Exploración Minera La Pepa
- Instrumento
- DIA
- Titular
- Mineros Chile SpA
- Resultado
- Aprobado
- Región
- Región de Atacama
- Materia
- Evaluación de impacto (SEIA)
- Fecha
- 1 de agosto de 2019
- Cita
- Resolución de calificación ambiental, DIA «Exploración Minera La Pepa», titular Mineros Chile SpA, Región de Atacama, Aprobado, 1 de agosto de 2019, expediente SEIA 2143861970
Resumen
Califica favorablemente la DIA del proyecto de exploración minera y certifica su cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y de los permisos ambientales sectoriales.
Texto íntegro
1 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama
Califica Ambientalmente el proyecto “Exploración Minera La Pepa”
Resolución Exenta N° 62
Copiapó, 08 de junio de 2020.
<FECHA
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 14 de enero de 2020 y su Adenda Complementaria de 17 de abril de 2020, del proyecto “Exploración Minera La Pepa”, presentado por Mineros Chile SpA con fecha 01 de agosto de 2019.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Exploración Minera La Pepa”.
3°. Las Actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Exploración Minera La Pepa”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. El Acta de Evaluación N° 16 del 14 de mayo de 2020, del Comité Técnico de la Región de Atacama.
5°. El ICE de la DIA del proyecto “Exploración Minera La Pepa” de 14 de mayo de 2020.
6°. El acuerdo adoptado en sesión del 25 de mayo de 2020 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Exploración Minera La Pepa”.
8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña nombre reservado como Directora Regional y la Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República
2 CONSIDERANDO:
1°. Que, Mineros Chile SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Exploración Minera La Pepa” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Mineros Chile SpA Rut RUT reservadoDomicilio Cerro el Plomo 5420 Of. 505, Las Condes, Región Metropolitana.
Teléfono teléfono reservado
Nombre representante legal nombre reservado representante legal RUT reservado
Domicilio representante legal Cerro el Plomo 5420 Of. 505, Las Condes, Región Metropolitana.
Teléfono representante legal 56229295460 Correo electrónico Titular o representante legal correo reservado
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 14 de mayo de 2020, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto, se cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE;
cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables y no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 25 de mayo de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Exploración Minera La Pepa”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 14 de mayo de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es realizar sondajes de reconocimiento que permitan reducir las incertidumbres geológicas y evaluar el potencial geológico asociado al sector La Pepa.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones i.2) Prospecciones y exploraciones Vida útil 3 años (36 meses)
Monto de inversión USD $ 9.660.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación del camino principal Proyecto se desarrolla por etapas Si No
[X]
Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
[X]
3 Proyecto modifica otras RCA Si No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Atacama, provincia de Copiapó, comuna de Tierra Amarilla.
Descripción de la localización El Proyecto se localiza en el sector La Pepa por la presencia de reservas y recursos de minerales, los que han sido identificados con trabajos geológicos y actividades previos de prospección.
Superficie El área de exploración comprende una superficie total de 712.48 ha, de las cuales 57,64 ha aproximadamente corresponden a superficie de afectación efectiva. Adicionalmente, se contemplan 1.592 m2 asociado a un campamento existente.
Coordenadas UTM en Datum WGS84 El área de exploración está circunscrita por las siguientes coordenadas:
Vértice Coordenada UTM (Datum WGS84, Huso 19S)
Norte Este 1 6.983.558,08 476.797,74 2 6.983.505,08 476.116,74 3 6.983.931,08 475.518,75 4 6.983.565,08 475.163,76 5 6.982.951,09 474.947,76 6 6.982.294,10 475.218,26 7 6.981.637,11 475.488,75 8 6.981.148,11 475.764,75 9 6.980.311,12 476.461,74 10 6.979.885,13 477.052,73 11 6.980.049,13 477.567,73 12 6.980.731,12 478.240,72 13 6.980.934,12 478.155,72 14 6.981.153,11 478.031,72 15 6.981.371,61 477.873,72 16 6.981.590,11 477.715,72 17 6.981.846,10 477.589,73 18 6.982.174,10 477.385,23 19 6.982.502,10 477.180,73
Más detalle se presenta en la Tabla 4.1 del ICE.
Caminos de acceso Para acceder al área de exploración del Proyecto, desde Copiapó, se avanza por la Ruta 31-CH (en Paipote), hasta el cruce con la ruta C- 601, y continuar por esta hasta la intersección con la ruta C-341.
Luego de avanzar por la ruta C-341, un kilómetro previo al sector del Campamento El Volcán, el avance continúa por un camino no enrolado en dirección Sur, por un trayecto de 6 kilómetros.
Finalmente, para llegar al área de exploración se continúa unos 7 4
kilómetros aproximados por el mismo camino en dirección Sureste.
Más detalle se presenta en la Tabla 4.1 del ICE.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En el Anexo 5 de la Adenda, se presenta la cartografía digital actualizada del proyecto, incluyendo caminos de conexión.
Adicionalmente, en los Anexos 2, 4 y 5 de la Adenda Complementaria, se presentan los planos de los sitios de almacenamiento, patio de residuos peligrosos y de instalaciones afectas al PAS 160 del RSEIA, respectivamente.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Partes/obras Plataformas de sondajes El Proyecto contempla la habilitación de un total de 135 plataformas de sondaje de aire reverso superficial, con una superficie por plataforma de 900 m2 (30 x 30 metros). El diámetro de los sondajes será de 14,06 cm aproximadamente, con una profundidad máxima estimada de 600 metros.
Se contempla un número máximo de 3 pozos por plataforma. En cada plataforma existirá un espacio para el almacenamiento temporal de insumos y otro para el almacenamiento temporal de residuos (punto de acumulación primaria).
Además, cada plataforma contará con una caseta de descanso, baños químicos y un estanque acumulador de agua industrial de 2 m3, para mezclar con los aditivos (yeso o bentonita) en el proceso de estabilización de los primeros metros de los sondajes junto con la postura de un tubo estabilizador (en caso de atravesar cubierta de gravas o roca muy disgregada por erosión).
Campamento El Proyecto considera la utilización de un campamento de exploración existente, para una dotación aproximada de 60 personas máximo.
En total, el campamento y sus instalaciones existentes abarcan una superficie de 1.592 m2, consistente en dormitorios, baños, oficinas, bodega de insumos, de materiales, y muestras geológicas, fosa séptica, estanques, patios de residuos, estanques de agua, estanque de combustible, entre otros señalados en la Tabla I-1 de la Adenda Complementaria.
Acceso a plataformas El acceso a las plataformas se realizará reutilizando huellas y caminos existentes. Se habilitarán caminos nuevos para acceder a algunas plataformas, los que no superarán los 3 m de ancho, totalizando 0,8 ha de superficie total aproximada.
Para llegar al área de exploración, desde el campamento, se empleará un camino existente de unos 7 kilómetros aproximados.
Acciones Habilitación de caminos de acceso Consiste en la habilitación del camino de acceso principal, mediante el acondicionamiento con riego de agua industrial y compactación del camino existente. El agua cumplirá con la NCh N° 1.333/78. Al respecto, el Titular mantendrá registro en faena de la calidad del agua industrial de acuerdo con los parámetros de dicha norma.
Esta actividad no contempla el movimiento de tierra ni mejoras al camino existente.
Habilitación de huellas, caminos existentes y nuevos Para acceder a los sectores donde se ejecutarán las plataformas de sondaje, el Titular utilizará en su mayoría huellas y caminos existentes. Sin embargo, inicialmente se verificará el estado de cada 5
camino para establecer, de corresponder, las reparaciones necesarias en cada uno de ellos.
Los caminos nuevos serán construidos con Bulldozer y con un ancho de pala de 3 metros aprox., el cual realizará cortes y rellenos de forma paralela, con el fin de asentar el terreno y evitar mayor intervención del área, minimizando las actividades adicionales.
No se considera la implementación de taludes en los caminos a construir.
Cada acceso será compactado con el peso de la maquinaria y la humectación de caminos, a fin de reducir la generación de material particulado Construcción de Plataformas de Sondaje de Aire Reverso Previo al inicio de la construcción de las plataformas, se definirá el sondaje a realizar y cómo se posicionará la sonda, a fin de establecer el diseño final de la plataforma con la menor intervención posible del terreno.
Luego, por cada plataforma que requiera nivelación se realizará su habilitación mediante el despeje de la capa superficial de tierra y nivelación del terreno previo a la instalación de la maquinaria de sondajes, utilizando una Bulldozer, retroexcavadora y camón aljibe, según corresponda.
El material retirado se acopiará en torno a la periferia de la plataforma, y una vez finalizada la labor de perforación, se empleará este mismo material para depositarlo en la plataforma como parte del cierre del área intervenida. El Proyecto generará un movimiento de tierra de 62.100 m3.
Para contener eventuales derrames de aceites durante la ejecución de la perforación, se instalará material impermeable (HDPE o similar)
sobre toda la superficie que ocupen las maquinarias (sonda, compresor, grupo electrógeno, camión de combustibles), sobrepasando su contorno unos 30 centímetros por cada lado y delimitado con un pequeño pretil de unos 20 centímetros.
Transporte terrestre Durante la fase de construcción el Proyecto requerirá del transporte de carga diversa desde Copiapó o Tierra Amarilla, como puntos referenciales, hasta el Campamento, y viceversa, empleando para ello camionetas y camiones.
Recursos naturales renovables El Proyecto no requiere extraer o explotar recursos naturales renovables para el desarrollo de sus actividades Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas.
El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (t/año) que a continuación se indican:
MP10 MP2,5 MPS CO NOX HC SO2 51 7,29 182,48 0,43 0,91 0,07 0,01
Como forma de abatimiento se contempla la humectación diaria de caminos internos con apoyo de camiones aljibe.
Ruido y vibraciones:
Durante la fase de construcción del Proyecto se generará emisiones de ruido producto de la maquinaria pesada a utilizar. El nivel de emisión acústica asignado a las maquinarias “Bulldozer” y “Retroexcavadora” en los distintos frentes de trabajos a ejecutar al interior del área del proyecto para la habilitación de caminos, es de 105 Lw dB(A) y 97 Lw dB(A), respectivamente.
6 Asimismo, se generarán emisiones por vibraciones producto del uso de maquinaria pesada, con emisiones de vibraciones por “Bulldozer”
de 0.089 PPV [in/s] a 25 [ft] para todos los puntos.
Efluentes:
El Proyecto generará 4,8 m3/día de aguas servidas, provenientes de los servicios higiénicos del campamento, y para su tratamiento se considera una fosa séptica con sistema de infiltración (pozo absorbente). Se considera la utilización de baños químicos, los que serán contratados a un tercero autorizado para que realice la provisión, mantención y el posterior retiro de los baños.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Se generarán 40 kg/día de residuos sólidos domiciliarios, los cuales serán manejados temporalmente en un acopio con contenedores de HDPE o similar, con frecuencia de retiro de 2 a 3 veces por semana a sitio de disposición final autorizado.
Además, se generarán 2 t/mes de residuos sólidos industriales no peligrosos, los cuales serán almacenados temporalmente en el patio de almacenamiento de materiales reutilizables y materiales residuales no peligrosos, ordenados y segregados para su posterior reutilización, reciclaje por gestores autorizados o disposición final en sitios autorizados.
A partir del sistema de manejo de aguas servidas del campamento, se estima la generación de 126,72 kg/mes de lodos, con retiro a cargo de tercero externo autorizado, para su posterior tratamiento y/o disposición en sitio autorizado.
Se contempla la generación de 1 m3/mes de residuos peligrosos, los que serán retirados por la empresa externa encargada de la mantención de los equipos, inmediatamente al recambio del aceite de los grupos electrógenos, de manera que sean dispuestos en sitio de disposición final autorizado.
Durante la fase de construcción del Proyecto, se contempla el consumo de 15.000 l/mes de Petróleo Diesel, el cual será almacenado en un estanque superficial de 10.000 l, ubicado en el campamento.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Tabla 4.2. y Tabla 4.6.1.1. Partes y obras.
Tabla 4.6.1.2. Acciones Tabla 4.6.2. Suministros básicos Tabla 4.6.3. Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar.
Tabla 4.6.4.1. Emisiones a la atmósfera.
Tabla 4.6.4.2. Emisiones líquidas.
Tabla 4.6.4.3. Ruido.
Tabla 4.6.4.4. Otras emisiones (Vibraciones).
Tabla 4.6.5.1. Residuos no peligrosos.
Tabla 4.6.5.2. Residuos peligrosos.
Tabla 4.6.5.3. Productos químicos y otras sustancias.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Partes/obras Conforme a la cronología del Proyecto, señalada en el punto 4.4. del presente documento, las fases de construcción, operación y cierre se desarrollarán de forma paralela y conforme avanza la campaña de sondajes. De esta forma, las partes y obras que forman parte de la fase de operación serán las mismas que para la fase de construcción, descritas en el punto anterior.
Acciones Ejecución plataformas de sondaje de aire reverso.
El Proyecto contempla el desarrollo de 3 campañas de sondaje empleando el método de aire reverso desde la superficie. En este sistema de perforación se emplea un martillo de fondo y tricono como herramienta de corte, la muestra se impulsa con presión de 7
aire a través del tubo interno del martillo o porta tricono y, a la vez por el tubo interno de la barra de perforación, llegando a la superficie y transportada a un depósito colector de muestra llamado ciclón, donde se recolecta la muestra. Se llevará registro de los cambios de dirección durante la operación de perforación de un sondaje.
Una vez finalizado el sondaje, se procede a retirar la máquina de sondaje a otro punto y al pozo de sondaje se le instala una identificación. El Proyecto contempla la ejecución de hasta dos (2)
máquinas de perforación en forma simultánea, de manera que la habilitación de caminos se realizará conforme sean requeridos para avanzar al lugar de perforación.
