atendido lo expuesto, se representa la resolución del rubro.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República