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Derecho público chileno

SEAExpediente 572604516 jun 2011

Proyecto Parque Fluvial nombre reservado

Instrumento
DIA
Titular
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resultado
Aprobado
Región
Región Metropolitana de Santiago
Materia
Ciudad, territorio y humedales
Fecha
16 de junio de 2011
Cita
Resolución de calificación ambiental, DIA «Proyecto Parque Fluvial nombre reservado», titular MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, Región Metropolitana de Santiago, Aprobado, 16 de junio de 2011, expediente SEIA 5726045

Resumen

Califica ambientalmente favorable el proyecto Parque Fluvial del Ministerio de Obras Públicas, al ajustarse a la normativa ambiental vigente y no generar los efectos del artículo 11 de la Ley 19.300, exigiendo cumplir las medidas de la resolución.

Texto íntegro

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Resolución Exenta N* 453/2011

MAT: Califica Ambientalmente Proyecto “Parque Fluvial nombre reservado”

Santiago, 26 de Octubre de 2011.

Vistos:

1. Lo dispuesto en la Ley N*19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de Marzo de 1994, modificada por la ley N*20.417 publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010; en el Decreto Supremo N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 07 de Diciembre de 2002; en la Resolución N*1600/2008 de la Contraloría General de la República que fija Normas Sobre el Tramite de Toma de Razón; en la Resolución N* 71, de fecha 01 de julio de 2011, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y en las demás normas jurídicas aplicables al proyecto.

2. La Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Parque Fluvial nombre reservado”, localizado en las comunas de Quinta Normal y Renca, sometido por su titular, Ministerio de Obras Públicas., al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

3. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, los cuales se contienen en los siguientes documentos: oficio N"SRM RMS N* 100/2011 (sea - seia - dia), por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas RM, con fecha 30/06/2011; oficio N*235, por Gobierno Regional, Región Metropolitana, con fecha 12/07/2011; oficio N*1037, por Servicio Agrícola y Ganadero RM, con fecha 13/07/2011; oficio N*3087, por Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM, con fecha 14/07/2011; oficio N*831, por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 18/07/2011;

oficio N*3513, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 18/07/2011; oficio N*2314, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, con fecha 18/07/2011; oficio N*3201, por Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM, con fecha 19/07/2011; oficio N*5645, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana , con fecha 19/07/2011; oficio N*1067, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, con fecha 19/07/2011; oficio N*545, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 19/07/2011; oficio N*635, por SEREMI de Medio Ambiente RM, con fecha 19/07/2011; oficio N*5413, por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, con fecha 19/07/2011; oficio N*408, por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM, con fecha 20/07/2011; oficio N*4873, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 05/09/2011; oficio N*7033, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 07/09/2011; oficio N'6816, por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, con fecha 08/09/2011; oficio N*832, por SEREMI de Medio Ambiente RM, con fecha 12/09/2011;

4. El acta del Comité Técnico de fecha 26 de Septiembre de 2011.

5. El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Parque Fluvial nombre reservado”.

6. Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Parque Fluvial nombre reservado”.

16031 O 4

7. El acuerdo de la sesión extraordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 29 de Septiembre de 2011.

Considerando:

1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todas las normas y requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Parque Fluvial nombre reservado”, ubicado en las comunas de Quinta Normal y Renca.

2. Que el derecho del titular del Proyecto “Parque Fluvial nombre reservado”, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas Jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.

3. Que, según lo señalado en la Declaración de Impacto Ambiental, el Proyecto “Parque Fluvial nombre reservado”, ubicado en las comunas de Quinta Normal y Renca, corresponde a la recuperación, habilitación y mejoramiento de la ribera sur del río Mapocho, como un espacio público con áreas verdes y usos múltiples, que brinde a la ciudadanía un área de esparcimiento, entretención y encuentro.

3.1 Descripción de Proyecto:

Para lo anterior se plantea la construcción de un Parque Fluvial compuesto por dos macrozonas: la primera ubicada sobre el cauce existente, consistente en un paseo inundable junto a una secuencia de presas colapsables en el lecho de aguas habituales; la segunda generada a partir de un desvío controlado del río, con el cual se obtiene un brazo de aguas

calmas apto para la navegación ligera, rodeado de áreas verdes y equipamiento para la recreación de los usuarios del parque.

a) Parque en el cauce existente

El proyecto se desarrolla en el tramo comprendido entre 200 m aguas abajo del Puente Bulnes y 200 metros aguas arriba del Puente La Máquina. La habilitación del parque en el cauce se materializa por medio de la intervención del Río Mapocho, de manera de construir un camino peatonal por la ribera Sur del río a media altura de las actuales defensas. Las defensas removidas son restituidas al Sur del camino peatonal a la misma cota de coronamiento actual, y en la otra parte, espejos de aguas por medio de la instalación de barreras inflables abatibles que se desinflarán en tiempos de crecidas. El lecho del río Mapocho no será modificado en sustancial.

Se han considerado cuatro espejos de agua en este tramo de un kilómetro de río, con la zona transitable en la ribera sur del mismo.

Para lograr los espejos de agua, se considera la instalación en el lecho del río de cuatro barreras inflables de goma (del tipo Rubber Dam) a ser infladas con aire y sujetas a fundaciones de hormigón construidas sobre el lecho del Río Mapocho. El aire es introducido en la presa de goma, para su inflado, a través de dispositivos que están conectados a sopladores de aire de alta capacidad. El inflado y desinflado de estas barreras puede ser efectuado en una de tres modalidades: Modalidad Manual, Modalidad Control de Presión o Modalidad Control de Nivel de Agua.

Las barreras, cuentan además con sensores de seguridad y mecanismos redundantes, de modo que una vez alcanzado una altura definida como de crecida, automáticamente desinflan la presa, aún en el caso que el operador no lo hubiere hecho.

Cada barrera inflable, de una longitud aproximada de 45 m y de una altura de 2,5 m, cuenta con su respectiva cámara de válvula y compresor. El control de las barreras está centralizado en una única Sala de Control del Parque. Ante una falla en el suministro de energía eléctrica, se contempla además un grupo generador como respaldo, el que también se proyecta emplazarlo en la Sala de Control del Parque.

De acuerdo con los requerimientos y objetivos del proyecto, se han definido los parámetros característicos de las diferentes barreras, las cuales determinan el máximo nivel operacional y que corresponde a aquella cota máxima en la cual la barrera se mantiene inflada y permite el manejo de los niveles de agua a través del proceso de inflado-desinflado de modo de absorber las diferencias de caudales que se producen en el río. Cualquier nivel de agua que sea superior al nivel máximo indicado previamente implica una crecida mayor y, por lo tanto, un desinflado total de las cuatro barreras permitiendo la circulación libre del caudal.

b) Brazo Lateral y Parque

El proyecto contempla además un área de aguas tranquilas y aptas para la práctica de deportes acuáticos (sin motor) integrada dentro de una zona de jardín, planteada como una extensión del actual Parque de Los Reyes, que incluye también instalaciones deportivas,

lúdicas, culturales, fuente pantalla de aguas y espacios aptos para actos públicos y/o ciudadanos.

Para ello, se considera una modificación del cauce del río Mapocho consistente en la construcción de un brazo de río lateral que formará una zona de aguas tranquilas y aptas para la práctica de deportes acuáticos sin motor.

La superficie del brazo de río es de aproximadamente 3,2 ha, con un promedio de profundidad de 2 m. La configuración geométrica está dada por una propuesta de diseño

que ha considerado los espacios existentes y el nuevo contexto territorial generado por el desarrollo de la Costanera Sur.

El brazo de río y el parque circundante poseen mobiliario urbano, recreación urbana y juegos para niños, incorporando diferentes programas recreacionales, tales como circuitos peatonales en torno a ella, cancha de fútbol, área de competencias para deportes acuáticos, entre otros.

Esta zona incluye dos islas a las que se accede mediante puentes de madera y estructuras metálicas. Estas islas están implementadas con gran variedad de flora nativa y de fácil mantención; también cuenta con una explanada de agua donde existirá un canal de remo.

El brazo de río considera una entrada de aguas desde la segunda barrera del Parque en el cauce del río Mapocho. También contempla una salida de las aguas por el poniente, inmediatamente posterior a la cuarta barrera.

Las lomas paisajísticas están cubiertas de pasto, lo que permite afirmar el terreno. La arborización de las circulaciones (maicillo y solerilla) considera “Arces”. Distintos grupos arbóreos completan el paisajismo (por ejemplo, “Palmeras Fénix”, “Washingtonias”,

“Palma Chilena”, “Tuliperos”, “Arce Japónica”, “árboles nativos”, entre otros.).

Las circulaciones están dotadas cada 50 m con bancos de hormigón y depósitos para basura.

El parque cuenta con embarcadero, casa de botes, plaza principal, mirador, parque botánico, anfiteatro, camarines, servicios higiénicos y cancha de fútbol. La iluminación está

dada por una postación de 5 m de alto con lámparas halógenas.