Al momento de iniciar cada campaña, y luego al finalizar, el Titular entregará un programa preliminar de sondajes al SERNAGEOMIN de la Región de Atacama y la Superintendencia de Medio Ambiente, y luego de aquellos realizados efectivamente, indicando la localización precisa de las perforaciones con sus respectivas coordenadas.
Mantención de equipos y caminos Durante la fase de operación se realizarán mantenciones menores a los equipos de sondajes sobre el área impermeabilizada de las mismas plataformas. En caso de requerir mantenciones mayores, estas se realizarán en talleres autorizados, fuera de las instalaciones del proyecto. En el Anexo 5 de la DIA, se presentan los procedimientos de mantención de las sondas.
Por otra parte, dependiendo del estado de los caminos (de acceso al campamento y de acceso a plataformas), el Titular realizará mantención con Bulldozer y/o Retroexcavadora, una vez y al ser requerido el paso de los equipos. Adicionalmente, se realizará la humectación de los caminos en operación de forma diaria.
Cierre de plataformas El cierre de las plataformas se llevará a cabo de forma gradual en la medida que finalice un sondaje y en paralelo al avance de las campañas de ejecución de las plataformas. Por tanto, al término de cada perforación se llevará a cabo el retiro de toda la maquinaria, accesorios, residuos y muestras que estén en la plataforma, la restitución del área con el material previamente removido, y el sellado de cada sondaje con lechada de agua, cemento y bentonita, instalación de tubo de PCV e identificación con placa.
Transporte terrestre Durante la fase de operación el Proyecto requerirá del transporte de carga diversa desde Copiapó o Tierra Amarilla, como puntos referenciales, hasta el Campamento, y viceversa, empleando para ello camionetas y camiones.
Productos generados El producto que generará el Proyecto corresponderá a muestras de mineral (Rocas para su caracterización geológica), obtenidas a partir de la ejecución de los sondajes.
Recursos naturales renovables Durante la fase de operación, el Proyecto no considera la explotación o extracción de recursos naturales renovables.
Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas.
El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (t/año) que a continuación se indican:
MP10 MP2,5 MPS CO NOX HC SO2 79,82 8,77 276,63 3,69 9,47 0,56 0,05
Como forma de abatimiento se contempla la humectación diaria de caminos internos con apoyo de camiones aljibe.
Ruido y vibraciones:
Durante la fase de operación del Proyecto se generarán emisiones de 8
ruido producto de la habilitación de plataformas y sondaje propiamente tal. El nivel de emisión acústica asignado a las maquinarias “Perforadora”, “Bulldozer” y “Retroexcavadora”
en los distintos frentes de trabajos a ejecutar al interior del área del proyecto para la habilitación de plataformas y sondajes, es de 111 Lw dB(A), 105 Lw dB(A) y 97 Lw dB(A), respectivamente.
Efluentes:
El Proyecto generará 7,7 m3/día de aguas servidas, provenientes de los servicios higiénicos del campamento, y para su tratamiento se considera una fosa séptica con sistema de infiltración (pozo absorbente). Se considera la utilización de baños químicos, los que serán contratados a un tercero autorizado para que realice la provisión, mantención y el posterior retiro de los baños.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Se generarán 64 kg/día de residuos sólidos domiciliarios, los cuales serán manejados temporalmente en un acopio con contenedores de HDPE o similar, en el área del campamento, con frecuencia de retiro de 2 a 3 veces por semana a sitio de disposición final autorizado.
Además, se generarán 0,5 t, por 1000 metros de sondaje, de residuos sólidos industriales no peligrosos, los cuales serán almacenados temporalmente en el patio de almacenamiento de materiales reutilizables y materiales residuales no peligrosos, ordenados y segregados para su posterior reutilización, reciclaje por gestores autorizados o disposición final en sitios autorizados.
Al igual que la fase de construcción, a partir del sistema de manejo de aguas servidas del campamento, se estima la generación de 202,75 kg/mes de lodos, con retiro a cargo de tercero externo autorizado, para su posterior tratamiento y/o disposición en sitio autorizado.
Por otra parte, también se contempla la generación de 2 m3/mes de residuos peligrosos, los que serán manejados a través de tambor en el campamento y otro en la sonda en operación, de 200 l de capacidad cada uno. Para el almacenamiento transitorio se contará con bodega en campamento, para luego ser retirados por una empresa autorizada, para su disposición final en un sitio autorizado.
Durante la fase de operación del Proyecto, se contempla el consumo de aditivos: PolyPlus (20 l/mes), Foam (100 l/mes), Ring Free (250 l/mes), Ground Estabilizer (1200 l/mes), Yeso (750 kg/mes) Clera Mud (400 l/mes); y lubricantes: aceite de motor para camiones (360 l/mes) y aceite rock drill para bocas, martillos y barras (1.200 l/mes).
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Tabla 4.2. y Tabla 4.7.1.1. Partes y obras.
Tabla 4.7.1.2. Acciones.
Tabla 4.7.2. Suministros básicos.
Tabla 4.7.3. Productos generados.
Tabla 4.7.4. Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar.
Tabla 4.7.5.1. Emisiones a la atmósfera.
Tabla 4.7.5.2. Emisiones líquidas.
Tabla 4.7.5.3. Ruido.
Tabla 4.7.5.4. Otras emisiones (Vibraciones).
Tabla 4.7.6.1. Residuos no peligrosos.
Tabla 4.7.6.2. Residuos peligrosos.
Tabla 4.7.6.3. Productos químicos y otras sustancias.
4.3.3. FASE DE CIERRE Partes/obras.
9 Conforme a la cronología del Proyecto, señalada en el punto 4.4. del presente documento, las fases de construcción, operación y cierre se desarrollarán de forma paralela y conforme avanza la campaña de sondajes. De esta forma, las partes y obras que forman parte de la fase de cierre serán las mismas que para la fase de construcción, descritas anteriormente.
Acciones.
Desmantelamiento y retiro de materiales.
Corresponde al retiro de todos los residuos, escombros o desperdicios que pudiesen quedar en el área de exploración del Proyecto. Éstos serán retirados en bolsas de plástico para ser llevados a los sitios de almacenamiento temporal, desde donde serán retirados por una empresa autorizada hasta el sitio de disposición final autorizado.
Adicionalmente, el Titular llevará a cabo el cierre de los caminos de acceso, utilizados en la ejecución del Proyecto, de tal forma de limitar el acceso futuro de vehículos de terceros, principalmente como medida preventiva para la conservación de las áreas.
Transporte terrestre Durante la fase de cierre el Proyecto requerirá del transporte de carga diversa desde Copiapó o Tierra Amarilla, como puntos referenciales, hasta el Campamento, y viceversa, empleando para ello camionetas y camiones.
Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas.
Durante la fase de cierre el Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (t/año) que a continuación se indican:
MP10 MP2,5 MPS CO NOX HC SO2 9,21 0,97 32,06 0,14 0,37 0,03 0,002
Como forma de abatimiento se contempla la humectación diaria de caminos internos con apoyo de camiones aljibe.
Ruido y vibraciones:
Con relación a la fase de cierre se realizará el desmantelamiento de todas las estructuras construidas en el presente Proyecto. De acuerdo con la naturaleza de la maquinaria empleada para dichas actividades, la emisión de ruido será de menor magnitud respecto de las labores de construcción, de manera que el análisis de la fase de cierre está contenido en la evaluación para la fase de construcción.
Efluentes:
El Proyecto generará 3,6 m3/día de aguas servidas, provenientes de los servicios higiénicos del campamento, y para su tratamiento se considera una fosa séptica con sistema de infiltración (pozo absorbente). Se considera la utilización de baños químicos, los que serán contratados a un tercero autorizado para que realice la provisión, mantención y el posterior retiro de los baños.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Se generarán 30 kg/día de residuos sólidos domiciliarios, los cuales serán manejados temporalmente en un acopio con contenedores de HDPE o similar, en el área del campamento, con frecuencia de retiro de 2 a 3 veces por semana a sitio de disposición final autorizado.
Además, se generarán 200 kg/mes de residuos sólidos industriales no peligrosos, los cuales serán almacenados temporalmente en el patio de almacenamiento de materiales reutilizables y materiales residuales no peligrosos, ordenados y segregados para su posterior reutilización, reciclaje por gestores autorizados o disposición final en sitios autorizados.
Se estima la generación de 95,04 kg/mes de lodos provenientes del 10
sistema de manejo de aguas servidas del campamento, con retiro a cargo de tercero externo autorizado, para su posterior tratamiento y/o disposición en sitio autorizado.
Por otra parte, se espera una generación de 0,5 m3/mes de residuos peligrosos, los que serán almacenados transitoriamente en bodega del campamento, para luego ser retirados por una empresa autorizada, para su disposición final en sitio autorizado.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Tabla 4.2. y Tabla 4.8.1.1. Partes y obras.
Tabla 4.8.1.2. Acciones.
Tabla 4.8.2. Suministros básicos.
Tabla 4.8.3.1. Emisiones a la atmósfera.
Tabla 4.8.3.2. Emisiones líquidas.
Tabla 4.8.3.3. Ruido.
Tabla 4.8.3.4. Otras emisiones (Vibraciones).
Tabla 4.8.4.1. Residuos no peligrosos.
Tabla 4.8.4.2. Residuos peligrosos.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Primera campaña: 4to Trimestre 2020 Segunda campaña: 4to Trimestre 2021 Tercera campaña: 4to Trimestre 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación del camino principal Fecha estimada de término Primera campaña: 4to Trimestre 2020 Segunda campaña: 4to Trimestre 2021 Tercera campaña: 4to Trimestre 2022 Parte, obra o acción que establece el término Término de construcción de la última plataforma de sondaje 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Primera campaña: 1er Trimestre 2021 Segunda campaña: 1er Trimestre 2022 Tercera campaña: 1er Trimestre 2023 Parte, obra o acción que establece el inicio Posicionamiento en la primera plataforma del primer camión sonda.
Fecha estimada de término Primera campaña: 3er Trimestre 2021 Segunda campaña: 3er Trimestre 2022 Tercera campaña: 3er Trimestre 2023 Parte, obra o acción que establece el término Retiro del camión sonda de la última plataforma de sondaje proyectada 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Tercer trimestre de 2023 (tercera campaña)
Parte, obra o acción que establece el inicio Limpieza del área de plataformas de sondaje Fecha estimada de término Cuarto trimestre de 2023 (tercera campaña)
Parte, obra o acción que establece el término Desmovilización total del personal que participó de las actividades.
11 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire por emisiones de material particulado y gases.
Producto de las actividades del proyecto se generarán emisiones de material particulado (MP10 y MP2,5) y gases los cuales supondrán un aporte sobre dos receptores cercanos al Proyecto.
Parte, obra o acción que lo genera Plataforma de perforación, acceso a plataforma Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre.
Impacto ambiental Aumento niveles de ruido y vibraciones en receptores de interés.
Producto de la maquinaria requerida en las diferentes fases del Proyecto, se generarán emisiones de ruido y vibraciones lo cual significará un aporte en los niveles basales de 5 receptores sensibles cercanos al Proyecto.
Parte, obra o acción que lo genera Habilitación de caminos de acceso; Habilitación de huellas, caminos existentes y nuevos;
Ejecución plataformas de sondaje de aire reverso; Desmantelamiento y retiro de materiales Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.1 Salud de la población.
Tabla 6.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos Respecto a la superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes, se identificaron 2 receptores correspondientes al Campamento Minero La Pepa y la Faena Minera, sobre los cuales se realizó un modelo SCREEN3 para determinar la posible afectación a dichos receptores durante la fase de construcción, que corresponde a la fase donde se generan las mayores emisiones. De acuerdo con los resultados de la modelación, los aportes del Proyecto en términos de concentraciones de MP10, son menores al 0,5% de las normas primarias respectivas, por lo tanto, se concluye que el proyecto no generaría alteración significativa a la calidad del aire de los receptores identificados.
Respecto al Ruido se ha realizado un análisis de la posible afectación sobre 3 receptores, concluyéndose que los aportes no superan los máximos que establece D.S. Nº 38/11 del MMA tanto para periodo diurno como nocturno, por lo que se espera que este no genere un impacto significativo.
Con relación a los efectos sobre la salud de la población producto de efluentes de origen sanitario, el Proyecto contempla, para todas sus fases, el uso de una fosa séptica conectada a pozo absorbente a fin de manejar las aguas servidas generadas en las instalaciones del campamento. A través del pozo, las aguas tratadas y sedimentadas en la fosa séptica serán infiltradas en una excavación del terreno, lo cual se ubicará a distancia de cursos de aguas superficiales y subterráneas. Por su parte, los lodos generados en la fosa séptica serán retirados por tercero autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, para su posterior tratamiento y/o disposición final en sitio autorizado. El Titular implementará un sistema de registro y control del retiro y disposición final de los lodos generados en todas las fases del Proyecto, el que quedará a disposición de la autoridad. Por otra parte, los baños químicos empleados en las diferentes fases del Proyecto serán operados por empresa autorizada, quienes realizarán la mantención y posterior retiro de los baños, además, durante la fase de operación no se superarán los 6 meses de su utilización en los frentes de trabajo, debido a que cada plataforma de sondaje posee su propio ciclo de aproximadamente 3 días. El Titular presentó un procedimiento sintetizado para el seguimiento de los residuos de aguas servidas que salgan de las instalaciones provenientes de baños químicos, asegurando que todos los camiones lleguen a destino 12
final autorizado.
Por otro lado, no se prevé efectos adversos a la salud de la población por exposición a contaminantes en relación con la generación de residuos ya que éstos serán manejados y dispuestos en lugares autorizados durante la fase de construcción, operación y cierre.
Con todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida y compactación de suelo.
El área de desarrollo del Proyecto comprende terrenos con presencia de suelo, los cuales serán afectados por el desarrollo de la actividad de perforación.
Componente ambiental afectado Suelo
Parte, obra o acción que lo genera Plataforma de sondaje y Acceso a plataformas Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire por emisiones de material particulado sedimentable.
