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Derecho público chileno

Tribunal ConstitucionalRol N° 23049 oct 2012

Contiendas de competencia (Art.. 93 N° 12)

Fecha
9 de octubre de 2012
Competencia
Contiendas de competencia (Art.. 93 N° 12)
Área
Penal
Sala
Segunda
Cita
TC Rol N° 2304, sentencia de 9 de octubre de 2012

Resumen

El Ministerio Público contestó el traslado en la contienda de competencia, determinando proseguir la investigación por eventuales ilícitos del Título XVII de la Ley N° 18.290.

Texto íntegro

000059

IMISTERIO PUBLICO.

nombre reservado, Fiscal Nacional (S) del Ministerio Público, y en su representación, en autos sobre contienda de competencia, Rol N” 2.304-2012, a SS. Excma. respetuosamente

digo:

Habiendo tomado conocimiento de la contienda de competencia promovida en esta sede por el Juzgado de Familia de la ciudad de Osorno, y en atención a los antecedentes adjuntos a la misma, el Ministerio Público ha determinado proseguir la investigación de los hechos a que se refiere, por la eventual comisión de alguno de

los ilícitos del Título XVII, la Ley N* 18.290.

POR TANTO, a SS. Excma. solicito tener por

contestado el traslado en los términos expuestos.

PRIMER _OTROSÍ: Sírvase SS. Excma. tener presente que mi personería para obrar en representación del Ministerio Público,

como Fiscal Nacional Subrogante, consta en la resolución FN/MP TR

General Mackenna 1369 - pss .

o Ley

FISCALIA

DE CHnE

Santiago

Fono: (56-2)965 9500-wwwfiscaliadechile.cl

VO0PB0 anta A

FISCALIA

INISTERIO PUBLICO DE CHILE

N* 10/2011, de 08 de septiembre de 2011, cuya copia acompaño a esta presentación.

POR TANTO, a SS. Excma. ruego así tenerlo presente.

SEGUNDO OTROSÍ: Sírvase SS. Excma. tener presente que designo patrocinantes al Abogado Jefe de la Unidad de Recursos Procesales y Jurisprudencia de la Fiscalía Nacional, don nombre reservado, cédula de identidad N* RUT reservado, y al Abogado de esa misma unidad, don HERNÁN FERRERA LEIVA, cédula de identidad N* RUT reservado, ambos de mi mismo domicilio, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y firman este escrito en señal de aceptación.

POR TANTO, a SS. Excma. ruego así tenerlo presente.

ACREDITA CALIDAD DE ABOGADO a

AUTORIZO PODER

£ - Zal a Santiago, «amv. IA AA Berccorccrnenes QUES de MO General Mackenna 1369 « ds A

Fono: (56-2)965 9500-www.fiscafiadechile.cl

] 000061 REPÚBLICA DE CHILE re Z a 7)

MINISTERIO PÚBLICO 1 FISCALÍA NACIONAL

RESOLUCIÓN FN/MP TR N? 10 /2011

SANTIAGO, 8 de septiembre de 2011.

MAT.: SUBROGACIÓN DE FISCAL NACIONAL,

CONSIDERANDO:

1% Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 23 de la Ley N”19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, en caso de ausencia o impedimento del Fiscal Nacional, será subrogado por el Fiscal Regional que determine mediante resolución, pudiendo establecer entre varios

el orden de subrogación que estime conveniente.

22 Que por Resolución FNMP TR N*15/2010 de 17 de diciembre de 2010, se designó a los Fiscales Regionales

que actuarian como subrogantes,

39 Que en razón de los recientes nombramientos de Fiscales Regionales, es necesario actualizar los nombramientos establecidos por la Resolución FN/MP TR N“15/2010, ya citada, y VISTOS, lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley N” 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, y en el artículo $” inciso primero del Reglamento de Personal para Fiscales del Ministerio Público.

RESUELVO:

1% Desígnase a contar de esta fecha, a don nombre reservado, Fiscal Regional Metropolitano Oriente, como primer Fiscal Nacional subrogante durante la ausencia o impedimento del titular.

2% Desígnase a contar de esta fecha, a don nombre reservado, Fiscal Regional de la IX Región de La

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MINISTERIO PÚBLICO FISCALÍA NACIONAL

Araucanía, como segundo Fiscal Nacional subrogante durante la ausencia o

impedimento del titular.

3 Desígnase a contar de esta fecha, a don nombre reservado, Fiscal Regional de la XIV Región de Los Ríos, como tercer Fiscal Nacional subrogante durante la ausencia o impedimento del titular.

49 Desígnase a contar de esta fecha, a don nombre reservado, Fiscal Regional de la XV Región de Arica y Parinacota, como cuarto Fiscal Nacional subrogante durante la ausencia o impedimento del titular.

5% Desígnase a contar de esta fecha, a don nombre reservado, Fiscal Regional de la II Región de Antofagasta, como quinto Fiscal Nacional subrogante durante la ausencia o

impedimento del titular.

6% Déjase sin efecto la Resolución FN/MP TR N*15/2010 de 17 de diciembre de 2010.

Anótese, tómese razón, regístrese,

comuníquese y publíquese enjel Diario Oficial.

a y Abra IN?

: No hay.

£.c.: - Fiscales Regionales del pais - Dirección Ejecutiva Nacional - Gabinete Fiscal Nacional - Unidad de Asesoría Jurídica - División de Recursos Humanos - División de Contraloría Interna

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