Además, en esta zona posee una fuente cibernética, una forma original de entretenimiento, donde se sintetiza el movimiento, la música y el color y se encuentran las artes plásticas a

través de la dinámica del agua, con un gran atractivo para el público y una enorme variedad de aplicaciones. Este tipo de fuentes ofrecen un gran abanico de posibilidades, ya que poseen la ventaja de poder utilizarse con fines ornamentales o de entretenimiento y de poder ser instaladas en un amplio espectro de localizaciones.

Esta fuente, en función de sus posibilidades de expresión artística, ofrece diferentes formas de utilización; a saber:

y” Funcionamiento automático con gran variedad de juegos.

y” Interpretación automática de cualquier melodía, con soporte de CD ROM u otro

medio digital.

Reproducción de espectáculos creados y programados previamente.

Creación libre de espectáculos por parte del artista.

Aportación de escenografías dinámicas a convocatorias de actos públicos,

conmemoraciones, espectáculos, etc.

v” Escenario de fuegos artificiales, sincronizando los saltos de agua con el color y el sonido de los cohetes.

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El tipo de fuente cibernética que utiliza el proyecto consiste en una fuente pantalla. Ésta se ubica en un espacio rectangular en la orilla del brazo de río, en el que existen tres vasos dispuestos a tres niveles, en los que hay una capa de agua de al menos 0,7 m para la correcta ubicación de los elementos eléctricos e hidráulicos.

Se considera una sala de máquinas próximo a la fuente en la que se ubicarán grupos de bombeo, cuadros eléctricos y resto de equipos necesarios para su buen funcionamiento.

Se trata de una fuente lineal cibernética cuyos elementos hidráulicos bailan en perfecta sincronía con la música y el color proyectando sobre una gran pantalla de agua central con la que se consiguen impactantes efectos multimedia. La estructura acuática de la fuente está formada por una zona lineal central con una serie de elementos ubicados en hilera, y que está rodeada por dos zonas simétricas de elementos a ambos lados.

En la zona central de la fuente se ubican:

Y” Surtidores “vertibólicos” de tres alturas, que disponen de un mecanismo oscilante para generar efectos rítmicos.

y” Surtidores verticales intercalados entre los anteriores y distribuidos uniformemente

en la hilera central.

Piñas de pulverización y molinetes, en la misma línea de los surtidores verticales.

Almenas formadas por 14 surtidores cada una.

En las zonas laterales se ubican dos hileras de surtidores parabólicos a distintas

alturas, formando balaustradas de 20 m.

SSKS

El proyecto considera un cierre perimetral en torno al brazo de río, consistente en un cerco

de una longitud aproximada de 2.000 m. Este cierre no incluirá la zona de parque en el cauce.

c) Obras de Entrada y Salida

El brazo de río contará con una obra de entrada lateral al río Mapocho, la que se conduce a través de un canal controlado por compuertas de regulación y seguridad.

Con el objetivo de asegurar que se pueda captar agua durante todo el año (salvo en eventos de lluvia o crecidas) la toma de agua se sitúa inmediatamente aguas arriba de la segunda barrera inflable de goma (del tipo Rubber Dam). De este modo, la barrera, al elevar el nivel de agua en el río, permite conducir gravitacionalmente el agua hacia el brazo de río.

Para evitar la entrada de objetos o de piedras grandes hacia el brazo de río, se considera una reja fija.

El control de ingreso de agua está concebido por las dimensiones del canal, aproximadamente 5 m de ancho y 1,5 m de altura, mediante 2 compuertas hidráulicas descendentes. Estas compuertas operarán tanto para regular el caudal de entrada a la laguna y como elemento de seguridad ya que, en caso de alguna contingencia, descienden por su propio peso, aislando el cauce principal del brazo del río. Los mecanismos de emergencia para la activación de las compuertas descendentes son: Modalidad Manual, Modalidad Control de Presión o Modalidad Control de Nivel de Agua.

La salida del agua del brazo de río está controlada por un vertedero fijo de aproximadamente 22 m de ancho, que entrega a una rampa de hormigón (lo que genera un espejo de agua) que conduce hacia el cauce del río Mapocho.

d) Consideraciones previas a la fase de construcción.

El titular oficiará al SERVIU Metropolitano para que envíe un informe detallado del destino de las 54 personas que se señalan en la DIA, que dé cuenta del establecimiento definitivo de estas familias. Una vez que el MOP cuente con este Informe, será enviado por el titular del proyecto al Servicio de Evaluación Ambiental RM.

El titular no podrá comenzar las obras de construcción en la parte del proyecto en donde se encuentren aún las familias que no hayan sido beneficiadas con las soluciones a desarrollar.

3.2 Fases del Proyecto a) Fase de Construcción

Se prevé que el periodo de construcción e intervención del río se podría desarrollar entre los meses de noviembre a marzo, época del año con menor probabilidad de tener crecidas pluviales, que son el tipo de crecidas extremas en el caso del río Mapocho. De este modo se minimizan los riesgos de eventuales daños a las personas y las obras en construcción.

Para la construcción del parque en el cauce se ejecutarán obras de manejo y desvío del río Mapocho destinadas primero a desviar el cauce hacia la ribera norte de modo de construir la salas de equipos, de control de las barreras inflables, obras de entrada y salida del agua hacia el brazo lateral del río e intervenir la defensa fluvial sur. Es preciso señalar que las aguas conducidas hacia el brazo lateral del río tienen la misma calidad del agua del cauce principal, por tanto los sedimentos que pudieran acumularse en este brazo de río serán removidos con las mismas aguas y devueltos al cauce en forma periódica. En una segunda etapa el objetivo es realizar encauzamientos locales del río hacia el sur, para la construcción de obras civiles, instalación de las barreras inflables y la conexión de las barreras con el sistema de control. El río se vuelve a encauzar hacia la ribera norte con las barreras en funcionamiento u operativas.

Luego, se realizarán los movimientos de tierra en la ribera sur del río para la construcción del paseo peatonal junto al cauce, incluyendo movimientos de tierra, revestimiento de fondo y colocación de suelo y césped) y la construcción de defensas fluviales en talud. En una etapa posterior, se realizarán las excavaciones necesarias para la construcción del nuevo brazo lateral del río.

Cabe señalar, que tanto la época del año seleccionada para la construcción de las obras en el lecho del río Mapocho (rubber dam, parte de las defensas del río, las obras de toma y restitución), como la modalidad de construcción (angostamiento del río primero hacia el Norte y luego hacia el Sur), se han pensado de modo tal de trabajar en seco. De esta forma,

se podrá asegurar que no se incorporará materiales contaminantes al río durante la etapa de construcción.

Una vez se finalicen las labores constructivas, se procederá a limpiar de desechos el lecho del río, de modo tal que durante las primeras etapas de operación de las obras construidas, las barreras y demás obras, tampoco aporten materiales contaminantes al flujo.

1. Instalación de faenas Se prevé disponer de instalaciones de faenas para el frente de trabajo que cuenten con:

Y” Cierre provisorio: los sectores serán cercados en todo el perímetro de la zona a intervenir. Los cercos a utilizar tendrán una altura mínima aproximada de 2,4 m y serán Opacos para no permitir vistas hacia el interior del lugar de faenas. Los materiales utilizados, en lo posible, estarán acorde con las tonalidades predominantes en las áreas de construcción.

Y Letrero de obra: se contempla la instalación de un letrero identificativo de la obra, el cual se instalará a una altura adecuada y con los refuerzos necesarios para que tenga estabilidad, dimensiones y diseño.

Y” Dependencias para trabajadores: se dotará de oficinas provisorias con contenedores, instalaciones de bodegas, vestuario, comedores y, en general, cualquier dependencia que facilite la ejecución de la obra. Todas las construcciones de mobiliario cumplirán con la normativa vigente y en cantidad apropiada al número de trabajadores previsto.

Y” La instalación de faenas contará con conexión a la red pública de agua potable y alcantarillado.

La instalación de faenas cumplirá con lo dispuesto en el D.S N* 594/99 MINSAL que reglamenta las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, tanto en lo artículos referidos a faenas temporales o de carácter transitorio, como de atingencia para la obra.

li. Preparación del terreno.

Dadas las condiciones del proyecto, se considera actividades de limpieza y despeje de material dentro de los límites interiores del área del proyecto, eliminando todo material desechable que interfiera con la construcción y habilitación de las obras tales como: sitios de acopio de material de excavación, obras civiles superficiales y vías de acceso.

El material excavado y acopiado, será cargado y transportado a sitios autorizados, donde se dispondrán en conformidad con las autorizaciones respectivas.

Las obras a realizar dentro del cauce del río Mapocho son para la instalación de las presas inflables (Ruber Dam), estas obras se deben realizar en ausencia total de agua. Al respecto se repondrá la circulación del río una vez que las obras de instalación de las barreras inflables hayan finalizado y previa limpieza de la zona intervenida, de acuerdo con esto no se contempla ningún tipo de contaminación al cauce.

tii. Movimientos de tierra (excavaciones, cortes, terraplenes).