Producto de las actividades del proyecto se generarán emisiones de material particulado sedimentable (MPS) los cuales supondrán un aporte sobre áreas sensibles cercanas al Proyecto.
Componente ambiental afectado Aire Parte, obra o acción que lo genera Plataforma de sondaje, acceso a plataforma Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre.
Impacto ambiental Pérdida de formaciones vegetacionales.
En el área de intervención del Proyecto hay presencia de matorrales dominado por la especie Adesmia echinus las cuales se distribuyen en una superficie de 9,83 ha del polígono de sondajes.
Componente ambiental afectado Matorrales de Adesmia echinus Parte, obra o acción que lo genera Plataforma de sondaje y acceso a plataforma.
Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Pérdida de ejemplares en estado de conservación.
En el área se sondajes se registró la presencia de 9 especies en categoría de conservación, de las cuales dos especies presentan patrones de movilidad reducida, que pudieran verse afectadas por aplastamiento asociado al uso de maquinaria requerida en las diferentes fases del Proyecto Componente ambiental afectado Fauna en categoría de conservación Parte, obra o acción que lo genera Plataforma de sondajes y acceso a plataformas Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Pérdida de hábitat de especies de movilidad reducida.
En el polígono asociado a las labores de sondajes, se identificó la presencia de 4 especies de movilidad reducida particularmente en zonas de escasa vegetación, las cuales se sobreponen con las áreas de intervención del Proyecto.
Componente ambiental afectado Fauna con movilidad reducida 13
Parte, obra o acción que lo genera Plataforma de sondajes y acceso a plataformas Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Alteración de hábitat de especies en estado de conservación.
Se reconoce la presencia de 9 especies en categoría de conservación, las cuales se asocian con ambientes no intervenidos del área de prospección, como áreas de matorral, zonas de escasa vegetación y vegas. Además, producto de la maquinaria empleada en las diferentes fases del Proyecto, se espera un incremento de la presión sonora sobre puntos sensibles vinculados con dichos ambientes.
Componente(s)
ambiental(es)
afectado(s)
Fauna en estado de conservación Parte, obra o acción que lo genera Plataforma de sondajes y acceso a plataformas Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.1. Suelo.
Tabla 5.2.2. Aire.
Tabla 5.2.3.1. Flora.
Tabla 5.2.3.2. Fauna.
Tabla 6.2. Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire A partir de antecedentes bibliográficos y levantamiento de antecedentes en terreno no se prevé que el Proyecto genere pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad. En este sentido, se definieron 3 unidades homogéneas: de Montaña, suelos de ladera y terrazas, y, en general, los suelos presentan condiciones de salinidad y bajos porcentajes de materia orgánica. El área de montaña, que abarca el 35% aproximado del área de sondaje, se representa principalmente por afloramientos rocosos sin presencia de suelo. Por otra parte, los suelos de ladera constituyen suelos heterogéneos con profundidad variable, de poca pedogénesis, y son dominantes en el área de estudio, con una cobertura de 435 ha aproximadas, de las cuales, 29,3 ha (7%) se verá afectado por el desarrollo plataformas y caminos nuevos, y de esta, casi la mitad (44%) son suelos delgados con pendientes superiores al 60%. Finalmente, los suelos de terraza corresponden a suelos depositados en el fondo de valle, aunque delgados, de los cuales 0,48 ha se insertan en el área de influencia y de afectación del Proyecto.
Sin embargo, considerando que, de la superficie asociada a la ubicación de plataformas y caminos de acceso, el 49% aproximado se asocia a caminos preexistentes, y además cerca de un 30% está representado por terrenos de montaña o suelos delgados en pendientes pronunciadas, y, asimismo, atendiendo la representatividad de las tres unidades en el área de estudio, se puede concluir que la intervención de suelos será de una baja extensión.
Lo anterior, en cuanto al bajo desarrollo de los suelos, se correlaciona, además, con el hecho que el 75% del polígono de sondaje corresponde a zonas de escasa vegetación seguido de ambientes modificados.
En cuanto a la componente flora y vegetación, la cobertura con mayor superficie corresponde a las zonas de vegetación escasa con el 74,3% del área de estudio (529,5 ha), seguido de superficie con ambientes modificados que en su conjunto representan el 17,3% (123,53 ha), la formación xerofítica de Adesmia echinus con el 5,7% (40,44 ha), y matorral de Adesmia echinus con un 1.4% (9,83 ha).
Finalmente, se registraron 2 unidades azonales de vegetación: pajonal hídrico de Festuca rigecens (1%) y bofedal de Oxychloë andina (0,3%), emplazados en el fondo de valle.
Además, se registró un total de 35 especies de flora de las cuales ninguna se encuentra en estado de conservación.
Sobre la presencia de formaciones xerofíticas de Adesmia echinus y parches con sistemas de vegetación azonal, si bien estas se insertan en el polígono de sondaje del Proyecto, el trazado de 14
caminos nuevos y ubicación de las plataformas excluye las zonas con este tipo de vegetación, por lo que se descarta afectación sobre ambos sistemas. Por el contrario, las zonas que se verán afectadas por el Proyecto corresponderían mayoritariamente a superficies descritas como áreas intervenidas (ambientes modificados), luego a zonas de vegetación escasa y matorral de Adesmia echinus.
Respecto a este último, la superficie de afectación corresponde a 0,16 ha, y las unidades donde se presentan no cumplen con la superficie mínima para conformar formación xerofítica de acuerdo con lo establecido en el artículo 3° del D.S. N°93/2008 del Ministerio de Agricultura. Por lo anterior, no se espera una pérdida significativa de formaciones vegetacionales por ocasión del Proyecto
No obstante, se estableció como compromiso ambiental voluntario la protección de formaciones xerofíticas, en cada una de las fases del Proyecto.
Respecto a la fauna silvestre, se registró un total de 30 especies, de las cuales 9 especies se encuentran en categoría de conservación: 1 especie en categoría “En Peligro” (Vicugna vicugna), 4 especies en categoría “Vulnerable” (Liolaemus rosenmanni, Vultur gryphus, Lama guanicoe y Ctenomys fulvus) y 4 especies en categoría “Preocupación Menor” (Falco peregrinus, Tinamotis pentlandii, Lycalopex culpaeus y Lagidium viscacia).
Con relación a las especies en estado de conservación y que, además, presentan patrones de baja movilidad, la especie Liolaemus rosenmanni, único reptil avistado, se registró en los ambientes con mayor presencia en el área: Zona de escasa vegetación e Intervenido, con una densidad máxima en este último de 1,39 ind/ha. Respecto a las aves, la mayor diversidad de especies y número de individuos se registró en el ambiente de vega, con 18 especies, donde además se avistó 1 ejemplar de Falco peregrinus y el mayor número de Tinamotis pentlandii con una abundancia absoluta de 8 ejemplares. Sobre la especie Vultur gryphus, se registró un ejemplar en zona de escasa vegetación.
Considerando que las vegas, principales ambientes de observación de aves, han quedado definidos como zonas de exclusión, y que la zona de escasa vegetación corresponde al ambiente de mayor cobertura al interior del polígono de sondajes, no se espera una pérdida significativa de ambientes que constituyen el hábitat de especies.
Respecto a los camélidos en estado de conservación, considerando que estos mamíferos presentan amplios patrones de distribución, y a que el Proyecto se desarrolla en un área que presenta intervenciones previas por labores mineras, no se prevé una pérdida significativa de hábitat de dichas especies ni alteración en sus patrones conductuales. Sin embargo, respecto a estos camélidos el Titular llevará a cabo un monitoreo de las poblaciones de ambas especies presentes en el área de influencia.
Sobre la especie Ctenomys fulvus esta fue registrada a través de la presencia de madrigueras activas en ambientes de matorral, y se asocian con puntos de observación que no se sobreponen con obras o partes del Proyecto, dos de los cuales se encuentran en el extremo norte del área de exploración, alejados de las obras de intervención directa. Por otra parte, en cuanto a la especie Lagidium viscacia, esta se registró de forma directa en dos puntos de observación asociados a los ambientes de vega, uno de los cuales es cercano al camino que conecta el campamento con el área de sondaje y el segundo punto en las vegas de exclusión presente en las inmediaciones del área de exploración.
Ambos puntos son considerados como puntos sensibles para analizar la perturbación por ruido ocasionada durante las fases de construcción y operación del Proyecto, y, además, no se sobreponen con las partes u obras del Proyecto.
Al respecto, se establecieron una serie de acciones tendientes a minimizar la afectación sobre la fauna presente en el área de sondajes, acciones que tendrán un carácter prohibitivo y/o restrictivo (que incluye lineamientos educativos), y otras de carácter educativo (compromiso de educación y/o capacitación de trabajadores). Adicionalmente, se estableció un plan específico frente a contingencias que involucren fauna silvestre, desde medidas que apuntan a prevenir accidentes con fauna silvestre y procedimientos de respuesta frente a la ocurrencia de un accidente.
A mayor abundamiento, se presentó un análisis de la posible afectación por ruido sobre receptores de fauna cercanos al camino de acceso y ubicados en el eje longitudinal del fondo de valle, concluyéndose que las actividades del proyecto no tendrán la capacidad de generar un impacto negativo sobre la fauna cercana al Proyecto, no superando los 85 [dB(Z)] estimados como nivel máximo permitido en la normativa de referencia.
Sin perjuicio de lo anterior, el Titular establecerá como mecanismo de control una zona de 15
resguardo de 10 [m] de radio respecto de un punto, en función de la ubicación de la maquinaria contemplada para la fase de construcción y cierre. En dicha zona se verificará la ausencia de especies sensibles antes de comenzar el funcionamiento de las maquinarias.
En cuanto a las emisiones de MPS que generará el Proyecto, se ha desarrollado una modelación simple (SCREEN3) de las emisiones de MPS del proyecto en su fase de construcción, donde se generarán las mayores emisiones, y se ha obtenido como resultado que la depositación de material particulado sedimentable alcanza como máximo, considerando todos los receptores adoptados, el equivalente a un 3% de la norma suiza de referencia (200 mg/m2/día).
Con relación al recurso hídrico, la hidrogeología reconocida en el área de emplazamiento del Proyecto se asocia a un sistema acuífero en un medio fracturado de roca volcánica, caracterizado por una alta anisotropía, donde el movimiento de aguas subterráneas responde principalmente a la presencia de sistemas de fallas y fracturamiento local, con una importancia hidrogeológica variable y aleatoria. Además, en profundidad, las rocas del basamento, sobre el cual se apoyan las rocas presentes del área de emplazamiento del Proyecto, se configura como un horizonte confinante donde las rocas se presentan en general, menos fracturadas y poco descomprimidas, por tanto, poco aptas para permitir la transmisión de aguas a través de ellas. Por lo anterior, la sola perforación de los sondajes no constituye una fuente de interferencia para este tipo de acuífero. De igual forma, se contempló un procedimiento de control de alumbramiento inducido de aguas subterráneas para el caso eventual en que se descomprima una zona acuífera.
Complementario a lo anterior, a partir del análisis hidráulico y de la esquematización del respectivo eje hidráulico y la cota proyectada de los sondajes más cercanos (28) al eje del cauce, se estableció que las diferencias de cotas entre el espejo de agua proyectada de crecida y la cota proyectada de los sondajes fluctúan entre 2,14 m y 51,14 m, con un promedio 16,82 m, y un distanciamiento desde el eje central del cauce natural asociado a la Quebrada del Azufre superiores a los 50 m. De este modo, es posible establecer que las partes y obras del Proyecto no generarán efectos en el cauce natural asociado a la Quebrada del Azufre ni tampoco en su área de inundación de crecida, y en consecuencia en las dinámicas de los flujos superficiales.
Con todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3.
REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Las principales actividades socioeconómicas desarrolladas en el área de influencia del Proyecto son la minería, la ganadería (pastoril y trashumante), la agricultura a pequeña escala (en la que destaca el cultivo de alfalfa y hortalizas para el consumo familiar) y la recolección de hierbas nativas para uso medicinal.
Respecto a la minería, no existen piques en el polígono del Proyecto o piques activos en las cercanías de este, de manera que se descarta que se pueda generar algún tipo de alteración sobre esta actividad.
En el área de influencia del Proyecto se identificaron cinco (5) comunidades indígenas: Comunidad Indígena Colla de la Comuna de Copiapó, Comunidad Indígena Colla Pastos Grandes, Comunidad Indígena Colla Sol Naciente de Pastos Grandes, Comunidad Indígena Colla Pai Ote y Comunidad Indígena Colla Sinchi Wayra.
Respecto a las actividades ganaderas, agrícolas y de recolección, estas se realizan en los alrededores de la Quebrada de Paipote, lugar donde se asientan las comunidades collas mencionadas, a más de 25 km de distancia en línea recta del proyecto.
Conforme a los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación del Proyecto, descritos en la Tabla 6.3 del ICE, se descarta que las obras o acciones del Proyecto afecten las actividades trashumantes llevadas a cabo por los Grupos Humanos pertenecientes a Pueblos Indígenas. Si bien 16
se identificaron dos sitios de significancia al interior del polígono del Proyecto, estos no presentan un uso actual por los GHPPI (majada Tambería-El Azufre y Apacheta), sitios que además no se verán afectados por las partes u obras del Proyecto.
Respecto a la recolección de hierbas medicinales, estas se distribuyen según la altura geográfica que presentan los sectores de pastoreo y recolección, tales como La Puerta, El Bolo, La Cebolla, Pastos Grandes, El Hielo, Pantanosa, El Chinche, El Rodeo, Patón, Lagunita y El Azufre, los cuales intersectan con las rutas C-341 y Ruta sin rol (acceso al proyecto). Según se reconoce por parte de las comunidades collas que participaron de la presente evaluación ambiental, ya sea a través de las reuniones con GHPPI de acuerdo con el artículo 86 del RSEIA realizadas por el SEA como a través del levantamiento de información primaria realizada por el Titular, el uso de los caminos suele provocar que el polvo suspendido se deposite en las hierbas por lo menos en un buffer de dos metros por ambos costados. En este sentido, la depositación de material particulado sedimentable del Proyecto alcanza como máximo un valor de 1,8 mg/m2/día como promedio anual, a 300 metros de distancia del camino, lo que equivale a menos de un 1% de la norma suiza de referencia (200 mg/m2/día). Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no afectará las hierbas medicinales que podrían encontrarse cercanas a las rutas utilizadas por este, y que tampoco se verá intervenido ni restringido el acceso a estos recursos naturales de recolección por parte del Proyecto.
