Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - INA)
- Fecha
- 29 de marzo de 2021
- Área
- Penal
- Sala
- Primera
- Cita
- TC Rol N° 10425, sentencia de 29 de marzo de 2021
Resumen
El Tribunal Constitucional se abstiene de resolver la contienda de competencia al constatar que la Fiscalía proseguirá la investigación, por lo que esta no subsiste.
Texto íntegro
0000032 TREINTA Y DOS
Santiago, veintinueve de marzo de dos mil veintiuno.
A fojas 21, a lo principal, téngase por evacuado el traslado conferido; al otrosí, téngase presente.
A fojas 26, téngase por evacuado el traslado.
Modifíquese resolución de fojas 14, debiendo indicarse en considerativa 1ª “RIT F-1-2021”, en reemplazo de “RIT F-164-2019”. Rija en lo demás.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
1º. Que, según lo dispone el artículo 93, inciso primero, Nº 12, de la Constitución Política, es atribución de este Tribunal “resolver las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales de justicia, que no correspondan al Senado”;
2°. Que, a fojas 10, la Corte de Apelaciones de Concepción ha remitido contienda de competencia suscitada entre el Juzgado de Letras y Garantía de Lebu y la Fiscalía Local del Ministerio Público de Lebu, en el marco del proceso seguido bajo el RIT F-1-2021;
3°. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta a la Primera Sala de la contienda de competencia de autos, oficiándose al Ministerio Público y al Juzgado de Letras y Garantía de Lebu para que, dentro de quinto día, formularan observaciones y peticiones en forma previa al análisis de admisibilidad de la contienda;
4°. Que, en presentación de fojas 21, el Ministerio Público ha expuesto a este Tribunal “que luego de un mejor estudio de los antecedentes, se ha decidido que la Fiscalía Local de Lebu prosiga con la investigación de todos los hechos señalados ene se parte policial y que han motivado esta contienda de competencia”;
5°. Que, en estas circunstancias, debe concluirse que, por ahora, no existe contienda de competencia entre el Juzgado de Letras y Garantía de Lebu y la Fiscalía Local del Ministerio Público de Lebu, en el marco del proceso seguido bajo el RIT F-1-2021, razón por la cual el persecutor penal público deberá continuar con la investigación de los hechos denunciados.
Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 12, e inciso decimoséptimo, de la Constitución Política de la República y 112 y siguientes de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, 0000033 TREINTA Y TRES
SE RESUELVE:
1°. No existiendo contienda de competencia entre el Juzgado de Letras y Garantía de Lebu y la Fiscalía Local del Ministerio Público de Lebu, en el marco del proceso seguido bajo el RIT F-1-2021, comuníquese la presente resolución al aludido Juzgado, oficiándose al efecto, a objeto de que remita los antecedentes a la anotada Fiscalía Local.
2°. Comuníquese esta resolución a la Corte de Apelaciones de Concepción en relación a causa Rol N° 114-2021-Familia.
Ofíciese. Comuníquese. Hecho, archívese.
Rol Nº 10.425-21-CCO.
Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González, y Rodrigo Pica Flores.
Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país.
Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza.
nombre reservado digitalmente por nombre reservado
nombre reservado digitalmente nombre reservado nombre reservado por nombre reservado
nombre reservado Fecha: 2021.03.29 11:03:55 nombre reservado Fecha: 2021.03.29 Maldonado -03'00' 11:04:08 -03'00' 0000034 TREINTA Y CUATRO
n.m.s Santiago, 29 de marzo de 2021.
OFICIO Nº 50-2021
Remite resolución
SEÑOR nombre reservado
JEFE DE UNIDAD DE CAUSAS JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE LEBU
Remito a usted copia de la resolución dictada por esta Magistratura el proceso Rol N° 10425-21-CCO, sobre contienda de competencia suscitada entre el Juzgado de Letras y Garantía de Lebu y la Fiscalía Local de Lebu del Ministerio Público, en los autos Rol F-1- 2021 del Juzgado de Letras y Garantía de Lebu, y Rol Corte N° 114-2021 (Familia), de la Corte de Apelaciones de Concepción.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado digitalmente nombre reservado por nombre reservado nombre reservado
nombre reservado
Fecha: 2021.03.29 nombre reservado 15:50:10 -03'00' Secretaria
JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE LEBU PRESENTE 0000035 TREINTA Y CINCO
Notificaciones Tribunal Constitucional (NMS)
De: tribunalconstitucional.cl <correo reservado> Enviado el: lunes, 29 de marzo de 2021 17:09 Para: correo reservado; correo reservado; correo reservado
CC: correo reservado; correo reservado
Asunto: Comunica Resolución Rol 10425-21 Datos adjuntos: 51066_1.pdf; 51066_2.pdf
Señor nombre reservado
Jefe Unidad de Causas Juzgado de Letras y Garantía de Lebu
En el marco del Convenio de comunicación Jzdo. de Letras y Garantía de de Lebu - Tribunal Constitucional, vengo en comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 10425-21 CCO, sobre contienda de competencia suscitada entre el Juzgado de Letras y Garantía de Lebu y la Fiscalía Local de Lebu del Ministerio Público, en los autos Rol F-1-2021 del Juzgado de Letras y Garantía de Lebu, y Rol Corte N° 114-2021 (Familia), de la Corte de Apelaciones de Concepción. Adjunto Oficio N°50-2021.
Ruego acusar recibo
Atentamente,
Secretaria Abogada
correo reservado
Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile
1 0000036 TREINTA Y SEIS
Notificaciones Tribunal Constitucional (NMS)
De: tribunalconstitucional.cl <correo reservado> Enviado el: lunes, 29 de marzo de 2021 17:09 Para: correo reservado; correo reservado; correo reservado;
correo reservado; correo reservado; correo reservado
CC: correo reservado; correo reservado
Asunto: Comunica Resolución Rol 10425-21 Datos adjuntos: 51067_1.pdf
Señor nombre reservado
Fiscal Nacional del Ministerio Público
En el marco del Convenio de comunicación Ministerio Público - Tribunal Constitucional, vengo en comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 10425- 21 CCO, sobre contienda de competencia suscitada entre el Juzgado de Letras y Garantía de Lebu y la Fiscalía Local de Lebu del Ministerio Público, en los autos Rol F-1-2021 del Juzgado de Letras y Garantía de Lebu, y Rol Corte N° 114-2021 (Familia), de la Corte de Apelaciones de Concepción.
Atentamente,
Secretaria Abogada
correo reservado
Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile
1 0000037 TREINTA Y SIETE
Notificaciones Tribunal Constitucional (NMS)
De: tribunalconstitucional.cl <correo reservado> Enviado el: lunes, 29 de marzo de 2021 17:11 Para: correo reservado; correo reservado; correo reservado
CC: correo reservado; correo reservado
Asunto: Comunica Resolución Rol 10425-21 Datos adjuntos: 51068_1.pdf
Señora nombre reservado
Secretaria Corte de Apelaciones de Concepción
En el marco del Convenio de comunicación Corte de Apelaciones de Concepción - Tribunal Constitucional, vengo en comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 10425-21 CCO, sobre contienda de competencia suscitada entre el Juzgado de Letras y Garantía de Lebu y la Fiscalía Local de Lebu del Ministerio Público, en los autos Rol F-1-2021 del Juzgado de Letras y Garantía de Lebu, y Rol Corte N° 114-2021 (Familia), de la Corte de Apelaciones de Concepción.
Atentamente,
Secretaria Abogada
correo reservado
Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile
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