Corresponde a la excavación de escarpes de terrenos de cualquier naturaleza, remoción de material inadecuado y excavaciones requeridas por el Proyecto, necesarios para la correcta ejecución de las obras. Se consideran excavaciones para la construcción de estructuras y para los cortes de terreno que se necesite para conformar las diferentes terrazas con las que contará el Parque y cortes asociados a la materialización del brazo lateral de río. En esta última zona se realizará además, compactación de terraplenes y conformación de 2 Islas, así como lomas del parque que rodean el brazo de río.

Los materiales que se utilizan en la construcción de terraplenes e islas se extraerán de pozos de empréstitos y de material reutilizable extraído en los cortes o excavación del proyecto.

Se estima que se realizarán excavaciones de aproximadamente 438.510 mi, de este volumen aproximadamente 128.000 m? serán reutilizados en terraplenes y en la construcción de las islas al interior del brazo de río. Finalmente, se estima que se generará alrededor de 309.767 m* de material excedente de excavaciones que será trasladado a sitios autorizados dentro de la Región Metropolitana.

iv. Transporte de material de construcción y movimiento de maquinarias.

El transporte, descarga y acopio, tanto de materiales necesarios para la construcción de las obras, así como el transporte de maquinaria requerida para estos efectos, se realizará en camiones apropiados para cada uno de los elementos.

En cuanto al manejo y disposición de los aceites y grasas utilizados por la maquinaria, se cuenta con dos formas de operar. La primera es que los vehículos sean transportados a talleres donde se realizan los respectivos mantenimientos, desde donde serán retirados por empresas especialistas en el manejo de este tipo de residuos, y la segunda es realizar estas actividades en la instalación de faenas, acumulando los desechos en recipientes adecuados

y rotulados para estos efectos, los que serán retirados por las empresas especialistas antes mencionadas.

v. Montaje de equipos, pruebas y puesta en servicio

La actividad que prosigue a la ejecución de las obras civiles, es el montaje de los equipos necesarios para el proyecto. Los equipos serán transportados hasta el Parque Fluvial nombre reservado, destinándose un sitio especialmente habilitado para su ubicación.

vi. Cierre de faenas constructivas

Esta actividad se realiza al término del período de construcción y contempla el desarme de las instalaciones de faenas, limpieza del lugar y la disposición final de todos los residuos de construcción, en sitios debidamente autorizados.

vii. Suministros y Servicios

Durante la construcción del proyecto, se estima requerir los siguientes servicios y suministros:

yv” Energía Eléctrica: Se prevé la distribución de electricidad a los distintos frentes de obra mediante tableros eléctricos alimentados por un tendido de cables de distribución en baja tensión que se empalmarán con la red existente. De ser necesario se dispondrá de pequeños electro generadores portátiles para alimentar herramientas eléctricas que se requiera. Lo anterior considera el consumo de luminarias, así como de los equipos contemplados en el proceso constructivo del proyecto.

Y” Agua Potable: La demanda total de agua potable para la fase de construcción se ha estimado en 10 m3/día como promedio, considerando la dotación máxima de 100 trabajadores y un consumo medio de 100 l/día por cada trabajador. El agua potable será provista mediante conexión con la red pública de agua potable y alcantarillado.

En cumplimiento de la normativa vigente, se proveerá de duchas y vestidores a los trabajadores mediante las conexiones sanitarias correspondientes.

Material de relleno: se utilizará el sobrante de los movimientos de tierra y/o se traerá de empréstitos externos que cuenten con las autorizaciones correspondientes.

Y” Hormigón: se empleará una cantidad aproximada de 680 m3 para pavimentos del parque en el cauce, fuentes y ornamentales.

Y” Combustible: Durante la fase de construcción en la instalación de faenas, el combustible (petróleo y gasolina) para las maquinarias, vehículos y equipos pesados

será abastecido por terceros, cargando directamente a los respectivos estanques. Esta situación se implementará para los equipos y maquinaria pesada que permanezca en las áreas de trabajo, debido a que los camiones y vehículos menores cargarán combustible en las estaciones de servicios más cercanas.

b) Descripción de la Etapa de Operación

El Parque tendrá acceso público y contará con diversos centros de atención, tales como:

canal de remo, embarcadero, anfiteatro, parque botánico, y cancha de fútbol. La administración del Parque será de responsabilidad de una Corporación que se propone crear para tal efecto.

Desde el punto de vista de las operaciones unitarias, el funcionamiento del parque en el cauce está dado principalmente por el inflado y desinflado de las barreras o esclusas instaladas en el lecho del río. El sistema está diseñado de manera tal que al ocurrir una crecida o un aumento de caudal, la carga desagua sobre la esclusa de goma comienza a aumentar, si se sobrepasa el nivel operacional, ésta inicia su desinflado aumentando de esta forma la carga hidráulica sobre ella; esto permite controlar variaciones de caudal en el río, como se muestra en la siguiente figura:

En el diseño de las diferentes barreras (cuatro) se ha tenido en consideración anchos homogéneos en las diferentes unidades de modo de garantizar homogeneidad en los tiempos del proceso inflado y desinflado (igual volumen de aire en su interior), para garantizar una óptima secuencia del proceso de desinflado el cual se definirá en su oportunidad en conjunto con el proveedor de las barreras.

Esta conceptualización aplicada al diseño permite determinar una estrategia de operación en el cual se define una secuencia u orden en el cual cada una de las cuatro barreras a instalar en el proyecto deban inflarse o desinflarse, o en su defecto el tiempo destinado para que se desinflen en forma conjunta.

El inflado y desinflado de las barreras de goma se efectúa operando los botones de presión en el sistema computacional del tablero de Control, para arrancar/parar un Soplador o abrir/cerrar una válvula de vaciado.

La presión del aire dentro de la presa de goma es controlada por un Control Lógico Programable (PLC). El PLC registra la presión y el nivel de agua sobre la barrera y la infla o desinfla, en la medida necesaria, para mantener la presión interior dentro de un intervalo que incluye un punto de regulación de la presión y del nivel de agua.

i Sistema de Control de Inflado/Desinflado

El procedimiento de operación de inflado/desinflado se basa en la existencia de un sistema de control que gestiona, en forma automática, los niveles de presión de aire en las esclusas en relación a las variaciones del caudal del rio. No obstante, se consideran sistemas de regulación alternativos que permitirán enfrentar diferentes escenarios de operación del parque; éstos corresponden a los siguientes:

Sistema de Control Automático — Electrónico: corresponde a la regulación del nivel de presiones en la barrera por parte del sistema de control automático incorporado en el proyecto.

- Sistema de Control Manual — Electrónico: corresponde a un sistema manual de regulación. En caso de una falla del sistema de control automático un operario activa de forma manual los comandos en la sala de equipos o en la sala de control de modo de regular el nivel de inflado (o presión) de las barreras.

- Sistema de Control Manual — Mecánico: corresponde a un sistema manual de activación del sistema de presión por parte de un operario, que activa el sistema de

desinflado en la misma barrera. Ello será utilizado en caso de falla del suministro de electricidad.

- Sistema de Control de emergencia: cada barrera posee en su caseta de válvulas, un depósito con un sistema de llenado asociado al nivel de las aguas en las barreras, de modo tal que en caso de llenado del depósito, este desciende y por efecto gravitacional, se acciona mecánicamente el desinflado completo de las barreras.

1A Escenarios de Operación del Parque en el Cauce

A continuación se describe las diferentes situaciones de operación del parque en el cauce de acuerdo a los diferentes escenarios de caudal del río Mapocho:

a) Operación para condición de Caudales Bajos

Se define la situación de operación para caudales bajos como aquélla en la cual el río presenta caudales tales que permiten mantener la barrera totalmente inflada funcionando con el nivel operacional, equivalente a una altura máxima de 50 cm sobre el nivel de las

barreras de altura de 2,5 m (barreras 2, 3 y 4) y de 56 cm para la barrera de altura 2,8 (barrera N*1).

b) Operación para condición de Caudales Medios

En este tipo de operación el caudal del río aumenta superando el nivel de operación para caudales bajos, por lo cual la barrera comienza a desinflarse variando el nivel de presiones en su interior, controlando el aumento del nivel del agua para retornar al nivel definido en operación para caudales bajos. Para este rango de caudales, la barrera desciende y la altura de agua sobre la barrera aumenta, manteniéndose el nivel de la superficie libre especificado para el caso de la condición en caudales bajos. El sistema de control automático es el que debe regular las presiones de inflado de las esclusas o barreras.

c) Operación para condición de Caudales Altos o Eventualidades

Independiente de las condiciones de operación definidas previamente, el sistema operacional puede, eventualmente, cambiar a un sistema de operación de contingencia, ya sea por aumento de caudales por sobre los caudales medio o eventualidades. Se definen como eventualidades a aquellas situaciones en que el sistema de control no permite regular

adecuadamente los niveles por una falla en el sistema de control o fallas estructurales de las barreras.

