Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - STC)
- Fecha
- 29 de diciembre de 2010
- Área
- Penal
- Sala
- Pleno
- Cita
- TC Rol N° 1877, sentencia de 29 de diciembre de 2010
Resumen
El Ministerio Público se desiste de la contienda de competencia al decidir proseguir la investigación penal de los hechos denunciados, por lo que ya no existe controversia que dirimir.
Texto íntegro
| 000078
SE TENGA PRESENTE.
EXCMO. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.
nombre reservado, Fiscal Jefe de la Fiscalía Territorial C, Fiscalía Metropolitana Centro Norte, domiciliado en domicilio reservado, comuna de Santiago, y para estos efectos en Agustinas N* 1070, 5” Piso, oficina N* 407, de Santiago, en autos sobre contienda de competencia rol N* 1.877 - 2010, a SS. EXCMA. con respeto digo:
Habiendo tomado conocimiento de la resolución de la Jueza del Juzgado de Familia de Pudahuel, de fecha 14 de diciembre de 2010, por la cual tiene por trabada contienda de competencia con esta Fiscalía, en relación a los hechos que constan en la denuncia estampada ante dicho Juzgado el día 28 de enero de 2009 por doña nombre reservado, evidencio a SS. Excma. que, luego de un mejor estudio de los antecedentes, el Ministerio Público ha decidido proseguir con la investigación de los hechos punibles allí referidos, de manera tal que ya no se verifica una contienda de competencia que deba ser dirimida por ese Excmo. Tribunal.
POR TANTO, De acuerdo con lo expuesto, solicito a SS.
Excma. tener presente para todos los efectos, que el Ministerio Público ha decidido proseguir con la persecución penal de los hechos
denunciados por doña nombre reservado ante el