Respecto a la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, se descartó que estuviera en el área de influencia del Proyecto, dado que presenta un uso económico y tradicional de un tramo de la Quebrada San Andrés, aledaño a la ruta 31-CH y C‐17, en dirección norte, hacia el sector Llanos de Varas, El Pingo y Vega varitas, con una distancia aproximada de 20 km de la intersección de la ruta C‐341 con la ruta 31-CH, por lo que se concluye que no hay susceptibilidad de afectación sobre dicha comunidad por ocasión del Proyecto.
Por otra parte, si bien el Proyecto requerirá de transporte, este no implicará un aumento importante en los flujos viales de las rutas públicas que utilizará, por tanto, se concluye que no habrá obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.
Adicionalmente, en la evaluación ambiental se establece el compromiso ambiental voluntario “Instalación de Señalética en Ruta C-341” para el resguardo de las prácticas asociadas a la trashumancia llevadas a cabo por las comunidades colla, en las intersecciones de las rutas de pastoreo con las rutas C-341 y la ruta sin rol (de acceso al Proyecto).
Considerando que el personal de las diferentes fases del Proyecto alojará, se alimentará y ocupará otros servicios básicos (como baños, agua potable, etc.) en el campamento dispuesto para estos fines, se concluye que el Proyecto no alterará el acceso o la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
Con todo lo anterior, y en atención los antecedentes expuestos en detalle en la Tabla 6.3 del ICE, se concluye que el Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.4. Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar Considerando lo expuesto en el literal anterior, sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; y al hecho de que el proyecto tiene una vida útil de 3 años, se concluye la inexistencia de susceptibilidad de afectación a los GHPPI localizados en el área de influencia del proyecto.
17 Por otra parte, si bien en el área de sondajes, particularmente a lo largo del cauce natural de la Quebrada del Azufre, se registró la presencia de 5 sistemas vegetacionales azonales hídricos terrestres (SVAHT), el Proyecto no sobrepondrá sus plataformas o sondajes, incluyendo los nuevos caminos de acceso, sobre las áreas cubiertas por dichos sistemas naturales. Asimismo, el emplazamiento de las partes y obras del Proyecto no se superpondrá con la extensión delimitada para el cuerpo glaciar (Glaciar Rocoso) ubicado en la zona de cumbres de la Microcuenca Quebrada del Azufre.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Alteración de atributos de una zona con valor paisajístico.
El área del Proyecto posee valor paisajístico otorgado por los atributos biofísicos existentes, particularmente por el relieve precordillerano y la textura del suelo, todo lo cual se verá alterado por la intromisión de elementos antrópicos en el conjunto de elementos naturales del paisaje Componente ambiental afectado Paisaje Parte, obra o acción que lo genera Plataforma de sondajes, acceso a plataformas Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.3 Valor paisajístico y turístico.
Tabla 6.5. Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona En relación con la obstrucción a la visibilidad a una zona con valor paisajístico, cabe señalar que gran parte del área donde se desarrollará el Proyecto, particularmente la habilitación de plataformas y caminos de acceso, consiste en terrenos con intervenciones mineras previas, asociadas a labores de prospección, de manera que la zona cuenta con elementos intrusivos antrópicos que actualmente afectan la visibilidad de la zona. De tal manera, atendiendo la situación actual del sector, los cambios que imprima el Proyecto al paisaje del sector serán de baja magnitud atendiendo que se emplearán, principalmente, áreas que ya se encuentran intervenidas.
Por otra parte, respecto a la alteración de atributos a una zona con valor paisajístico, destaca el relieve como atributo dominante del paisaje del sector, condicionado además por la visibilidad al Volcán Copiapó. No obstante, el Proyecto no alterará las características de dicho atributo, ya que el Proyecto consiste en campañas de exploración a desarrollar principalmente sobre áreas intervenidas, además, el atributo destacado del relieve se encuentra distante al área de instalación del Proyecto (8 km), y el acceso a este se realiza por un camino diferente al definido para el Proyecto como camino de acceso; por lo tanto, la instalación del presente Proyecto no afectará la condición basal del paisaje para esta zona, manteniendo su calidad visual.
Finalmente, si bien se determinó un Valor Turístico Medio del área de influencia del Proyecto, éste se asocia al Valor Paisajístico del sector, y dado que no se prevé cambios de consideración sobre esta última componente, es dable suponer que el Proyecto no alterará el valor turístico de la zona.
Adicionalmente, los accesos a los atractivos turísticos identificados no se verán afectados por ocasión del Proyecto, ya que estos difieren de los caminos de acceso establecidos a las áreas de intervención del Proyecto.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.6. Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio 18
cultural Durante el proceso de evaluación se identificó la presencia de 19 elementos arqueológicos en el interior del polígono del Proyecto. Sin embargo, del total de elementos patrimoniales registrados, el Proyecto no contempla remover, destruir, excavar, trasladar, deteriorar, intervenir o modificar de forma permanente algún Monumento Nacional, ya que ninguno de los elementos arqueológicos registrados coincide con la ubicación proyectada de las obras del Proyecto.
No obstante, en la actualidad tres elementos (LP001, LP003 y LP004) son cruzados por caminos preexistentes, los cuales serán empleados para acceder a las plataformas de sondaje minero del Proyecto, por tanto, solo existirá tránsito vehicular sin que se contemplen actividades de movimientos de tierra o mejoramiento de estos. En este sentido, el Titular cercará totalmente el perímetro de los sitios en el espacio situado fuera de los caminos, considerando un buffer de al menos 10 m desde los límites superficialmente definidos para cada sitio. Los cercados perimetrales y la señalética se mantendrán durante el tiempo que duren las obras del Proyecto.
A mayor abundamiento, se estableció como compromiso ambiental voluntario la capacitación al personal sobre los elementos arqueológicos presentes en la zona.
Por último, el Proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas reconocidos en la zona.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, del artículo 137 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Plataforma de sondajes Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 2551 del 05 de mayo de 2020, el SERNAGEOMIN de la Región de Atacama se pronuncia conforme Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1 Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera.
6.1.2. Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Campamento (Fosa séptica y pozo absorbente)
Condiciones o exigencias específicas para su No se establecieron 19
otorgamiento Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 5922 del 05 de mayo de 2020, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronuncia conforme Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.2 Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza.
6.1.3. Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de residuos y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de residuos y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Campamento (patio de almacenamiento donde se localizarán bodegas para almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y para almacenamiento temporal de residuos domésticos)
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 5922 del 05 de mayo de 2020, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronuncia conforme Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.3 Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de residuos y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de residuos y desperdicios de cualquier clase.
6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Campamento (bodega de RESPEL)
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 5922 del 05 de mayo de 2020, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronuncia conforme Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.4 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.
6.1.5. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Campamento (Para instalaciones descritas en Tabla I-1 de Adenda Complementaria)
Condiciones o exigencias No se establecieron 20
específicas para su otorgamiento Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 84/2020 del 29 de enero de 2020, el SAG de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de este PAS.
Mediante oficio ORD. N° 438 del 14 de mayo de 2020, el MINVU de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de este PAS.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.5 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos.
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1 Componente/materia: Suelo rural Norma Ley N° 458/1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Campamento Forma de cumplimiento Se presentan los antecedentes requeridos por el RSEIA para construcciones fuera de los límites urbanos de acuerdo con lo señalado en su artículo N° 160 (PAS 160). El mismo será presentado sectorialmente para su aprobación previo al inicio de la fase de construcción.
Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del PAS 160.
Forma de control y seguimiento Registro en faena del permiso de edificación aprobado por la DOM correspondiente.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.1. del ICE
7.2 Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº 211, de 1991, modificado por el Decreto N° 29, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos.
D.S N° 54/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones (modificado por el Decreto Supremo N° 28/2012). Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica DS N° 4/1994, modificado por DS N°58/2004, que establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.
Decreto Supremo N° 55/1994, modificado por Decreto Supremo N° 4/2012. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte terrestre (Tránsito de vehículos)
Forma de cumplimiento Todos los vehículos motorizados serán sometidos a mantenciones periódicas y cumplirán con las normas de emisión que les sean aplicables.
Además, contarán con revisión técnica y permiso de circulación al día y, cuando corresponda, los vehículos contarán con convertidor catalítico.
21 Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de las revisiones técnicas de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del proyecto.
Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia en faena (campamento) de los registros de verificación de las revisiones técnicas al día de los vehículos del proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.1. del ICE
7.3 Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo N° 144/1961, del Ministerio de Salud, que establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Decreto Supremo Nº 75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que Establece Condiciones para el Transporte de Cargas.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisión de material particulado y gases producto de la circulación de vehículos y el uso de maquinarias.
Forma de cumplimiento • El transporte de productos se realizará en camiones diseñados de tal manera de evitar cualquier dispersión de material al medio ambiente (sellado, cubiertos, etc. según material a transportar).
• Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día. La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados.
• Todo vehículo inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados después del 1 de septiembre de 1994 portará el sello que acredite el cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones y aquellos que no lo porten, no serán admitidos en la obra Indicador que acredita su cumplimiento - Se mantendrá registro de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del proyecto.
- Revisiones periódicas del diseño del vehículo y su carga Forma de control y seguimiento - Se mantendrá copia en faena (campamento) de los registros de verificación de las revisiones técnicas al día y mantenciones de los vehículos del proyecto, manteniéndolas disponibles para ser fiscalizadas por la Autoridad.
- Se mantendrá en faena un registro de la entrada y salida de vehículos, que indicará las cargas, y si está correctamente cubierto, cuando corresponda.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.2. del ICE
7.4 Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo N°138/2005, Declaración de Emisiones de Fuentes Fijas.
Decreto Supremo N° 01/2013, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC).
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto utilizará equipos electrógenos de 100 Kv en las diferentes fases del Proyecto, y adicionalmente un equipo de 60 KW en la fase de operación, conforme se describe en el apartado 4 del ICE.
Forma de cumplimiento • Se efectúe la declaración anual de emisiones a través del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC).
• El Titular establecerá cláusulas contractuales con proveedores para asegurar dichas declaraciones • La declaración se hará conforme al mecanismo establecido en el 22
DS N°1 del año 2013 del Ministerio de Medio Ambiente.
Indicador que acredita su cumplimiento - Registro contractual de la responsabilidad del proveedor de declarar.
- Comprobante de ingreso de las declaraciones anuales.
Forma de control y seguimiento Registro en faena de ingresos al RETC.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.3. del ICE
7.5 Componente/materia: Contaminación lumínica Norma Decreto Supremo N° 43/2012, establece Norma de Emisión para la regulación de la Contaminación Lumínica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Uso de luminarias en Plataformas de perforación Forma de cumplimiento • Las luminarias estarán certificadas por la SEC y su emisión lumínica será menor a los límites máximos establecidos en el numeral III del presente decreto. Además, antes del inicio de la fase de operación del Proyecto, el Titular adjuntará al Formulario TE1 los certificados de control luminométricos correspondientes a todas las luminarias instaladas en el Proyecto, además de una declaración simple por parte del instalador (debidamente autorizado), en la cual se indique el cumplimiento del ángulo de montaje de dichas luminarias, en concordancia con su respectivo certificado.
Indicador que acredita su cumplimiento Formulario de reporte para fuentes emisoras reguladas para ser presentada a la SMA, con información de luminarias a utilizar y certificado de aprobación.
Forma de control y seguimiento Se reportará a la SMA las luminarias a utilizar y certificado de aprobación.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.4. del ICE
7.6 Componente/materia: Ruido Norma Decreto Supremo N° 38/2011, Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará emisiones de ruido producto del empleo de maquinaria tal como se describe en el Capítulo 4 del ICE.
Forma de cumplimiento A partir de la evaluación de los niveles de ruido se verifica que no se generan excesos respecto de los niveles establecidos para las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. Por lo tanto, el Proyecto no generará un impacto acústico negativo en los receptores cercano al emplazamiento de éste.
Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará mantenciones periódicas a los equipos a los distintos equipos empleados en el Proyecto.
Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro en faena de maquinaria empleadas y mantenciones efectuadas Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.5. del ICE
7.7 Componente/materia: Residuos líquidos Norma D.F.L. N° 725/1968, modificado por la Ley N° 20.380, Código Sanitario.
Decreto Supremo N° 594/1999, aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
23 Decreto Supremo N° 236/1926, del Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión y Trabajo, Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto Absorbentes y Letrinas Domiciliarias Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará aguas servidas en las fases de construcción, operación y cierre provenientes de las instalaciones sanitarias del campamento.
Forma de cumplimiento Las aguas servidas generadas serán manejadas de la siguiente forma:
- Sondajes: Instalación de baños químicos en cada plataforma, manejados por empresa autorizada, el retiro de aguas servidas será realizado por empresa autorizada.
- Campamento existente: Fosa séptica con rebalse a pozo absorbente.
El Titular presentó los antecedentes para el otorgamiento del PAS 138 del RSEIA Indicador que acredita su cumplimiento - Contratos con tercero autorizado que proveerá y mantendrá los baños químicos.
- Registro de retiro de aguas servidas por empresa autorizada.
- Autorización sanitaria para el funcionamiento de fosa séptica y pozo absorbente.
Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro en faena de autorización sanitaria de empresa proveedora del servicio de baños químicos.
Se mantendrá resolución en faena de autorización sanitaria de fosa séptica del campamento existente asociado al PAS 138 Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.6. del ICE
7.8 Componente/materia: Residuos sólidos Norma D.F.L. N° 725/1968, modificado por la Ley N° 20.380, Código Sanitario.
Decreto Supremo N° 594/1999, aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará residuos sólidos domiciliarios, residuos Industriales no peligrosos y residuos peligrosos, conforme se describe en el Capítulo 4 del ICE.
Forma de cumplimiento - Los residuos generados por el proyecto serán manejados según su tipo y peligrosidad.
- Se habilitarán sitios para la disposición temporal de los residuos según su naturaleza.
- Todos los residuos, según su naturaleza, serán enviados a sitio autorizado por empresa autorizada.
- El Titular presenta los antecedentes para el otorgamiento del PAS 140 y 142.
Indicador que acredita su cumplimiento - Registro del manejo de residuos y de las autorizaciones de los subcontratos para tal fin.
- Autorizaciones de funcionamiento de instalaciones para almacenamiento temporal para los diferentes residuos, según su naturaleza.
Forma de control y seguimiento - Se mantendrá en faena un registro del manejo de residuos y de las autorizaciones de los subcontratos para tal fin.
- Se mantendrá en faena copia de las resoluciones que autorizan los proyectos para almacenamiento de residuos sólidos domiciliarios, residuos industriales no peligrosos y residuos peligrosos.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.7. del ICE 24
7.9 Componente/materia: Residuos peligrosos Norma Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará residuos peligrosos, conforme se describe en el Capítulo 4 del ICE.
Forma de cumplimiento Los residuos sólidos industriales peligrosos serán almacenados temporalmente en sectores autorizados para tal fin.
Este almacenamiento se ubicará en el campamento de exploración existente.
El Titular presentó los antecedentes para el otorgamiento del PAS 142 del RSEIA Indicador que acredita su cumplimiento - El Titular mantendrá en faena información sobre la cantidad de residuos dispuestos de forma mensual, así como también los comprobantes de retiro de residuos peligrosos mediante el SIDREP o el sistema que la autoridad sanitaria disponga.
- Aprobación sectorial de “Plan de Manejo de RESPEL”.
- Resolución que aprueba el funcionamiento de la bodega de RESPEL Forma de control y seguimiento - Declaración a través del sistema SIDREP.
- Registro en faena del Plan de Manejo de RESPEL.
- Se mantendrá copia en faena de resolución de funcionamiento de bodega de RESPEL.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.8. del ICE
7.10 Componente/materia: Sustancias peligrosas Norma Decreto Nº 43/15. Aprueba reglamento sobre almacenamiento de sustancias peligrosas.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la construcción de un acopio temporal de sustancias peligrosas destinada a los insumos de la fase de operación del Proyecto tales como lubricantes, aceites y otros similares asociados a labores de mantención, tal como se indica en el Capítulo 4 del presente documento.
Forma de cumplimiento El almacenamiento de estas sustancias en el campamento de exploración se realizará cumpliendo con las condiciones de almacenamiento de pequeñas cantidades indicadas en los artículos 19- 24 del D.S. 43/2016 del Ministerio de Salud. Estas condiciones cumplirán con lo siguiente:
1. Las sustancias peligrosas podrán almacenarse sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente, en instalaciones que no estén destinadas al almacenamiento o que no constituyan una bodega, cuando su cantidad total no sea superior a 600 kg o L.
2. El lugar donde estén almacenadas las sustancias peligrosas deberá contar con un sistema de control de derrames, que puede consistir en materiales absorbentes o bandejas de contención.
3. Se contará con un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, en que las cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, deberán estar de acuerdo con lo establecido en el decreto Nº 594 de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de sustancias almacenadas 25
Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá registro de las sustancias almacenadas, con la respectiva identificación, rotulación y condiciones de almacenamiento, contando con las respectivas Hojas de Seguridad (HDS) según corresponda.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.9. del ICE
7.11 Componente/materia: Transporte Norma Decreto Supremo N° 298/1994, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte de insumos que serán de carácter peligrosos por caminos públicos durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, como el transporte de combustible.
Forma de cumplimiento Se contratará a empresas de distribución autorizadas para el transporte de combustibles u otras sustancias, o, en su defecto, de proveedores con autorización de transporte Indicador que acredita su cumplimiento - Contrato con Tercero Transportista de materiales e insumos.
- Permiso de Circulación y Revisión Técnica de los vehículos de transporte.
- Marcación y etiquetado en clasificación del tipo de riesgo asociado a las sustancias peligrosas transportadas.
Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro de ingreso y salida de camiones.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.10. del ICE
7.12 Componente/materia: Transporte Norma D.S. N°75/1987, Establece Condiciones para el Transporte de Carga.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte terrestre (transporte de carga)
Forma de cumplimiento Los vehículos motorizados livianos que participen en la ejecución del Proyecto, tanto para el transporte de personal y/o transporte de insumos, contarán con su revisión técnica y certificado de emisión de contaminantes.
Durante el transporte de los insumos, se cumplirá con todas las condiciones y requisitos establecidos en este decreto, en lo que respecta a las dimensiones de la carga, sujeción adecuada de la misma y adopción de medidas para impedir el escurrimiento de materiales y evitar la dispersión de polvos.
El transporte de los materiales que producen polvo se efectuará con la tolva de los camiones tapadas con lonas, de manera de impedir a dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales solidos o líquidos.
Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de revisión técnica al día.
- Registro de vehículos que transporten cargas y que hayan utilizado caminos públicos.
Forma de control y seguimiento Se mantendrán ambos registros en faena.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.11. del ICE
7.13 Componente/materia: Combustible Norma D.S. N° 160/2009, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
26 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Combustible (abastecimiento, distribución y almacenamiento)
Forma de cumplimiento El abastecimiento de combustible se realizará por empresas autorizadas, las que contarán con todas las autorizaciones vigentes para realizar el transporte. En el campamento se contará con un estanque certificado por la SEC y con un pretil con capacidad para contener la totalidad de posibles derrames, de acuerdo con la norma.
Indicador que acredita su cumplimiento - Autorizaciones para realizar las actividades descritas, que serán exigidas contractualmente a los contratistas.
- Inspecciones visuales mensuales del estanque Forma de control y seguimiento - Se mantendrá en faena un registro con la copia de las autorizaciones para realizar las actividades descritas, que serán exigidas contractualmente a los contratistas.
- Se mantendrá en faena registro de inspecciones visuales.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.12. del ICE
7.14 Componente/materia: Faena Minera Norma Decreto Supremo N° 72/1985. Texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el D.S. N° 132/2004, Reglamento de Seguridad Minera.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto.
Forma de cumplimiento - El Titular dará cumplimiento a los artículos 67º, 68º, 69º y 70º del citado Reglamento y que se refieren a obligaciones ambientales.
- Para dar cumplimiento al artículo 67º, el Titular enviará al SERNAGEOMIN Región de Atacama la Resolución de Calificación Ambiental correspondiente, así como también, de acuerdo con lo indicado en el artículo 21º, se dará aviso por escrito al Servicio previo al inicio de las actividades.
- El Titular presenta los antecedentes para el otorgamiento del PAS 137 del RSEIA Indicador que acredita su cumplimiento - Presentación de Resolución de Calificación Ambiental (RCA)
favorable de la DIA al SERNAGEOMIN.
- Presentación a SERNAGEOMIN de los permisos sectoriales: Aviso de inicio de faena minera, reglamento interno y plan de cierre minero, que serán presentados con la RCA favorable del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Mantención y registro de las autorizaciones sectoriales Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.13. del ICE
7.15 Componente/materia: Faena Minera Norma Ley N° 20.551, Regula el cierre de faenas e instalaciones mineras, modificada por la Ley N°21.169.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto.
Forma de cumplimiento Se presentan los antecedentes requeridos por el RSEIA para el Plan de 27
Cierre del Proyecto de acuerdo con lo señalado en su artículo N° 137 (PAS 137). El mismo será presentado sectorialmente para su aprobación previo al inicio de las operaciones.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador se verifica por medio de la obtención del PAS 137.
Forma de control y seguimiento Presentación de PAS 137 por parte del Titular y su aprobación por parte de SERNAGEOMIN.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.14. del ICE
7.16 Componente/materia: Patrimonio Cultural Norma Ley Nº17.288/1970, Ley sobre Monumentos Nacionales.
Decreto Supremo N° 484/1991, Reglamento de la Ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Plataformas de sondaje y caminos de acceso Forma de cumplimiento En caso de encontrarse hallazgos o sitios arqueológicos no identificados en la caracterización del Anexo 8 de la DIA, se detendrá la obra susceptible de causar daño a dichos hallazgos y se dará aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales.
Por su parte, los hallazgos arqueológicos identificados no serán intervenidos por ocasión del Proyecto.
Se realizará cercado de hallazgos atravesados por caminos existentes.
Indicador que acredita su cumplimiento Informe desarrollado por un arqueólogo que acredite la existencia / no existencia de hallazgos o sitios arqueológicos.
Informe de cercado de hallazgos arqueológicos atravesados por caminos existentes Informe de estado de conservación, al finalizar Proyecto, de sitios atravesado por caminos existentes.
Forma de control y seguimiento Registro del aviso del nuevo hallazgo enviado al Consejo de Monumentos Nacionales.
Informe de avance de las medidas que se disponga en caso de nuevos hallazgos.
Registro de informes de cercado de hallazgos arqueológicos atravesados por caminos existentes Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.1. del ICE
7.17 Componente/materia: Fauna silvestre Norma Ley N° 4.601/1996. Ley de Caza (Texto reemplazado por la Ley N° 19.473, de 1996).
Decreto Supremo Nº 5/98. Reglamento de la Ley de Caza Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Plataformas de sondaje y caminos de acceso Forma de cumplimiento El Titular implementará acciones preventivas de protección que contemplen la prohibición de caza por parte de trabajadores y contratistas, (especialmente las que presentan problemas de conservación), prohibición de ingreso de animales domésticos a las zonas de obras, prohibición de alimentar a la fauna silvestre del sector, adecuado manejo de los residuos domésticos y la implementación de señalética adecuada al respecto. Además, se deberá respetar una velocidad máxima en zonas de perforación y caminos internos para evitar atropellos a cualquier especie de fauna. Lo anterior, deberá ser 28
reforzado mediante charlas de capacitación que aborden tal temática.
Indicador que acredita su cumplimiento Realizar inducciones y capacitaciones a los trabajadores relativas a la prohibición expresa de cazar, capturar, criar, conservar y utilizar los animales de la fauna silvestre.
Forma de control y seguimiento Mantención de copia de los registros sobre capacitaciones a los trabajadores relativas a la prohibición expresa de cazar, capturar, criar, conservar y utilizar los animales de la fauna silvestre, para fiscalización de la Autoridad.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.2. del ICE
8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1 Protección de Formaciones Xerofíticas.
Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Protección de formaciones xerofíticas en el área de estudio.
Descripción: Se instalará señalética en sectores próximos a estas formaciones indicando su cercanía y prohibición de intervención por parte de todo el personal del Proyecto en cada una de sus fases. Además, durante las charlas de inducción de seguridad, habrá un ítem donde se instruya a todo el personal sobre qué es una formación xerofítica de acuerdo con la Ley 20.283 y el compromiso del Titular de no intervenir dichas formaciones vegetacionales.
Justificación: Esta medida busca evitar la intervención de las formaciones reguladas por la Ley 20.283 en el área de estudio del Proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de señalética en polígono de sondaje y áreas registradas para formación xerofítica. Inducción de seguridad en instalaciones del Proyecto.
Forma: Se instalarán carteles donde se indique la presencia cercana a formaciones xerofíticas, su identificación y prohibición de afectación. Por otra parte, la inducción se realizará en forma de exposición oral a los trabajadores.
Oportunidad: La señalética se instalará durante la fase de construcción del Proyecto, mientras que la inducción se desarrollará toda vez que un nuevo trabajador deba ingresar al área del Proyecto en cualquiera de sus fases.
Indicador que acredite su cumplimiento - Registro fotográfico de instalación de señalética - Hoja de registro de asistencia a inducción por parte de los trabajadores Forma de control y seguimiento No aplica.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1. del ICE.
8.2 Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores, con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a la conducción de vehículos/maquinaria a velocidades riesgosas para la actividad de 29
pastoreo y la fauna silvestre.
Descripción: Utilización de señalética, material y orientación educativa con indicación de restricción de velocidad de vehículos pertenecientes al Proyecto o que presten servicios a este, dentro y fuera del área del Proyecto, (máximo de 30 km/h). En particular en las zonas con presencia de población y ganado, por ejemplo, rutas C-601 y C-341.
Justificación: El compromiso se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la muerte de ganado y de especies nativas por atropello.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Señalética a ubicar en sectores de alta visibilidad y tránsito de los trabajadores.
Forma: El compromiso se basa en las siguientes líneas de acción:
• Implementación de señalética que indique claramente la medida durante todas las fases.
• Señalética que indique la presencia de ganado en el camino.
• Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito durante todas las fases.
• Vehículos propios con GPS incorporado.
Oportunidad: Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva durante toda y todas las fases.
Indicador que acredite su cumplimiento Registro de material educativo visual y escrito en faena. Registros fotográficos de señaléticas, GPS en vehículos, y listas de asistencia de las charlas de capacitación a los trabajadores.
Forma de control y seguimiento Registros disponibles en el campamento durante toda la vida útil del Proyecto, para cuando la autoridad lo requiera.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2. del ICE.
8.3 Inducción respecto a los sistemas de vida y buen uso del territorio.
Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar charlas de inducción a los trabajadores, incluyendo empresas contratistas del Proyecto, respecto a los sistemas de vida, respeto y buen uso del territorio.
Descripción: El compromiso consiste en la entrega conocimientos al personal para la protección y resguardo de los sitios de significancia cultural de las Comunidades Colla que tienen interacción con el Proyecto.