En este caso, las barreras se desinflan en forma completa una vez superado el nivel máximo para caudales medios. El desinflado se ejecuta según la secuencia prevista por el proveedor de las barreras, de manera de no producir golpes de agua en estructuras ubicadas agua abajo y minimizar el riesgo de daños sobre terceros.

iii. Sistema de Control e Hidrología

Para la operación segura y eficiente de las instalaciones se requiere un sistema de telecontrol y de alerta hidrológica. A continuación se describen sus funciones y componentes básicos:

a) Sistema de información y alerta hidrológica El hecho de que el parque en el cauce sea inundable por el río durante sus crecidas, hace

necesario establecer un sistema de alerta hidrológica que permita asegurar que no haya

personas en el interior del parque en el cauce, durante los períodos de tiempo en que esta permanencia es peligrosa.

Se considera situación peligrosa cuando los caudales del río no permitan la permanencia de personas en el parque en el cauce, en períodos de eventuales crecidas y pronósticos meteorológicos adversos o situaciones en la que no se puedan prever crecidas con relativa certeza.

Por lo anterior, se establece un sistema de alerta aguas arriba del río que permite activar las alertas con suficiente anticipación, permitiendo de esta manera la evacuación de las personas que se encuentren en los alrededores del parque en el cauce por medio del aviso en las señales gráficas, luminosas y acústicas, que se ubican en los accesos al parque en el

cauce y que indicarán a los usuarios la prohibición de entrada al parque o la necesidad de salida.

Los antecedentes que se utilizan son extraídos desde pluviómetros, pluviógrafos y estaciones fluviométricas existentes o futuras a implementar, pronósticos de la Dirección Meteorológica de Chile y/o cualquier otra información relevante sobre el nivel o caudales del río o de sus afluentes aguas arriba del proyecto.

Plan de Emergencias

El plan de emergencia se ha estructurado en etapas crecientes en cuanto al aumento de los riesgos y factibilidad de un desborde e inundación del parque en el cauce.

Etapa de Pre-alerta

Se da inicio a esta etapa cuando los antecedentes de recopilación de información del sistema de alerta indican que existe la posibilidad de inundación del parque en el cauce.

En esta etapa el Parque en el cauce queda abierto al público, no se emprende ninguna acción pero se queda atento a la situación y su evolución.

Etapa de alerta

Esta etapa se inicia cuando de acuerdo a los antecedentes pluviométricos, fluviométricos y a los modelos de pronósticos a desarrollar, indiquen una cierta probabilidad de aumentos de caudal que produzcan una inundación del parque en el cauce.

En esta etapa se procede al desalojo de los usuarios y del personal de gestión y mantenimiento del parque, y se cierra el parque en el cauce

Etapa de emergencia

Se activa la etapa de emergencia cuando se inicia la inundación del parque en el cauce, o ésta es inminente. El parque en el cauce está y permanece cerrado.

iv. Sistema de Gestión del Parque en el Cauce El objetivo de este sistema es regular la presencia de personas en la zona transitable en el límite sur del río. En particular, informar del estado de apertura o cierre del parque (permitir o prohibir la bajada al pasto del cauce) y alertar de la necesidad de evacuar la zona en caso de riesgo de crecida. La información necesaria para dar la alerta es suministrada por el sistema de información y alerta hidrológica.

La función informativa se lleva a cabo mediante paneles luminosos telecontrolados, ubicados en la parte alta de cada acceso al cauce. Estos paneles mostrarán mensajes

predeterminados, seleccionados por el operador del centro de control según el estado de alerta ante crecida.

La función de alerta se lleva a cabo mediante dispositivos optoacústicos, megafonía, y cámaras de CCTV. Las cámaras de TV tienen por misión verificar a distancia la presencia o no de personas en el cauce. Los optoacústicos son luces de color con sonido, que dispuestas

regularmente a lo largo del parque alertan a los usuarios de la necesidad de evacuar. La megafonía permite transmitir instrucciones a los usuarios.

v. Sistema de Control del Brazo de Río

El objetivo general de este sistema es la regulación de los caudales de entrada y salida, y el control del funcionamiento hidráulico del brazo de río.

El estado del brazo de río se caracteriza por su nivel de llenado y por la calidad del agua. El nivel de llenado se mide en tres puntos separados del brazo de río, en los que la medida tenga el mayor recorrido posible. La calidad del agua se mide en tres puntos, que pueden suponerse asociados a los de medida de nivel.

El control del caudal de entrada implica el control automático de las válvulas y compuertas y el de los niveles aguas arriba y abajo de ellas. Se consideran seis válvulas y compuertas cuyo movimiento y posición se telecontrola de forma automática y por operador. El nivel aguas arriba de las compuertas de entrada corresponde al del propio del río, por lo que ya será registrado por uno de los limnímetros de las esclusas (en particular el de aquella aguas arriba de la cual se sitúa el canal de toma de agua). El nivel de aguas abajo corresponde al del propio brazo de río.

La obra de entrada de agua para el brazo de río se ha diseñado en función tanto de captar agua para la reposición de los flujos efluente del brazo de río como la mantención de la calidad de agua del mismo y para la limpieza de sedimentos cada cierto tiempo.

Las obras corresponden a un canal con compuertas, un sedimentador y un canal de restitución del sedimento al río.

En esta zona se dispondrá también un limnímetro y una estación de calidad, a fin de conocer qué tipo de agua se está desviando a esta zona. Este control permitiría actuar aislando el brazo de río en caso de detectarse un deterioro de los parámetros del agua

aportada por el río. Lo que redunda en la garantía de calidad del servicio y de seguridad de los usuarios.

Para el conocimiento del nivel aguas abajo de la salida del brazo de río se dispone la instalación de un sensor de nivel en el propio río, aguas debajo de la última barrera.

vi, Inspecciones y Mantenimiento

En general el mantenimiento de este tipo de instalaciones es mínimo y será proporcionado por el proveedor de los equipos considerando el mantenimiento de la barrera, su sistema de anclaje, equipos de inflado-desinflado y sistema de control.

a) Inspecciones:

yv” En períodos de operación para caudales bajos, se realizará una inspección estructural periódica del estado de la goma y de los anclajes metálicos de la barrera a la losa y los machones, así como una inspección funcional de los diferentes elementos componente del sistema.

v” La periodicidad de las revisiones será cada 6 meses y considerando al menos dos inspecciones cada 30 días al inicio y fin del período estival o cada vez que ocurra una crecida extrema.

Y” Se realizarán inspecciones visuales de los circuitos de energía eléctrica y de control para corrosión, contactos interrumpidos o aislamientos dañados.

b) Inspecciones Estructurales de las barreras:

En el caso de la goma componente de las barreras, se considera lo siguiente, en caso de ser necesario o se detecte algún daño en su superficie:

Y” Retirar todo objeto punzante o desechos de barrera inflable Y Se contemplan inspecciones visuales de la esclusa de goma revisando daños o fugas y realizar las reparaciones en caso de ser necesario en función de las indicaciones recomendadas por el proveedor de las barreras.

C. Mantenimiento:

El objetivo de estas operaciones es mantener la infraestructura en forma tal que en todo momento cumpla con los niveles de servicio definidos para su funcionamiento. Estas actividades de conservación, a su vez, pueden ser clasificadas en tres grupos: rutinarias, periódicas y diferidas.

La conservación rutinaria comprende todas aquellas operaciones a realizarse a lo largo del año, bajo cualquier escenario, clima o precipitaciones, así como aquellas que se realizan una o más veces dentro del año, dependiendo de los requerimientos, con el fin de mantener las condiciones de diseño.

La conservación periódica corresponde a aquellas operaciones que requieren ser repetidas en períodos mayores a un año o con una frecuencia mayor en algunos períodos del año con el fin de mantener las condiciones de diseño.

La conservación diferida o mayor corresponde a aquellas operaciones de conservación o refuerzo que se ejecutan para reponer o mejorar la infraestructura.

D. nombre reservado:

Y” Revisar la calibración del sistema de medición de presión (trasmisor, imagen y manómetro), los componentes del Tablero de Control, válvulas con motor o sopladores y, en general, todo el equipamiento para el funcionamiento de las barreras.

Y Se debe reparar o reemplazar los componentes de los circuitos de energía eléctrica y de control, según sea necesario, para el óptimo funcionamiento del sistema.

Y” Se establecerá el desinflado de las barreras con una frecuencia tal que evite la acumulación de sedimentos aguas arriba de las mismas y asimismo colaboren a remover el sedimento acumulado.

El manejo de los sedimentos se realizará desinflando todas las barreras, según secuencia a definir por el proveedor, dejando que los sedimentos transportados por el río sean arrastrados por el cauce aguas abajo del proyecto.

