Se abstiene de emitir pronunciamiento por tratarse de un asunto de naturaleza litigiosa
- Fecha
- 11 de febrero de 2014
- Fuentes legales
- ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- asunto litigioso, abstención contraloría
- Cita
- Dictamen N° 10.411 de 2014
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 73.855 de 2012
- Aplica Dictamen N° 13.432 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 10.411 Fecha: 11-II-2014 Se dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, para solicitar que la Municipalidad de Santiago pague la totalidad de los gastos médicos en que ha incurrido como consecuencia de una caída sufrida, según indica, al tropezar con una tapa desnivelada ubicada en el pavimento de la calle Ahumada de la misma comuna.
Al respecto, cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley Nº 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, este Ente de Control no puede intervenir ni informar en asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso, atributo que revisten, precisamente, los hechos planteados por el ocurrente, por cuanto el pronunciamiento que se requiere incide en la determinación de la eventual responsabilidad extracontractual que el municipio tendría en relación con un particular, asunto controvertido que debe resolverse en sede judicial (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 13.432, de 2009, y 73.855, de 2012).
En consecuencia y en mérito de lo expuesto, este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado.
Transcríbase a la Municipalidad de Santiago.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante