Constitucionalidad de Decretos Supremos · Grupo de Senadores
- Fecha
- 5 de mayo de 2023
- Área
- Otros
- Cita
- TC Rol N° 13971/2023, sentencia de 5 de mayo de 2023
Resumen
El Tribunal Constitucional prorroga por quince días el plazo para dictar sentencia en el proceso de constitucionalidad de decretos supremos, debido a la complejidad de la materia y la extensión de los antecedentes a analizar.
Texto íntegro
0003410 TRES MIL CUATROCIENTOS DIEZ
Santiago, veinte de abril de dos mil veintitrés.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
1°. Que, con fecha 21 de marzo de 2023, a fojas 3404, conforme certificación del relator de la causa, quedó terminada la tramitación del proceso constitucional de autos;
2°. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 111 inciso tercero de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el plazo para dictar sentencia en la presente causa es de treinta días contados desde que quede terminada la tramitación, término que podrá ser prorrogado hasta por otros quince días por resolución fundada del Tribunal;
3°. Que, atendida la complejidad de la materia de que trata la cuestión de autos, así como la extensión de los antecedentes que es preciso analizar para su más adecuada resolución, se hace necesario prorrogar el referido plazo en ejercicio de la facultad que confiere a este Tribunal el aludido artículo 111.
POR TANTO, SE ACUERDA prorrogar por quince días el plazo para dictar sentencia, en los términos a que se refiere el artículo 111 inciso tercero de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional.
Notifíquese.
Rol N°13.971-23-CDS
Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida Fecha: 21/04/2023
Cristián Letelier Aguilar Nelson Pozo Silva Fecha: 20/04/2023 Fecha: 21/04/2023
José Ignacio Vásquez Márquez María Pía Silva Gallinato Fecha: 21/04/2023 Fecha: 21/04/2023
Miguel Angel Fernández González Rodrigo Pica Flores Fecha: 20/04/2023 Fecha: 21/04/2023
Daniela Beatriz Marzi Muñoz Fecha: 21/04/2023
Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida, y por sus Ministros señor Cristian Omar Letelier Aguilar, señor Nelson Roberto Pozo Silva, señor José Ignacio Vásquez Márquez, señora María Pía Silva Gallinato, señor Miguel Ángel Fernández González, señor Rodrigo Patricio Pica Flores y señora Daniela Beatriz Marzi Muñoz.
0003411 TRES MIL CUATROCIENTOS ONCE
María Angélica Barriga Meza Fecha: 21/04/2023
439237BD-7CE5-4185-A08A-9D96BC4B9833 Este documento incorpora una firma electrónica avanzada. Su validez puede ser consultada en www.tribunalconstitucional.cl con el código de verificación indicado bajo el código de barras.