Durante la fase de operación del Parque Fluvial existirán instancias en que se reducirá en algún monto la cantidad de sedimentos en el flujo del cauce hacia aguas abajo del Parque Fluvial y otras instancias en que se aumentará la cantidad de sedimentos transportados.

En el primer caso se puede señalar que las barreras están infladas. En el segundo caso se ubican las instancias en que se desinflan las barreras, en que se limpia el decantador y en algunas fases del manejo del brazo de río. Pero las operaciones asociadas al segundo caso, serán ejecutadas de modo tal que no se aumente el contenido de sedimentos en el río aguas abajo de modo tal de no sobrepasar el rango de turbiedad medio del río en el mes en cuestión. Esto se puede lograr eligiendo la condición hidrológica del río (caudal medio a alto), de modo que la carga de sedimento adicional incorporada sea absorbida por el flujo de la forma indicada.

E. nombre reservado Periódicas:

» En caso de existir daño en las gomas de las presas, estos pueden ser el resultado de desgaste, vandalismo u objetos punzantes. Todos los daños menores deberán ser reparados utilizando el medio apropiado de reparación, mostrado en el Manual de Reparación que se debe exigir al proveedor de las barreras.

F. nombre reservado Diferidas:

Y” En caso de existir daños mayores a la goma de las barreras se procederá a repararla en función de los procedimientos establecidos por el proveedor.

Y” Después de cada trabajo de reparación se verificará que no existan filtraciones o fugas en la barrera una vez inflada, bajo el siguiente procedimiento:

a) Con la barrera completamente inflada a la presión de diseño, abrir la válvula de drenaje y permitir que la humedad sea expulsada de la barrera.

b) Después de que la humedad ha sido expulsada del drenaje, se cierra la válvula de drenaje.

c) Verter agua alrededor de la válvula y revisar si hay fugas.

d) El drenaje debe ser cerrado en forma hermética.

G. Mantención del Parque

Durante la operación del Proyecto, se consideran actividades de mantención de áreas verdes e instalaciones recreativas.

vii, Suministros y Servicios

Durante la etapa de operación del proyecto se requiere suministro de combustible para el funcionamiento del grupo generador de respaldo. Tendrá un estanque de una capacidad menor a 100 litros (0,1 m”), cumple con las disposiciones de seguridad y técnicas que establece el Decreto Supremo N? 160 de 2008 que aprueba el Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. El abastecimiento será a través de empresas del rubro autorizadas, cargando directamente al estanque.

viii. Equipos

Durante la etapa de operación se utilizarán los siguientes equipos y/o dispostivos:

4 barreas inflables

Compresores

Grupo generador de respaldo con estanque de combustible

Motobombas

Hidroneumáticos

Compuertas hidráulicas

Iluminación (postación de 5 mts. de alto y con lámparas halógena)

Fuente pantalla

Surtidores “vertibólicos”

Surtidores verticales

Piñas de pulverización

Molinetes

Almenas de 14 surtidores cada una

Hileras laterales de surtidores parabólicos

Pantalla de 35 x 15m

Sistema de telecontrol y de alerta hidrológica

Limnímetro, transductor de presión de aire, presostato, válvula de inflado y válvula de Desinflado (en cada cámara de mecanismos de cada presa)

SUSNSSSK SS SSSSSASSKSS

<S

Ordenadores de control locales y uno del centro de telemando Sistema de gestión del parque fluvial (paneles luminosos telecontrolados,

megafonía, y cámaras)

SSNSKNS

Sistema de control de brazo lateral de río (medidores de nivel y de calidad del agua)

Válvulas

Limnímetro y estación de calidad en entrada del brazo de río.

Sistemas de bombeo

c) Etapa de Abandono

De acuerdo a las características del proyecto, no se considera etapa de abandono.

4. Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, en el Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental y de lo considerado por esta Comisión, se concluye que el proyecto genera impactos sobre los siguientes componentes ambientales: aire (emisiones atmosféricas y ruido), suelo, agua, vialidad adyacente y patrimonio cultural y arqueológico.

5. Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental aire, referidas a las emisiones atmosféricas, durante la fase de construcción, el titular se obliga a implementar las siguientes acciones:

5.1

3.2

1.1

5.1.2 3.1.3 5.1.4

5.1.5 5.1.6

No realizar ningún tipo de quemas de madera u otros materiales combustibles.

Ejecutar las excavaciones que sean estrictamente necesarias.

Realizar riego de zonas de remoción de tierras

Utilizar mallas protectoras en las faenas para evitar la dispersión de polvo en suspensión.

Optimizar el flujo de camiones.

El transporte de los materiales para la construcción se realizará en camiones encarpados con lona hermética u otro material eficiente, impermeable y sujeta a la carrocería que impida el escurrimiento de los mismos y la fuga de polvo durante el transporte, de acuerdo con lo establecido en el D.S. 75/87 del Ministerio de Transportes.

Restringir la velocidad de circulación de vehículos y maquinarias al interior del predio del Proyecto (máxima de 40 km/h) durante los meses secos del año.

Utilizar contenedores para recibir y acopiar escombros y reciclado de materiales de construcción.

Presentar un Plan de Compensación de Emisiones de MP10, al Servicio de Evaluación Ambiental, para la fase de construcción, considerando que para

el primer año de construcción se emitirá un total de 7 ton/año, dentro de los 60 días una vez notificada la Resolución de Calificación Ambiental.

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental aire, referidas a las emisiones de ruido, el titular tanto en la fase de construcción como en la de operación cumplirá con los niveles de ruido de acuerdo a lo establecido en el D.S. 146/97 Minsegpres, y se obliga a implementar las siguientes medidas:

Fase de Construcción

33 321

5.2.2

323 5.2.4

12d

5.2.6

3:21

5.2.8

5.2.9

5.2.10

5.211

3.2.12

5.2.13

Privilegiar las labores en talleres, fomentando la ejecución al mínimo de labores ruidosas en terreno.

Instruir al personal para que no altere las condiciones normales de operación de la maquinaria.

Exigir a la empresa contratista que la maquinaria y camiones a utilizar, se encuentren con su revisión técnica al día.

Realizar mantenciones periódicas a la maquinaria y camiones involucrados en la construcción del Proyecto.

Controlar la emisión de ruidos innecesarios, en especial en las actividades de carga y descarga de materiales.

Controlar que el flujo de vehículos en los frentes de obras sea el estrictamente necesario.

Privilegiar la utilización de maquinaria de baja emisión sonora, de acuerdo a los avances tecnológicos de la época.

Velar por la protección auditiva de los trabajadores a través del uso de protectores auditivos en ambientes de trabajo ruidosos.

Implementar un cierre perimetral en dirección a la población “nombre reservado” de 2,4 m de altura y longitud aproximada de 200 m conformado por un elemento constructivo que presente una densidad igual o superior a 660 kg/m? o que presente una pérdida por transmisión sonora de al menos 10 dBA (por ejemplo, madera OSB de 15 mm de espesor).

Minimizar el ruido del uso de alarmas de retroceso. Esto incluye el uso de alarmas de retroceso auto ajustable sensible al ambiente, alarmas manualmente ajustables en posición de volumen mínimo y uso de vigilantes.

Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de compresores o cualquier otra maquinaria que tenga cabina de insonorización.

Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio;

especialmente el generado por el motor de los camiones tolva durante el período de espera.

Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores colindantes.

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental suelo, referido a la generación de residuos sólidos, durante la fase de construcción, el titular se obliga a implementar las siguientes acciones:

53.1

5.3.2

Los residuos sólidos domiciliarios generados, serán dispuestos de manera temporal en contenedores herméticos y debidamente etiquetados. La disposición final de estos será realizada por el servicio de recolección municipal.

Los residuos sólidos que se consideran peligrosos corresponden a aceites, combustibles, restos de pinturas, antioxidantes, entre otros. Los residuos peligrosos serán enviados a un centro de disposición final debidamente autorizado; su traslado, estará a cargo de una empresa especialista en el tratamiento de este tipo de residuos, debiendo estar debidamente acreditada ante la Autoridad Sanitaria. Respecto a su almacenamiento dentro del recinto, se dispondrá de tambores metálicos los que estarán

debidamente señalizados, en los que se almacenará temporalmente los residuos hasta que se efectué el retiro por parte de la empresa autorizada.

5.3.3 Para el caso de los residuos sólidos industriales no peligrosos en este caso

los excedentes de las excavaciones y los escombros, serán dispuestos en lugares autorizados.

5.3.4 En cuanto al manejo y disposición de los aceites y grasas utilizados por la

maquinaria, se cuenta con dos formas de operar. La primera es que los vehículos sean transportados a talleres donde se realizan los respectivos mantenimientos, desde donde serán retirados por empresas especialistas en el manejo de este tipo de residuos, y la segunda es realizar estas actividades en la instalación de faenas, acumulando los desechos en recipientes adecuados y rotulados para estos efectos, los que serán retirados por las empresas especialistas antes mencionadas.