Justificación: Dado que los sistemas de vida y las actividades tradicionales desarrolladas por las comunidades collas en el territorio, se mantienen vigentes en la actualidad, es importante mantener buenas prácticas con los trabajadores para el respeto y buen uso del entorno donde se desarrollen las obras y actividades del Proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En instalaciones del Proyecto u otro lugar definido por el Titular.
Forma: Las inducciones serán realizadas a todos aquellos trabajadores del Proyecto (trabajadores propios y contratistas), por representantes de las comunidades o algún profesional del área social. El número de inducciones dependerá de la cantidad de trabajadores por empresas que desarrollen las obras y actividades del Proyecto, siendo esta inducción una exigencia obligatoria a quienes ingresen a trabajar al Proyecto. En caso de que corresponda, se definirá si es necesario realizar nuevamente las charlas de resguardo y protección del territorio.
30 Las inducciones estarán enfocadas a informar a los trabajadores sobre el sistema de vida de las comunidades collas, el tipo de prácticas y dinámicas existentes en el territorio, basados al menos en lo siguiente:
• Uso y valorización de los recursos naturales.
• Prácticas culturales.
• Estructura organizacional.
• Apropiación del medio ambiente (uso medicinal, preparación de alimentos, entre otros).
• Patrimonio cultural indígena, incluyendo los lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de su cultura o folklore.
• Identidad grupal a través de los elementos culturales.
• Sistema de valores.
• Ritos comunitarios (significancia social del rito).
• Símbolos de pertenencia grupal.
Oportunidad: Cada vez que una persona ingrese a trabajar en el Proyecto, pudiendo desarrollarse de manera grupal y durante toda la vida útil del Proyecto. Comenzará a regir en un plazo no superior a 3 meses aprobada la RCA del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento Charla de inducción Como verificador de cumplimiento se considera el registro de asistencia y contenido de cada trabajador Forma de control y seguimiento Se considera la entrega a la SMA de un informe bi-anual con los medios de verificación indicados.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3 del ICE
8.4 Instalación de Señalética en Ruta C-341 Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Resguardar, a través de señaléticas y demarcaciones, las prácticas asociadas a la trashumancia llevadas a cabo por las comunidades colla.
Descripción: Instalación de señalética en las intersecciones con la Ruta C- 341 y Ruta sin rol (Camino de acceso al Proyecto) con las rutas o huellas troperas de uso de las comunidades. Se realizarán las siguientes acciones:
• Evaluar la factibilidad de incluir demarcaciones y señaléticas viales en ruta C-341 con intersección a camino de acceso a cada asentamiento indicado para reducción de velocidad e indicación de cruce lo que será previamente presentado a la Dirección de Vialidad.
• Implementar la instalación de señalética en la intersección de rutas o huellas troperas, de uso de las comunidades, con las rutas C-341 y Ruta sin rol.
Justificación: La práctica de la trashumancia y los sitios de significación asociados a esta, son parte del patrimonio cultural de las Comunidades colla. En ese sentido, el resguardo y anuncio a través de señaléticas de estas prácticas colaboran en la mantención de estas.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: A definir con las Comunidades Colla del área de influencia con respecto a los cruces identificados con la ruta C-341 y Ruta sin rol en informe de caracterización ambiental (Anexo 8 de la DIA) y Anexo 8 de la Adenda.
Forma: El Titular presentará a la Dirección de Vialidad un proyecto de 31
demarcaciones y señaléticas viales en las intersecciones de los caminos de acceso a cada asentamiento y/o rutas trashumantes con la ruta C-341 cuya finalidad tiene por objeto la seguridad vial y peatonal, como a su vez, el reconocimiento de las practicas llevadas a cabo por las comunidades collas en el territorio en las intersecciones indicadas mediante la reducción de velocidad y la instalación de señaléticas con pertinencia étnica.
Oportunidad: La presentación del proyecto de demarcaciones y señaléticas viales se realizará en un plazo no superior a 3 meses luego de aprobada la RCA del Proyecto y dependiendo de los resultados de la presentación a la Dirección de Vialidad, la materialización de las obras se llevará a cabo en un plazo no superior a 3 meses luego de culminada la etapa anterior.
Indicador que acredite su cumplimiento • Proyecto de demarcaciones y señaléticas viales presentado a la Dirección de Vialidad.
• Acta de los resultados derivados de la presentación a la Dirección de Vialidad.
• Registro fotográfico de las demarcaciones y señaléticas viales incorporadas en las intersecciones indicadas.
Forma de control y seguimiento Cumplido un año de iniciada la implementación del compromiso se considera la entrega a la SMA de un informe con los medios de verificación correspondientes.
Luego, respecto a las mantenciones, se entregará a la SMA un informe bi- anual con los medios de verificación correspondientes.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4 del ICE
8.5 Capacitación sobre Elementos Arqueológicos.
Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a los trabajadores de los elementos arqueológicos que se encuentran en la zona.
Descripción: Se realizará capacitación a los trabajadores con el fin de informar sobre la existencia de elementos arqueológicos en la zona.
Adicionalmente utilizar esta oportunidad para indicar qué hacer en el caso de un hallazgo de un nuevo elemento arqueológico.
Justificación: Debido a que en la zona se encuentran elementos arqueológicos, se realizará capacitación al personal en el reconocimiento de los elementos arqueológicos que se encuentran en la zona.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En instalaciones del Proyecto u otro lugar definido por el Titular.
Forma: Capacitación presencial a los trabajadores impartida por arqueólogo o licenciado en arqueología.
Oportunidad: La capacitación se realizará previo al ingreso de personal nuevo a las áreas de exploración.
Indicador que acredite su cumplimiento Registros de capacitación realizada a los trabajadores.
Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro en la faena de la capacitación realizada a los trabajadores Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5 del ICE
32 8.6 Humectación de Caminos Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la emisión de material particulado por el paso de vehículos.
Descripción: Humectación de caminos utilizados una vez al día por un camión aljibe.
Justificación: El Proyecto contempla el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados en la zona de exploración, particularmente a las plataformas de sondaje.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Caminos que se estén utilizado para acceder a la plataforma en ejecución.
Forma: Se realizará humectación con agua, utilizando camión aljibe.
Oportunidad: Durante todas las fases del proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento Registros de abastecimiento de agua del camión aljibe y recorrido realizado.
Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro en faena del abastecimiento de agua del camión aljibe y recorrido realizado.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.6 del ICE
8.7 Monitoreo de Camélidos Silvestres Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Previo y durante la fase de Operación.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar un monitoreo de camélidos silvestres durante la fase de operación, que permita cuantificar y caracterizar el tamaño poblacional de Lama guamicoe (guanaco) y Vicugna vicugna (vicuña) presentes en el área de influencia. Secundariamente, se pretende identificar el tipo de uso dado por Guanacos y Vicuñas en el área del Proyecto y la estructura social de las poblaciones existentes.
Descripción: El compromiso consiste en dos líneas de acción:
Previo a la fase de operación, expertos en el monitoreo de camélidos realizarán capacitaciones a los empleados encargados de realizar dicho monitoreo. Se realizarán 3 charlas de 2 horas de duración cada una, la cual constará de dos segmentos:
• Exposición oral: El especialista se dirigirá a los asistentes transmitiendo los conocimientos teóricos en un lenguaje simple, apoyado de métodos audiovisuales llamativos a modo de entregar la información de la manera más eficiente.
• Evaluación: Una vez terminada la exposición oral se aplicará una prueba a cada uno de los asistentes para evaluar los contenidos aprendidos con una exigencia del 70%. En caso de obtener un puntaje menor al exigido, el asistente deberá repetir la charla.
Por otra parte, la segunda línea de acción consiste en el monitoreo propiamente tal, el cual se realizará utilizando una metodología no invasiva, basado en evidencias directas como el avistamiento de individuos y evidencias indirectas: registros de huellas, heces, revolcaderos, defecaderos, entre otros. Dicho monitoreo se llevará a cabo de manera mensual, durante toda la fase de operación del Proyecto y tendrá una duración de 2 días cada 33
uno.
En el caso de avistamientos directos de animales se registrará la siguiente información:
• Números de individuos (solitarios o en grupo)
• Composición del grupo familiar • Dirección de recorrido (por ejemplo: origen norte/ destino sur)
Justificación: La elaboración y posterior ejecución del monitoreo de camélidos silvestres puede implicar múltiples cambios positivos para el futuro de sus poblaciones. Por lo tanto, resulta relevante evaluar el comportamiento de las poblaciones de guanacos y vicuñas en el área de influencia del Proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo de camélidos silvestres se llevará a cabo en el área de influencia del Proyecto, la cual corresponde al área donde el Proyecto considera realizar 135 sondajes de prospección con sus respectivas plataformas y caminos de acceso (existentes y propuestos) en una superficie de 58,64 ha aproximadamente.
Forma: En cada monitoreo se realizarán métodos directos e indirectos de cuantificación de ejemplares basado en el recorrido en automóvil de transectos lineales los cuales abarcarán una longitud variable, con una distancia fija de detección a cada lado del transecto a determinar por el especialista.
Para determinar la composición de la población, se utilizará el método de conteo directo, agrupando a los guanacos y/o vicuña cuando corresponda, en los siguientes niveles: individuos solitarios (como machos, hembras), parejas con crías, familias, y tropas compuestas por un macho y varias hembras con sus respectivas crías.
Los ejemplares observados directamente o cualquier evidencia indirecta que sea identificada serán descritas, fotografiadas y georreferenciadas para determinar el área de distribución de la especie.
Oportunidad: Dicho monitoreo se llevará a cabo de manera mensual, durante toda la fase de operación del proyecto y tendrá una duración de 2 días cada uno.
Indicador que acredite su cumplimiento Registro de seguimientos en informe de resultados Forma de control y seguimiento Se entregará un informe de resultados a la Superintendencia de Medio Ambiente y al SAG de la región de Atacama, de manera trimestral, luego uno anual y por último un informe final que reúna los resultados de todos los monitoreos realizados.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.7 del ICE
8.8. Prohibición de Caza, Captura y/o Recolección de Especies Animales Silvestres Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a la caza, captura 34
justificación y/o recolección de individuos.
Descripción: Implementación de señalética y material educativo visual y escrito.
Justificación: La medida se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la pérdida de especies silvestres.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Señalética a ubicar en sectores de alta visibilidad y tránsito de los trabajadores.
Forma: Mediante la utilización de señalética, material y orientación educativa se indicará que estará prohibida la caza, captura y/o recolección de especies silvestres presentes en el sector del Proyecto Oportunidad: Todas las fases del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento Registros fotográficos de señalética.
Copia de material educativo visual y escrito en los sectores.
Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.8 del ICE
8.9 Prohibición del Uso de Fuego Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a la generación de fuego.
Descripción: Implementación de señalética y material educativo.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Señalética a ubicar en sectores de alta visibilidad y tránsito de los trabajadores.
Forma: Mediante la utilización de señalética, material y orientación educativa se indicará que estará prohibido el uso de fuego ya sea para la implementación de fogatas y/o quema de residuos, entre otros. Se incluyen charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón del presente compromiso Oportunidad: Todas las fases del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento Registros fotográficos de señalética.
Copia de material educativo visual y escrito en los sectores.
Forma de control y seguimiento No aplica
8.10 Control de ingreso de animales domésticos.
Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prohibir el ingreso de perros y gatos al área de influencia del Proyecto que puedan depredar las especies de fauna nativa presentes en dicha área.
Descripción: Se instruirá a los trabajadores y contratistas que queda prohibido la tenencia e ingreso al área del Proyecto de animales domésticos.
Justificación: Disminuir afectación de individuos de fauna nativa.
35 Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El control de ingreso se realizará permanentemente durante la fase de construcción del Proyecto en todas las áreas de obras.
Forma: Disposición de material educativo visual y escrito (folletos) respecto a fauna del sector y charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la prohibición.
Oportunidad: Todas las fases del Proyecto Indicador que acredite su cumplimiento Material educativo visual y escrito en los sectores.
Inducción a los trabajadores.
Forma de control y seguimiento Copia de material educativo visual y escrito en los sectores.
Registro de entrega de folletos informativos.
Registro de inducción a los trabajadores (incluye listas de asistencia)
8.11 Prohibición de Alimentar Especies Domésticas Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas que generen acostumbramiento e ingreso constante de especies domesticas al área del Proyecto.
Descripción: Disposición de material educativo visual y escrito.
Justificación: Herramienta complementaria para reducir la muerte de especies nativas, por el acostumbramiento y/o llegada de especies exóticas que actúen como depredadores, generen estrés, entre otros.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del Proyecto (Campamento).
Forma: Mediante la utilización de material y orientación educativa se indicará que estará prohibido alimentar todo tipo de especies domesticas presentes en el sector, incluyendo charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva.
Oportunidad: Todas las fases del Proyecto Indicador que acredite su cumplimiento Material educativo visual y escrito.
Inducción a los trabajadores Forma de control y seguimiento Copia de material educativo visual y escrito.
Registro de inducción a los trabajadores (incluye listas de asistencia)
8.12 Prohibición de alimentar especies silvestres Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a la alimentación de especies silvestres en el área del Proyecto.
Descripción: Disposición de material educativo visual y escrito.
Justificación: Se requieren acciones que reduzcan acostumbramiento de especies silvestres, y con esto la pérdida de su capacidad natural y/o instintiva de buscar alimento, con la consecuente muerte de individuos en el largo plazo.
Lugar, forma y oportunidad de Lugar: Instalaciones del Proyecto (Campamento).
Forma: Mediante la utilización de material y orientación educativa se 36
implementación indicará que estará prohibido alimentar todo tipo de especies silvestres presentes en el sector, esto incluye, charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la prohibición.
Oportunidad: Todas las fases del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento Material educativo visual y escrito.
Inducción a los trabajadores Forma de control y seguimiento Copia de material educativo visual y escrito.
