Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - STC)
- Fecha
- 6 de noviembre de 2024
- Área
- Otros
- Sala
- Primera
- Cita
- TC Rol N° 15887, sentencia de 6 de noviembre de 2024
Resumen
Se mantiene bajo reserva el requerimiento y sus antecedentes en la plataforma electrónica, dejando visibles únicamente las resoluciones dictadas y por dictarse, para cautelar la confidencialidad del proceso constitucional.
Texto íntegro
0000133 CIENTO TREINTA Y TRES
Santiago, quince de noviembre de dos mil veinticuatro.
Teniendo en consideración lo dispuesto en el artículo 4° de
la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal
Constitucional, en relación con el artículo 8°, inciso segundo de la
Constitución Política de la República; y en el artículo noveno del
Auto Acordado sobre Tramitación Electrónica de los
Procedimientos seguidos ante esta Magistratura;
SE RESUELVE:
Manténgase bajo reserva el requerimiento y los
antecedentes acompañados en la presente causa, a través del
bloqueo de ellos en la plataforma de tramitación electrónica de la
web del Tribunal, dejándose visibles únicamente las resoluciones
dictadas y las que hayan de dictarse en el respectivo proceso
constitucional.
Notifíquese.
Rol N° 15.887-24-INA
Daniela Beatriz Marzi Muñoz Fecha: 18/11/2024
Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida María Pía Silva Gallinato Fecha: 15/11/2024 Fecha: 15/11/2024
nombre reservado Raúl Eduardo Mera Muñoz Fecha: 15/11/2024 Fecha: 15/11/2024 0000134 CIENTO TREINTA Y CUATRO
Catalina Adriana Lagos Tschorne nombre reservado
Fecha: 18/11/2024 Fecha: 15/11/2024
Marcela Inés Peredo Rojas Mario René Gómez Montoya Fecha: 15/11/2024 Fecha: 15/11/2024
Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora Daniela Beatriz Marzi Muñoz, y por sus Ministros señora Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida, señora María Pía Silva Gallinato, señor Miguel Ángel Fernández González, señor Raúl Eduardo Mera Muñoz, señora Catalina Adriana Lagos Tschorne, señor Héctor Mery Romero, señora Marcela Inés Peredo Rojas y señor Mario René Gómez Montoya.
Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza.
María Angélica Barriga Meza Fecha: 18/11/2024
4E1ADAF7-502C-46C0-A471-7AB62097DB19 Este documento incorpora una firma electrónica avanzada. Su validez puede ser consultada en www.tribunalconstitucional.cl con el código de verificación indicado bajo el código de barras.