5.4 Respecto del impacto ocasionado sobre el Patrimonio Cultural y Arqueológico del proyecto, durante la fase de construcción, el titular se obliga a:

5.4.1

5.4.3

5.4.4

5.4.5

Con relación a los elementos arqueológicos fragmentarios, detectados en el terreno disturbado antrópicamente, aledaño al área del proyecto, se solicita implementar un registro fotográfico y fichaje arqueológico de una muestra representativa de los materiales visibles en el corte estratigráfico, con la finalidad de dejar constancia acerca de su presencia, medidas y características distintivas. Se recomienda realizar para las distintas materialidades presentes, como: loza, porcelana, vidrio, hueso, concha.

5.4.2 Realizar monitoreo arqueológico -por un arqueólogo- durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie. A partir de esta actividad se deberá remitir al Consejo de Monumentos Nacionales el informe mensual de monitoreo elaborado por el arqueólogo, el que deberá incluir:

a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.

b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.

c) Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.

d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades de monitoreo realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información correspondiente de los mismos, además del trabajo de salvataje o rescate arqueológico que se hubiera ejecutado, si corresponde.

En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por especialistas en cada tipo dematerialidad) y la conservación de todos los materiales culturales, arqueo faunísticos y bioantropológicos que se encuentren motivo de esta actividad.

En caso de recuperarse material arqueológico, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N* 26 y 27 de la Ley N* 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N* 20 y 23 del Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato

5.4.6

5.4.7

y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

El titular realizará una inducción arqueológica al personal que ejecutará las obras (trabajadores de la empresa y/o subcontratistas), en que se informe sobre las características de los sitios arqueológicos de la zona y material cultural que presentan, con ilustraciones o fotografías, la protección legal que presentan, y los procedimientos a seguir frente a un hallazgo durante las labores del proyecto. Esta actividad deberá ser realizada por un arqueólogo. Una vez finalizada la actividad se deberá enviar al Consejo de Monumentos Nacionales, el acta de asistencia y los contenidos de la presentación.

La “animita” presente en el área del proyecto será protegida durante la fase de construcción de las obras, para evitar su deterioro; por tanto, no se considera necesaria su relocalización, en caso de ser posible tomar contacto con los familiares del difunto, se contempla informarles respecto de las medidas de protección de la animita durante la fase de construcción del proyecto.

5.5 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental agua, por calidad del agua, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas

5.5.1 Dar cumplimiento a la NCh 1333 0£ 78 para un estándar de agua destinada

a uso recreativo sin contacto directo, en todos sus indicadores.

5.5.2 Las condiciones de calidad del agua estarán dadas por las que el río

contenga, condición que no es de responsabilidad del proyecto. Por lo anterior, se dispondrá de una estación de medición de la calidad de las aguas, a fin de conocer cuáles son las características de aquellas que se desvíen a esta zona. Este control permitiría actuar aislando el brazo de río en caso de detectarse un deterioro de los parámetros del agua aportada por el río, lo que redunda en una medida preventiva que permite dar garantías de calidad del servicio y de seguridad de los usuarios.

5.5.3 El titular deberá de manera preventiva colocar carteles indicando que la

calidad de las aguas del río no es apta para el baño, lo anterior para la seguridad de los usuarios.

5.6 Respecto del impacto ocasionado sobre la Vialidad Adyacente al proyecto, durante la fase de construcción, según corresponda el titular se obliga a:

5.6.1

5.6.2

5.6.3

5.6.4

S:6.5

5.6.6

Cumplir con el DS N” 298/94 que reglamenta el transporte de cargas peligrosas del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Se deja en claro que es el titular el responsable en todas las etapas del proyecto, independiente de la contratación de servicio externo.

Cumplir las restricciones horarias que exigen las correspondientes Municipalidades, por la circulación de los vehículos de carga.

La circulación de camiones relacionados con el proyecto ocurra en horarios de menor demanda (fuera de punta) de cualquier día de la semana.

Lo anterior, por cuanto se ha constatado que en este horario se registra la carga más baja de flujo vehicular sobre las avenidas y Carreteras de la Región Metropolitana.

Cumplir con el Decreto N* 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.

No realizar acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos de construcción del proyecto o realizados en la vialidad pública.

Habilitar zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga, al interior del terreno del proyecto, de manera tal que no afecte la vialidad pública.

5.6.7 Para el traslado de materiales, se deberá operar con camiones cuya

capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N* 158/80 del MOP.

5.6.8 El titular del proyecto dará cumplimiento, en todo lo que corresponda, a lo dispuesto en el artículo 56” y 57* de la Ley N* 18.290, de Tránsito, Núm.

1.- Santiago, 3 de Enero de 1995, que “Establece Dimensiones Máximas a Vehículos Que Indica”, (Publicada en el Diario Oficial de 21 de Enero de 1995) y su Decreto 298/94.

Fase de Operación

5.6.9 Integrar la demarcación y señalización vertical asociada al acceso y vialidad vehicular y peatonal al interior del parque.

5.6.10 Los accesos a la propiedad privada, deben cumplir, entre otros aspectos, con el artículo 2.4.4. de la OGUC, particularmente se deben materializar con solera rebajada y a nivel de acera, en un ancho máximo de 14 metros y, su atravieso por la vereda no puede ser superior a 7,5 metros. Además, no deben incluir la demarcación de paso peatonal.

6 Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda se acompañaron los antecedentes necesarios para otorgar el permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 93 del Decreto Supremo N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el que se relaciona con la construcción, modificación y ampliación de todo lugar destinado a la acumulación, selección o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del DFL N* 725 de 1967, Código Sanitario. Al respecto la Secretaría Regional Ministerial de Salud, RM, mediante el Ord. N* 7033 de fecha 7 de septiembre de 2011, se ha pronunciado conforme con los antecedentes presentados por el titular, a saber:

a.1. Definición del tipo de tratamiento.

Los residuos sólidos domiciliarios e industriales generados por el Proyecto en las etapas de

construcción, no serán sometidos a ningún tipo de tratamiento dentro de la instalación de faena.

Éstos sólo serán almacenados y clasificados de acuerdo a sus características de peligrosidad y diferenciación entre residuos domiciliarios e industriales no peligrosos, para luego ser enviados a los destinos finales según corresponda, cumpliendo en todo momento las exigencias de las normativas vigentes al respecto.

Durante la etapa de operación ocurrirá lo mismo, tampoco existirá un tratamiento de los residuos al interior del área destinada al Proyecto. Los residuos industriales serán clasificados de acuerdo a sus características de peligrosidad y serán acumulados de forma temporal cumpliendo la normativa, luego serán retirados por empresas autorizadas para luego ser dispuestos en sitios autorizados para ello. Los residuos domésticos y asimilables a domésticos también serán acumulados de forma temporal para luego ser retirados por las empresas de servicios autorizadas y dispuestos en un lugar habilitado para ello.

a.2. Localización y características del terreno.

Los sitios destinados a la acumulación temporal de residuos durante la etapa de

construcción estarán ubicados al interior de la instalación de faenas. Los sitios destinados a

la acumulación de residuos peligrosos darán cumplimiento en todo momento a lo indicado en el D.S. 148/2003 del Ministerio de Salud.

Durante la etapa de operación, los residuos industriales generados serán manejados por las empresas a cargo de las mantenciones y reparaciones de los equipos, quienes deberán transportarlo hacia un sitio de disposición autorizada. Por otra parte, los residuos domésticos serán acumulados temporalmente en distintos sectores del área del Proyecto para su posterior retiro por las empresas autorizadas para ello.

a.3. Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos.

A) Residuos domésticos

Estos corresponderán básicamente a restos de comida, envases, papeles y cartones, entre otros, generados en la instalación de faenas y oficinas durante la etapa de construcción. Se estima que la generación máxima de residuos domésticos alcanzará los 0,075 ton/día, considerando una tasa de generación de 0,75 kg/habitante/día.

Durante la etapa de operación, se generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables a ello, producto de las labores de mantención y operación del parque realizadas por el

personal, así como de sus visitantes. También se estima una tasa de generación aproximada de 0,75 kg/habitante/día.

B) Residuos industriales no peligrosos

Estos corresponden a residuos propios del proceso de habilitación y consistirán, principalmente en madera, escombros, alambres, restos de embalaje, restos de soldadura, resto de metales, entre otros. Su volumen es difícil e impreciso de calcular; sin embargo, se estima que no superará 900 kg/mes durante la etapa de construcción. No obstante, se privilegiará la reutilización o venta de materiales que cuentan con valor comercial.

Durante la etapa de operación se estima una generación de residuos industriales no peligrosos en cantidades menores referida a la mantención y reparación de equipos, tales como piezas de recambio, pero éstos serán manejados por las empresas a cargo de estos servicios.