Registro de inducción a los trabajadores (incluye listas de asistencia)
8.13 Prohibición de Botar Residuos fuera de los Lugares Establecidos Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a botar basura fuera de los sectores acondicionados para esto.
Descripción: Disposición de material educativo visual y escrito.
Justificación: La medida se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la muerte de especies nativas y la intervención de su hábitat, por acciones que puedan generar la atracción y/o acostumbramiento de distintas especies (domésticas y silvestres) a residuos de carácter comestible.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sectores de alta visibilidad y tránsito de los trabajadores (Señalética), instalaciones del proyecto (charlas).
Forma: Mediante la utilización de señalética, material y orientación educativa se indicará que estará prohibido botar todo tipo de residuos fuera de los lugares establecidos para esto, esto incluyendo charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de esta prohibición.
Oportunidad: Todas las fases del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento Señalética instalada Material educativo visual y escrito.
Inducción a los trabajadores Forma de control y seguimiento Copia de material educativo visual y escrito.
Registro fotográfico de señalética instalada Registro de inducción a los trabajadores (incluye listas de asistencia)
8.14 Prohibiciones y Restricciones tendientes a Minimizar las Perturbaciones de las Especies Silvestres en Periodo Reproductivo Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas fuera de los sectores delimitados o establecidos para las actividades del Proyecto Descripción: Disposición de material educativo visual y escrito y charlas de capacitación.
Justificación: La medida se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la muerte de especies nativas y la intervención de su hábitat durante época reproductiva 37
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del Proyecto.
Forma: Mediante la utilización de material y orientación educativa se indicará que estarán prohibido o restringidas lo siguiente:
• Prohibición de acercamiento a sectores de evidente actividad reproductiva (cortejo, nidificación o cría).
• Prohibición de la destrucción de nidos o madrigueras.
• Prohibición de interferir en conductas reproductivas (acercarse, espantar, gritar, entre otros).
• Prohibición de ruidos innecesarios (gritos, tirar objetos pesados o de grandes alturas, entre otros).
• Prohibido el levantamiento de material particulado en sectores de evidente actividad reproductiva.
Además, se realizarán charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de dicha prohibición.
Oportunidad: Todas las fases del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento Material educativo visual y escrito.
Inducción a los trabajadores Forma de control y seguimiento Copia de material educativo visual y escrito.
Registro de inducción a los trabajadores (incluye listas de asistencia)
8.15. Educación y/o Capacitación de los Trabajadores Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos educativos relacionados a la protección de la fauna silvestre.
Descripción: Mediante la utilización de material educativo visual y escrito, y charlas educativas se capacitará a los trabajadores.
Justificación: La medida se justifica dado que es la base para la implementación de todas las acciones ambientales que apuntan a reducir la muerte de especies silvestres y la intervención de sus hábitats.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas deberán ser realizadas en una sala o auditorio que disponga el Titular, en grupos de no más de 30 trabajadores.
Forma: La actividad se basará en las siguientes líneas de acción:
• Charlas de capacitación. Las charlas estarán a cargo de uno o más relatores, profesionales especialistas en fauna silvestre, competentes y con conocimiento en las materias a tratar, lo cual estará respaldado por sus antecedentes curriculares. Las charlas deberán estar estructuradas en un formato sencillo y amigable, de tal manera que se logre la atención en forma clara y precisa de los trabajadores, exponiendo de manera oral las temáticas descritas en la Tabla 10.1.17 del ICE.
• Material educativo Se implementará material educativo, el cual deberá ser estructurado y desarrollado por un profesional competente y con conocimiento en las materias a tratar, lo cual estará respaldado por sus antecedentes curriculares. El material deberá estar en un formato sencillo y amigable, de tal manera que logre la atención en forma clara y precisa de los trabajadores. El material contara con indicaciones visuales y escritas que estarán orientadas en destacar las temáticas descritas en la Tabla 10.1.17 del ICE.
El material educativo deberá someterse a una mantención y/o remplazo en caso de deterioro o pérdida de sus características básicas de entrega de información.
38 Oportunidad: Las charlas deberán ser rendidas en forma previa a la incorporación de cada trabajador a la fase de construcción u operación. Se deberá exponer las principales temáticas, apoyándose en la entrega de folletos y una presentación en un medio de fácil observación (Power point). Las charlas serán realizadas por todos los trabajadores que participen en la fase de construcción y operación. Esto incluye también trabajadores y/o profesionales, que, aunque no estén necesariamente en terreno, si se encuentren a cargo de grupos de trabajadores en terreno.
Indicador que acredite su cumplimiento Material educativo visual y escrito.
Inducción a los trabajadores Forma de control y seguimiento Copia de material educativo visual y escrito.
Registro de inducción a los trabajadores (incluye listas de asistencia)
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.17. del ICE.
8.16 Instalación de Señalética en Sitios Arqueológicos Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Resguardar los sitios arqueológicos LP001, LP003 y LP004 identificados en la caracterización ambiental (Anexo 8 de la DIA).
Descripción: Se implementarán cercados en los bordes de estos caminos, los cuales rodearán totalmente el perímetro de los sitios en el espacio situado fuera de los caminos de acceso. Se considerará un buffer de seguridad para cada sitio, en la instalación de los cercados perimetrales y la señalética.
Justificación: Dado que los sitios arqueológicos LP001, LP003 y LP004 se localizan en las cercanías de algunos caminos preexistentes que serán empleados para acceder a las plataformas de sondaje, serán resguardados mediante la instalación de señalética y cercado perimetral.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Este compromiso se realizará en los sitios arqueológicos LP001, LP003 y LP004. Para más información, véase Anexo 8 de la DIA (Caracterización Ambiental).
Forma y Oportunidad: Será implementado una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto y se ejecutará según los acuerdos tomados con las Comunidades Indígenas Colla.
Indicador que acredite su cumplimiento Informe con registro fotográfico y planos de la instalación de la señalética en cada sitio arqueológico.
Forma de control y seguimiento Se hará entrega de dos informes al Consejo de Monumentos Nacionales y la SMA. Uno al principio de las obras, dando cuenta de las actividades de supervisión de instalación de cercados y señalética e inducción a los trabajadores. Un segundo informe se entregará con un plazo no mayor a los tres meses de concluidas las obras y dará cuenta de los resultados de las actividades de monitoreo, así como del estado de conservación de los sitios que fueron objeto del cercado y señalética.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.18. del ICE.
39 9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
9.1.1 Ingreso de Fauna Silvestre a la Zona de Plataformas Fase del proyecto a la que aplica Operación Parte, obra o acción asociada Plataformas de sondajes Acciones o medidas a implementar • Prohibición de dar alimento a animales.
• Manejo de residuos orgánicos en contenedores herméticos y con tapa.
• Prohibición de acercamiento de personal a especies de fauna, para evitar domesticación.
• Instrucción a operadores.
• No dejar residuos domésticos tirados en los sitios de prospecciones Forma de control y seguimiento • Registro de charla realizada a los operadores.
• Inspección visual de los sitios de exploración que dé cuenta de la ausencia de residuos.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1 del ICE y Tabla 3-1 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
9.1.2 Atropello de Fauna Silvestre Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Transporte terrestre.
Acciones o medidas a implementar • Señalética apropiada en las instalaciones.
• Se instalarán señales que indiquen la presencia de fauna silvestre y velocidad máxima.
• Programa de manejo a la defensiva y control de velocidad obligatorio para todos los conductores.
• En el caso de presenciar fauna que esté en los caminos, los conductores deberán detenerse o reducir la velocidad hasta que los animales dejen el camino.
• El personal habilitado para conducir será personal calificado, con licencia de conducir al día y con capacitación específica para manejo en condiciones de alta montaña.
Forma de control y seguimiento • Registro fotográfico de las señales que indiquen la presencia de fauna silvestre.
• Registro de la aplicación del programa de manejo a la defensiva y control de velocidad.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2 del ICE y Tabla 3-2 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
9.1.3 Accidentes de Tránsito por Colisión o Alcance en Interior o Exterior de la Faena Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Plataforma de sondajes y caminos de acceso.
Acciones o medidas a implementar.
• Señalética apropiada en las instalaciones (velocidades máximas, áreas de estacionamiento, entre otros).
• Charlas de inducción referidos al manejo seguro y normas establecidas.
40 • Los vehículos contarán con revisión técnica al día y se realizarán mantenciones preventivas periódicamente.
• Personal calificado para conducción, con licencia de conducir al día y con capacitación específica para manejo en condiciones de alta montaña. Se les exigirá lo estipulado en la legislación vigente.
• Los vehículos que transportarán maquinaria y materiales al área de trabajo contarán con lo exigido por la legislación vigente y tendrán una antigüedad no superior a 5 años.
• El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo con las rutas/puentes.
• Se exigirá a las empresas a cargo del transporte de sustancias que cuenten con un Programa de Seguridad y Prevención de Riesgos. Se exigirá, además, que los transportistas dispongan de equipamiento y procedimientos para atender accidentes que pudieran ocurrir en la ruta.
• Los conductores deberán contar con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames.
• Las empresas que efectúen estas labores deberán contar con los permisos correspondientes otorgados por la autoridad competente en cada caso.
• Los camiones contarán con sistemas de comunicación, equipo de primeros auxilios, equipo de emergencia (palas, elementos absorbentes, extintores de fuego, elementos de protección personal) según corresponda.
• Se controlará periódicamente el cumplimiento de estas medidas.
Forma de control y seguimiento • Registro fotográfico del estado de la señalética en las instalaciones.
• Registro de los contenidos asociados a la charla de inducción de los trabajadores.
• Registro de mantenciones preventivas a los vehículos.
• Registro de la documentación de los conductores asociados, tales como, licencia de conducir, manejo en alta montaña, capacitaciones específicas.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.3 del ICE y Tabla 3-3 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
9.1.4 Derrames de aceites y combustibles, de hidrocarburos u otras sustancias con características de peligrosas Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar.
• Suministro de Sustancias con Características de Peligrosas será proporcionado por empresas distribuidoras autorizadas.
• Almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos y de sustancias peligrosas se realizará acorde con la normativa vigente.
• Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias en las instalaciones de la faena.
• Se contará con áreas específicas de almacenamiento para estos materiales, debidamente señalizadas y acondicionados.
Forma de control y seguimiento • Registro de capacitación al personal respecto a la manipulación y almacenamiento de este tipo de sustancias.
41 • Registro de mantención de las áreas especifica de almacenamiento para este tipo de sustancias.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4 del ICE y Tabla 3-4 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
9.1.5 Alteración de Sitios Arqueológicos Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar.
• Inducción a trabajadores.
• De ser necesario, verificará con un arqueólogo la envergadura de los daños • En caso de detectar algún daño sobre eventuales sitios arqueológicos detectados durante faenas, se procederá a cerrar el área afectada y restringir el acceso a personal no autorizado.
Forma de control y seguimiento • Registro fotográfico del estado.
• Registro de capacitación al personal respecto a informar en caso de hallazgo arqueológico.
• Registro de capacitación al personal de no interferir en sitios arqueológicos.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5 del ICE y Tabla 3-5 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria
9.1.6 Incendios Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todo el Proyecto o Faena Acciones o medidas a implementar.
• Las sustancias inflamables contarán con una bodega acondicionada según la normativa que aplica.
• Prohibición de fumar al interior de cualquier recinto cerrado.
• Se contará con señalética adecuada.
• Se realizará capacitación al personal en el combate y extinción de incendios.
• Se dispondrá de un plan de emergencia especifico orientado a controlar incendios.
• Se realizará inspecciones para verificar la existencia y el estado de equipos de control de incendios.
• El generador eléctrico, durante la fase de operación, se ubicará alejado de zonas sensibles a incendios.
• Se verificará la asistencia de todos los trabajadores a las capacitaciones programadas al menos una vez al año.
Forma de control y seguimiento • Registro de capacitación al personal respecto al combate y extinción de incendios.
• Registro de inspecciones del estado de los equipos de control de incendios.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6. del ICE y Tabla 3-6 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria
9.1.7 Sismos Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todo el Proyecto o Faena Acciones o medidas a implementar.
Simulacros de evacuación y capacitaciones al personal.
42 Forma de control y seguimiento Registro de capacitación al personal respecto de cómo actuar en caso de sismo.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.7. del ICE y Tabla 3-7 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
9.1.8 Inadecuado Manejo de Aguas Servidas Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Plataformas de sondaje y Campamento Acciones o medidas a implementar • Se mantendrá un programa de gestión de retiro en el cual se establezca la empresa prestadora del servicio y las fechas comprometidas.
• Se mantendrá una vía de comunicación formal con la empresa proveedora del servicio.
• El encargado de la faena de la gestión de residuos mantendrá de manera preventiva los datos de contacto de empresa alternativa.
Forma de control y seguimiento • Verificación del programa de gestión de retiro de residuos.
• Registro de empresas alternativas que cuenten con los permisos asociados a la actividad.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.8 del ICE y Tabla 3-8 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria
9.1.9 Falla del Gestor del Transporte de Residuos Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Baños químicos Acciones o medidas a implementar • Se mantendrá un programa de gestión de retiro en el cual se establezca la empresa prestadora del servicio y las fechas comprometidas.
• Se mantendrá una vía de comunicación formal con la empresa proveedora del servicio a través de la cual se confirmará las fechas programadas y se realizará el seguimiento de la mantención de las instalaciones sanitarias.
• El encargado de la faena de la gestión del servicio mantendrá de manera preventiva los datos de contacto de empresa alternativa en caso de que sea necesario gestionar el retiro por otra empresa que cuente con la autorización sanitaria respectiva.
Forma de control y seguimiento Verificación del cumplimiento del programa de gestión de retiro.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.9 del ICE y Tabla 3-9 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria
9.1.10 Condiciones Climáticas Adversas Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto.
Acciones o medidas a implementar • Disponer de planes de evacuación del personal.
• El personal debe estar informado acerca de las vías de evacuación y los procedimientos de respuesta ante emergencias considerados por el Proyecto.
• Las vías de evacuación estarán debidamente informadas 43
• En la instalación de faena, se mantendrán equipos de radio y elementos de seguridad necesarios para enfrentar las eventualidades y en la faena.
• Se realizarán capacitaciones para indicar cuáles serán las vías de evacuación y procedimientos para cada caso particular.
Forma de control y seguimiento Registro de charla realizada a los operadores.
Registro de simulacro de evacuación Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.10 del ICE y Tabla 3-10 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria
9.1.11 Plan de Contingencia para la Fauna Silvestre Fase del proyecto a la que aplica Construcción Operación y Cierre.
Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto.
Acciones o medidas a implementar • Se advertirá presencia ejemplar de fauna silvestre dentro de las áreas del Proyecto con circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo con la información entregada en capacitación y/o inducción)
Frente a una situación de riesgo se deberá controlar y/o manejar la fuente de riesgo de tal manera de asegurar la seguridad del animal.
• Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre, en el camino (o sectores asociados al camino) y desde un vehículo en movimiento, deberá disminuir la velocidad, encender las luces intermitentes y dar aviso por radio a los conductores que pudieran transitar por dicha área. El vehículo podrá transitar a velocidad moderada y con las luces intermitentes encendidas hasta que se haya superado largamente (500 metros) el punto de intersección entre la línea de progresión del animal y el camino.
• En caso de detectarse nidos, se deberá dar aviso al Supervisor Ambiental. El o los nidos se georreferenciarán y se marcará la base de la estructura u otro cercano (piedra, matorral, etc.) con el objetivo de identificar su ubicación, para no interferir en su desarrollo normal. Los nidos no serán intervenidos hasta que finalicen su proceso reproductivo y las crías lo abandonen.
Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones al personal.
Registro de nidos georreferenciados Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.11 del ICE y en el Anexo 15 de la Adenda se presenta el detalle del Plan de Contingencia para fauna silvestre.
9.2. PLAN DE EMERGENCIAS
9.2.1 Ingreso de Fauna Silvestre a la Zona de Plataformas Fase del proyecto a la que aplica Operación Parte, obra o acción asociada Plataformas de sondajes Acciones por implementar • Detener la operación de la maquinaria y vehículos presentes en la plataforma.
• Verificar la condición del animal desde una distancia prudente.
• Asegurar un mínimo de perturbación, para evitar que el 44
animal se estrese.
• Dar aviso al encargado de medio ambiente informando ubicación del incidente o accidente y especie da fauna afectada.
• En caso de mamíferos con algún tipo de lesión evidente, imposibilitados de auxiliarse por sí mismos, se procederá a su captura y traslado en coordinación con un centro autorizado por el SAG.
• Se deberá realizar una investigación respectiva para identificar las causas y tomar las acciones de control correspondientes.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Cualquier contingencia que genere una afectación sobre alguna componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) será reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N° 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. A través de un supervisor quien realizará el aviso correspondiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1 del ICE y Tabla 3-1 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
9.2.2 Atropello de Fauna Silvestre Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Transporte terrestre.
Acciones por implementar • Detener la marcha del vehículo y verificar la condición del animal desde una distancia prudente.
• Asegurar un mínimo de perturbación, para evitar que el animal se estrese. (No gritar, correr o realizar movimientos bruscos con el cuerpo, ni con ningún otro elemento).
• Dar aviso al encargado de medio ambiente informando ubicación del accidente y especie da fauna afectada.
• En caso de mamíferos con algún tipo de lesión evidente, imposibilitados de auxiliarse por sí mismos, se procederá a su captura y traslado en coordinación con un centro autorizado por el SAG.
• Una vez ejecutado el rescate, el Encargado de Medio Ambiente debe definir con el SAG regional el procedimiento a seguir para la rehabilitación de ejemplares rescatados del medio.
• Los costos médicos veterinarios y de transporte serán cubiertos por el Titular e informados al SAG.
• Desarrollo de la investigación respectiva para identificar las causas y tomar las acciones de control correspondientes.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de accidente y/o emergencia que pudiese afectar a algún individuo de fauna silvestre, se dará aviso de manera inmediata (no superando las primeras 24 horas contadas desde el inicio del incidente) a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Atacama.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2 del ICE y Tabla 3-2 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
9.2.3 Accidentes de Tránsito por Colisión o Alcance en Interior o Exterior de la Faena Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases 45
Parte, obra o acción asociada Plataforma de sondajes y caminos de acceso.
Acciones por implementar • Se debe asegurar que las personas heridas reciban la atención médica.
• En caso de ser requerido, solicitar la colaboración de Ambulancias (SAMU), Carabineros o Bomberos.
• Verificar si el área ha sido protegida (con conos y/o cinta de seguridad), que no haya tráfico, fuentes de ignición o personas en el área de peligro.
• Detener filtraciones y contener derrames.
• Solicitar más ayuda si es necesaria.
• Coordinar la limpieza del sector una vez finalizado el incidente.
• En el caso que el conductor sea requerido por Carabineros, deberá solicitar que se disponga la custodia del camión y su contenido, o bien, solicitar la descarga en una instalación cercana.
• Desarrollo de la investigación respectiva.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Cualquier contingencia que genere una afectación sobre alguna componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N° 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. A través de un supervisor realizará el aviso correspondiente.
• Sin perjuicio de lo anterior, en caso de producirse un accidente en carretera que involucre derrame de residuos peligrosos, el Titular comunicará el hecho inmediatamente, por cualquier medio expedito, a la ONEMI, Región de Atacama y la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.3 del ICE Tabla 3-3 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
9.2.4 Derrames de aceites y combustibles, de hidrocarburos u otras sustancias con características de peligrosas Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones por implementar • Detener el equipo en funcionamiento.
• Poner de pie algún contenedor caído.
• Taponear contenedores rotos.
• Poner el contenedor roto dentro de uno en buenas condiciones de mayor capacidad.
• Utilizar un contenedor vacío como receptáculo del derrame.
• Contención del derrame utilizando un material adecuado, como por ejemplo tierra, arena, aserrín, viruta, etc., y formando un dique alrededor del derrame.
• Identificar el área que abarca la emergencia y su posible propagación hacia áreas vecinas.
• Asegurar el área de riesgos físicos y exposición accidental del personal demarcando o acordonando el perímetro del sitio del incidente, identificando zonas de emergencia.
• Evaluar riesgos asociados a la emergencia.
• Ubicarse a una distancia prudente y en dirección contraria al viento.
• Reconocer visualmente el material comprometido y la 46
magnitud.
Identificación de las características fisicoquímicas de la sustancia peligrosa derramada, a través de las HDS dispuestas en los recintos de almacenamiento y de los registros de compras.
• Determinar los materiales a utilizar en la emergencia.
• Hacer uso del equipo de protección apropiado.
• Cerciorarse que no existan personas heridas.
• Asignar las responsabilidades correspondientes.
• Evitar el contacto del derrame con otras sustancias incompatibles.
Acciones para el derrame:
• Definir el contenedor apropiado para recuperar el material de la limpieza.
• Definir el equipo necesario y el plan de acción.
• Barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo.
• Colectar y envasar el material contaminado.
• Muestrear y analizar los alrededores del suelo y superficie contaminada para determinar los residuos de contaminación.
Acciones para la limpieza del área (se aplicarán según corresponda):
• Limpiar todas las áreas afectadas.
• Remover el suelo contaminado y escombros si requiere.
• Descontaminar todos los equipos.
• Envasar todo el material contaminado para descarte.
• Colectar muestras para certificación.
• Manejo de los residuos generados durante las acciones de control de la emergencia según su clasificación (peligroso o no peligroso).
Acciones Finales: Documentación (Reporte Final)
• Descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos.
• Mapa o dibujo del lugar.
• Listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron a lugar.
• Fotografías.
• Información de la propiedad dañada y/o perjudicada.
• Desarrollo de la investigación respectiva para identificar las causas y tomar las acciones de control correspondientes.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Cualquier contingencia que genere una afectación sobre alguna componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N° 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. A través de un supervisor realizará el aviso correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, se indica que en caso de producirse un accidente en carretera que involucre derrame de residuos peligrosos, se comunicará el hecho inmediatamente, por cualquier medio expedito, a la ONEMI, Región de Atacama y la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4 del ICE y Tabla 3-4 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
47 9.2.5 Situación de riesgo o contingencia por alteración de Sitios Arqueológicos Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones por implementar Se librará el área del hallazgo arqueológico y se procederá a demarcar con conos el área.
Se comunicará la situación al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), junto con quienes se evaluarán las medidas a ejecutar.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Cualquier contingencia que genere una afectación sobre alguna componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N° 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5. del ICE y Tabla 3-5 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria
9.2.6 Incendios Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todo el Proyecto o Faena Acciones por implementar Si la situación se trata de fuego de pequeña magnitud, se intentará apagar con extintor.
Si el siniestro no es controlable, se convocará de manera urgente a la jefatura correspondiente, quien establecerá un comité de emergencia para poder controlar el siniestro.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Cualquier contingencia que genere una afectación sobre alguna componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N° 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA.
A través de un supervisor realizará el aviso correspondiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6. del ICE y Tabla 3-6 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria
9.2.7 Sismos Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todo el Proyecto o Faena Acciones por implementar • Evitar que las personas abandonen las instalaciones durante el sismo, ya que la mayoría de las lesiones curren al retirarse hacia zonas de seguridad.
• Retirar a las personas de las cercanías de ventanas u objetos que puedan caer sobre las personas y tomar ubicación en zonas abiertas dentro del recinto.
• Controlar las personas con demostraciones de pánico o paralizadas por el sismo.
• Prepararse para una eventual evacuación.
• Una vez superada la situación, el jefe de Emergencia informará al Representante de la Empresa quien, si corresponde autorizará el regreso del personal a sus puestos de trabajo, o definirá otras acciones a seguir.
48 Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Cualquier contingencia que genere una afectación sobre alguna componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N° 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. A través de un supervisor realizará el aviso correspondiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
9.2.8 Inadecuado Manejo de Aguas Servidas Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Plataformas de sondaje y Campamento Acciones por implementar En caso de que la empresa encargada de residuos no pueda con el manejo de las aguas servidas, por cualquier motivo, se solicitará la gestión inmediata de otra empresa autorizada.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Cualquier contingencia que genere una afectación sobre alguna componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N° 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. A través de un supervisor realizará el aviso correspondiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.8 del ICE y Tabla 3-8 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria
9.2.9 Falla del Gestor del Transporte de Residuos Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Baños químicos Acciones por implementar En caso de que la empresa encargada de la limpieza de los baños químicos no pueda, por cualquier motivo, realizar las acciones de limpieza en los tiempos determinados, se solicitará la gestión inmediata de otra empresa autorizada Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Cualquier contingencia que genere una afectación sobre alguna componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N° 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. A través de un supervisor realizará el aviso correspondiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.9 del ICE y Tabla 3-9 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria
9.2.10 Condiciones Climáticas Adversas Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto.
Acciones por implementar Detener la operación de la maquinaria y vehículos presentes en la plataforma.
Retiro a zona de seguridad.
Oportunidad y vías de comunicación Cualquier contingencia que genere una afectación sobre alguna componente ambiental (agua, aire, suelo, 49
a la SMA de la activación del Plan biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N° 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. A través de un supervisor realizará el aviso correspondiente.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.10 del ICE y Tabla 3-10 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria
9.2.11 Plan por la Fauna Silvestre Fase del proyecto a la que aplica Construcción Operación y Cierre.
Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto.
Acciones por implementar Siempre que un trabajador detecte un animal que pudiera estar accidentado, en dependencias del Proyecto o a raíz de una actividad del Proyecto, deberá suspender las actividades en un perímetro que garantice la seguridad tanto del animal como del personal y dar aviso inmediato al encargado ambiental. El perímetro y condiciones adecuadas de seguridad serán aquellas que se indiquen en la inducción de los trabajadores.
• Se deberá evitar cualquier movimiento o manejo del animal accidentado, hasta que se tengan indicaciones claras del profesional a contactar. Así mismo, se deberán reducir las causas de estrés. El Titular contará con una carpa o toldo en las instalaciones que permita mantener aislado al ejemplar herido de la exposición directa al sol.
• El encargado ambiental deberá presentarse en el área del accidente a la brevedad y evaluar si el reporte corresponde efectivamente a un accidente que involucra a animales silvestres.
• El encargado ambiental deberá realizar una búsqueda y análisis rápido de las causas del accidente.
• Se dará aviso inmediato a la División de Recursos naturales renovables del Servicio Agrícola Ganadero (SAG) de la región de Atacama, sobre el lugar de destino y recuperación que se haya establecido para el animal herido.
• El encargado ambiental deberá permanecer en el área del accidente hasta que el personal especializado se presente en lugar.
• Una vez que el animal accidentado haya sido trasladado, se determinará si las actividades pueden reanudarse de manera normal o si es requerido mantenerlas detenidas.
• Posteriormente, el encargado ambiental iniciará una investigación orientada a determinar las causas y/o condiciones que originaron el accidente, de manera de poder controlarlas a futuro y tener un registro.
• En un plazo no mayor a 48 horas de ocurrido el accidente, se emitirá un reporte que será considerado en los procedimientos de la empresa y remitidos a la División de Recursos naturales renovables del Servicio Agrícola y Ganadero regional (Atacama).
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Cualquier contingencia que genere una afectación sobre alguna componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N° 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.11 del ICE y en el Anexo 15 de la Adenda se presenta el detalle del Plan de Contingencia para fauna silvestre.
50 10°. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido de las actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto y los antecedentes recabados durante del proceso de evaluación ambiental.
11°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y con el objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.
13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.
14°. Que, para que el proyecto “Exploración Minera La Pepa” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
15°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
16°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
17°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
18°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Exploración Minera La Pepa”, de Mineros Chile SpA.
2°. Certificar que el proyecto “Exploración Minera La Pepa” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Exploración Minera La Pepa” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 137,