C) Residuos industriales peligrosos

Durante la fase de construcción se generarán residuos peligrosos tales como, restos de grasas y aceites, restos de pinturas y solventes. Estos serán acumulados en la instalación de faena donde será acopiado en un sitio habilitado para tales efectos hasta su envío al lugar de

disposición final, dando cumplimiento en todo momento a lo indicado en el D.S. N* 148/2003 del Ministerio de Salud.

Se estima que la generación de residuos peligrosos no superará los 70 Kg/mes.

Durante la fase de operación, se generaran residuos tales como, aceites y filtros derivados de la mantención de equipos generadores. Ellos serán retirados, manipulados y transportados por empresas autorizadas. Se estima una generación aproximada de residuos provenientes de aceites y filtros de 5 L/mes, considerando una mantención de equipos cada 3 meses.

En relación a los pallet de madera se dará aviso al SAG para que proceda a su inspección según lo establece la Resolución N* 133, modificada por la Resolución 2.859, del 26 de enero de 2005 y 29 de junio de 2007, respectivamente del Ministerio de Agricultura,

Servicio Agrícola y Ganadero, para su posterior eliminación o reutilización, según determinación del SAG.

En la medida que se vaya estableciendo el patrón de producción de los desechos sólidos peligrosos se establecerá el Plan de Frecuencia de Retiro y envío a destino final. En tales casos, se verificará el buen estado de los vehículos de transporte, de manera que no se

presenten derrames, pérdidas ni escurrimientos de residuos húmedos (percolados). En caso de pérdidas, el material será recogido inmediatamente.

a.4. Obras civiles proyectadas y existentes.

El Proyecto considera, durante su etapa de construcción, habilitar un sector destinado para el almacenamiento transitorio de los residuos domiciliarios e industriales sólidos peligrosos y no peligrosos, denominados “Sitios de acopio temporal”. Estos estarán ubicados en la instalación de faenas y contarán con señalética indicando claramente cada uno de ellos, además de los recipientes donde se deben depositar los residuos clasificados de acuerdo a su origen. Los recipientes se mantendrán cerrados desde donde serán retirados por las empresas autorizadas para su transporte y disposición final.

Los sitios de acopio temporal de residuos industriales no peligrosos serán señalizados y poseerán diferentes áreas para la clasificación interior de los residuos de modo que se permita la reutilización o venta de materiales que cuentan con valor comercial.

Para el caso de los residuos peligrosos, el recinto para el acopio temporal de ellos contará con las siguientes características, cumpliendo con lo establecido en el D.S. 148/2003:

Y” Contará con cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

Y” Tendrá un área especial con base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. Esta área será además techada para asegurar su protección contra la humedad, temperatura y radiación solar.

Y” En caso que se almacenen líquidos, poseerá una capacidad de retención de

escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad

ni al 20% del volumen total de los contendedores almacenados.

Contará con la señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93.

Tendrá acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal

debidamente autorizado por el responsable de la instalación.

Y” Contará con extintores de incendio en buen estado, con contenido de químicos apropiado para controlar posibles amagos de los materiales almacenados.

Y” El recinto destinado al almacenamiento de residuos peligrosos será debidamente autorizado ante la Autoridad Sanitaria regional.

SNS

Durante la etapa de operación, existirán sitios de acopio temporal para los residuos sólidos domiciliarios, en los cuales existirán receptáculos tapados, cuyo contenido será retirado por empresas externas autorizadas o el servicio de recolección municipal. Los residuos industriales peligrosos y no peligrosos generados en esta etapa serán manejados por las empresas contratistas encargadas de las mantenciones de equipos.

a.5. Vientos predominantes.

La dirección del viento predominante es del suroeste, siendo más persistente en el verano, con una intensidad media de 15 km/hr. En invierno predominan los vientos calmos.

a.6. Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores.

Control y manejo de material particulado

A continuación se listan las medidas de control y manejo de emisiones de material particulado y gases que tienen relación con la disposición final de residuos:

Y” No se realizará ningún tipo de quemas de residuos.

Y Se utilizarán contenedores de residuos tapados de modo de evitar la dispersión de polvo ensuspensión.

Y Se restringirá la velocidad de circulación de los vehículos recolectores de residuos al interior del predio del Proyecto (máxima de 40 km/h) durante los meses secos del año.

Y Se exigirá que los vehículos utilizados para el retiro y traslado de residuos hacia sus lugares de disposición final cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Esto será verificado mediante su revisión técnica al día.

Emisiones gaseosas y olores

Los residuos sólidos serán almacenados en forma temporal dentro de recipientes cerrados, los cuales serán retirados constantemente y llevados a un sitio de disposición autorizada, lo cual evitará la generación de gases y olores.

Ruido

A continuación se listan las medidas de control de ruido que tienen relación con la disposición final de residuos:

Y Se controlará la emisión de ruidos innecesarios de la maquinaria correspondientes a las actividades de carga y descarga de residuos, y al tránsito de los vehículos recolectores.

Y” Se exigirá a la empresa contratista que la maquinaria y camiones a utilizar para la recolección de residuos, se encuentre con su revisión técnica al día.

Emisiones Líquidas

No se contempla la generación de residuos líquidos industriales en las fases de construcción y operación.

Vectores No se asocian vectores a este tipo de actividad.

Cabe señalar que los únicos residuos generadores por el Proyecto, que podría generar vectores, corresponden a residuos domiciliarios, los cuales serán almacenados en contenedores cerrados y herméticos, por lo cual no se prevé la presencia de éstos.

a.7. Características hidrológicas e hidrogeológicas.

El Proyecto se emplaza en el sistema acuífero Maipo — Mapocho, en el sector específico Santiago Central, que es el acuífero que se asocia a la cuenca hidrográfica del Río Mapocho. La unidad acuífero principal de este sector corresponde a los depósitos del abanico aluvial del Río Mapocho, formados por gravas arenosas y arenas. Se destaca la presencia de depósitos de cenizas pumicíticas, rioliticas, de colores claros.

a.S. Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos.

El Proyecto considerará la implementación de medidas de prevención de riesgos y planes de control de accidentes relacionados con derrames de residuos, las cuales estarán desarrollados en un Plan de Prevención de Riesgos que será detallado y entregado al SEA y Servicio de Salud de forma previa al inicio de construcción de las obras.

El Plan informará de las medidas que acatará el proyecto para prevenir riesgos de derrames

de residuos peligrosos y no peligrosos que puedan afectar a la comunidad y el medio ambiente en general.

Algunas de las medidas de prevención de riesgo a considerar son:

Y” El transporte de éstos residuos se regirán por las disposiciones de la legislación vigente.

Y” Se capacitará al personal que manipule y almacene de forma temporal los residuos que contengan sustancias peligrosas, así como también en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames.

Y” Se dispondrán de áreas de almacenamiento temporal de residuos, las cuales estarán debidamente señalizadas, en especial las áreas destinadas al acopio de residuos peligrosos.

Y” Se dispondrá, en el área de almacenamiento temporal de residuos, de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud.

Y” Se dispondrá de personal adecuadamente entrenado para reconocer, evaluar y controlar riesgos, en los lugares de trabajo, cuya ocurrencia cause un deterioro del medio ambiente.

a.9. Manejo de residuos generados dentro de la planta.

De acuerdo a lo señalado en la letra a.3) del presente considerando.

f.1. Características del recinto.

Las características de los sitios donde se almacenarán temporalmente los distintos residuos generados en la fase de construcción permitirán un almacenaje limpio, ordenado y seguro de los mismos.

Es importante recalcar que existirá un área especialmente acondicionada para el almacenamiento temporal de los residuos domésticos e industriales no peligrosos (sitio de

acopio temporal), el cual tendrá señalética correspondiente para la identificación de cada tipo de residuos.

Durante la fase de construcción, los residuos peligrosos serán acumulados en un sitio de acopio temporal especialmente dispuesto para ello, el cual cumplirá con lo indicado en el D.S. N* 148/2003 del Ministerio de Salud.

f.2 Establecimiento de las formas de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores.

La forma de almacenamiento que se utilizará para la mayoría de los residuos que se generen por el Proyecto será en contenedores adecuados a la naturaleza de los residuos y debidamente rotulados de acuerdo a sus características.

La cantidad de contenedores que se utilizarán dependerá del volumen y naturaleza de los residuos que se generarán. Sin embargo, también se almacenarán residuos industriales no peligrosos a granel, los cuales deben ser inertes y no sufrir riesgo de dispersión. Estos que se acumularán en zonas de acopio especialmente destinadas para estos efectos.

7 Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda se acompañaron los antecedentes necesarios para otorgar el permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 99 del Decreto Supremo N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el cual se refiere la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas, a que refiere el artículo 9? de la Ley N* 4.601, sobre caza. Al respecto el Servicio Agrícola y Ganadero, mediante el Ord. N* 1037 de fecha 13 de julio de 2011, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados por el titular, de acuerdo a la siguiente información aportada por el titular, a saber:

Se estima que las actividades de construcción del proyecto podrían generar movimiento o alejamiento de ejemplares de fauna, debido a la modificación de las condiciones del hábitat y/o al ser ahuyentados por la presencia humana.

Para las especies en categoría de conservación y de baja movilidad se ejecutará un Plan de Rescate y Relocalización, específicamente para individuos de la especie Liolaemus teneuis (Lagartija esbelta) clasificada en categoría de vulnerable para la zona central por el D.S.N*%5/98, Reglamento de la Ley de Caza.

El plan de rescate y relocalización, considera una prospección exhaustiva del área donde se detectó presencia de Liolaemus teneuis con el objetivo de capturar el mayor número de ejemplares posibles.

Para la captura, y en concordancia con lo establecido en el Reglamento de la Ley de Caza (DS 5/1998) se solicitará al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) el permiso correspondiente.

El método de captura y radicación considerará las medidas necesarias para evitar la pérdida de ejemplares.

La captura se desarrollará mediante dos técnicas. En una primera etapa se revisará exhaustivamente el terreno procediendo a la captura de los ejemplares detectados mediante “lazo de nudo escurridizo”. Posteriormente, y habiendo invertido un esfuerzo significativo con esta técnica, ello en términos de la superficie revisada y número de ejemplares capturados, se procederá a la destrucción controlada de los sectores con evidencia de actividad de reptiles de modo de obligar a los ejemplares que hubiesen escapado a la detección y captura mediante lazo, a salir de sus refugios para ser capturados.

Inmediatamente concluida la operación de captura de los ejemplares mediante las dos técnicas descritas, se procederá a la destrucción de los refugios de reptiles de modo de evitar la recolonización del área.

Los reptiles capturados serán caracterizados en términos de la especie, sexo y estado de desarrollo y serán identificados mediante tinción de colores en el dorso. Esta técnica de identificación es absolutamente inocua y permite la identificación de los ejemplares a larga distancia sin necesidad de recapturarlos. Durante el proceso posterior a la captura y previo a la relocalización los ejemplares serán mantenidos en contenedores individuales. Todos los implementos de captura y contención de reptiles (lazos, guantes, tiestos, etc.) serán nuevos, de modo de minimizar cualquier potencial riesgo sanitario.

Los ejemplares capturados, caracterizados e identificados serán liberados el mismo día de la captura y como máximo 3 horas antes de la puesta de sol, de modo que estén activos. Los sitios de relocalización se emplazarán en las proximidades del área de captura pero fuera del área de construcción y operación del proyecto, y serán definidos previos a la captura, usando como criterio de selección, el que presenten condiciones de hábitat equivalentes a los sitios de origen de los ejemplares. Los ejemplares serán liberados de forma dispersa, de modo de minimizar posibles efectos de competencia con ejemplares residentes en los sitios de relocalización.

El procedimiento completo será realizado por un profesional experto en manejo de fauna silvestre y un equipo de ayudantes. Los resultados serán enviados en un informe a la Autoridad con competencia en la materia.

8 Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda se acompañaron los antecedentes necesarios para otorgar el permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 106 del Decreto Supremo N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el cual se refiere a las obras de regularización y defensa de cauces naturales a que se refiere el segundo inciso del artículo 171 del DFL N* 1122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas. Al respecto la Dirección General de Aguas, Región Metropolitana mediante el Ord. N* 831 de fecha 18 de julio de 2011, se pronunció conforme con los antecedentes presentados por el titular. La Dirección de Obras Hidráulicas, Región Metropolitana, mediante el Ord. N* 1067, de fecha 19 de julio de 2011 se pronunció conforme, señalado por el titular.

Los antecedentes presentados por el titular son los siguientes:

a) La presentación de un croquis de ubicación general.

El área de proyecto corresponde a las comunas de Quinta Normal y Renca, en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Se ubica al poniente del Parque de Los Reyes, con el río Mapocho como límite norte y la autopista Costanera Sur como límite sur, aproximadamente 200 m aguas arriba del Puente La Máquina como límite poniente y aproximadamente 200

m aguas abajo del Puente Bulnes como límite oriente.

b) La presentación de un plano de planta del sector modificado que comprenda, a lo menos, cien metros (100 m) antes y cien metros (100 m) después del sector modificado.

En el plano 3737-1120-IH-PLA-001 del Anexo 9 de la DIA, se presenta la planta del sector modificado.

c) La presentación de un perfil longitudinal de todo el tramo antes indicado.

En los plano 3737-1120-IH-PLA-002 a 004 del Anexo 9 de la DIA, se presenta el perfil longitudinal del tramo solicitado.

d) La presentación de un perfil transversal de la sección típica y de la sección crítica del cauce a modificar.

En la Figura 2 y Figura 3 del Anexo 9 de la DIA, se presenta un perfil transversal de la sección típica y la sección crítica a modificar respectivamente.

e) La presentación de un perfil transversal de la sección típica y de la sección crítica del cauce proyectado.

En el plano 3737-1120-IH-PLA-001 y Figura 3 del Anexo 9 de la DIA, se presenta un perfil transversal de la sección típica y la sección crítica del cauce proyectado respectivamente.

f) La indicación de las obras de arte, si las hubiera, en el tramo a modificar.

Las obras contempladas se describen en el punto g) siguiente.

g) La descripción de las obras proyectadas.

Las principales obras proyectadas corresponden a 4 barreras inflables transversales a la caja del río, una obra de entrada, una obra salida al río y un camino peatonal.

Las Barreras inflable consisten en presas de goma inflada con aire y sujetas a una fundación de hormigón construida sobre el Río Mapocho. La primera barrera inflable tendrá una altura de 2,80 m y un ancho aproximado de 42,0 m. Las restantes barreras inflables se han proyectado de una altura de 2,5 m y anchos variables de 42,0 m, 45,0 m y 51,0 m aproximadamente para las barreras, 2, 3 y 4 respectivamente. Cada barrera cuenta con su respectiva cámara de válvulas. Asimismo se dispondrá de una única Sala de Control del Parque para las 4 barreras.

Obra de entrada: Se encontrará ubicada aguas arriba de la segunda barrera, y consiste en un túnel en acueducto de aproximadamente 35 m de largo que desviará parte del caudal del río, para ello se dispondrán en su interior compuertas para la regulación del caudal extraído.

Obra de salida: Se ha proyectado un vertedero para descargar los excedentes del brazo de río, el que estará operativo en todo instante y un desagúe de fondo, el que permanecerá normalmente cerrado y se activará en ocasiones programadas. Ambos sistemas de salida de agua desde el brazo de río se unen y descargan en un único punto a ser ubicado aguas arriba de la última barrera, esta obra consiente en una tubería de hormigón de 1,20 m de diámetro a través de la cual se realizará la restitución al río. Se dispondrán en su interior compuertas para la regulación del caudal evacuado.

Camino peatonal: En la ribera izquierda del río Mapocho se contempla la construcción de un camino peatonal de 8 m de ancho y revestido en mampostería de piedra, el cual se ubicará en general a aproximadamente unos 3 metros sobre el lecho del río. Por lo cual, parte de las defensas existentes serán reubicadas hacia el costado izquierdo del río, tal como se presenta en el plano 3737-1120-IH-PLA-001 del anexo 9 de la DIA.

h) La presentación de la memoria técnica que contenga los cálculos hidráulicos necesarios, incluyendo, a lo menos, el cálculo de la capacidad máxima que posee el cauce sin la modificación y el cálculo de la capacidad máxima del cauce modificado.

En el Anexo 9 de la DIA, se incluye la memoria técnica que contiene los cálculos solicitados.

9 Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

10 Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental,

asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.

11 Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o de representante legal.

12 Que, todas las medidas establecidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.

13 Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto “Parque Fluvial nombre reservado”, ubicado en las comunas de Quinta Normal, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente y que éstos no generan, ni presentan ninguno de los efectos, características O circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

14 Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago,

Resuelve:

l,

2. ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARGE [VERE

Distribución:

Calificar ambientalmente favorable el Proyecto “Parque Fluvial nombre reservado”, presentado por Ministerio de Obras Públicas.

Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.

Certificar que el proyecto “Parque Fluvial nombre reservado”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, que requiere y se le otorgan los permisos ambientales sectoriales consignado en el Artículo 93; 99 y 106, del Título VIL, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y, que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el Artículo 11 de la Ley N*19.300.

Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Representante Legal Dirección Regional de Aguas Dirección Regional de Obras Hidráulicas

+ Intendente Región Metropolitana

+ Ilustre Municipalidad de Cerrillos

+ Gobierno Regional Región Metropolitana

+ Secretario Regional Ministerial de Medio Ambiente

+ Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas

+ Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo

+. Secretario Regional Ministerial de Salud

+ Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Clc

+ Expediente del Proyecto " Parque Fluvial nombre reservado" + Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana