Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué
- Instrumento
- DIA
- Titular
- Viña Concha y Toro S.A.
- Resultado
- Aprobado
- Región
- Región del Maule
- Materia
- Agua
- Fecha
- 22 de junio de 2015
- Cita
- Resolución de calificación ambiental, DIA «Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué», titular Viña Concha y Toro S.A., Región del Maule, Aprobado, 22 de junio de 2015, expediente SEIA 2130563133
Resumen
Califica ambientalmente el proyecto de mejoramiento y ampliación de bodega, planta y sistema de tratamiento de RILES de Viña Concha y Toro S.A., certificando que no genera los efectos del artículo 11 de la Ley 19.300, por lo que no requiere estudio de impacto ambiental.
Texto íntegro
REPÚBLICA DE CHILE s COMISIÓN DE EVALUACION
REGIÓN DEL MAULE Califica Ambientalmente el proyecto “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué”.
Resolución Exenta N* 41 Talca, 29 de marzo de 2016
VISTOS:
19. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 22 de junio de 2015, su Adenda y Adenda Complementaria, de fecha 30 de noviembre de 2015 y de fecha 12 de febrero de 2016, respectivamente, del proyecto “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué”, presentada por Viña Concha y Toro S.A.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué”.
3”, El Acta de Evaluación N* 28/2015 de fecha 21 de diciembre de 2015, del Comité Técnico de la Región del Maule.
4?. El ICE de la DIA del proyecto “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué” de fecha 18 de marzo de 2013.
5%. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de fecha 29 de marzo de 2016.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué”.
7”. La Resolución Exenta N* 82/1998 de fecha 22 de octubre de 1998 (en adelante “RCA N* 82/98”) de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Séptima Región del Maule (en adelante “COREMA de la VII región del Maule”), que califica ambientalmente favorable el proyecto “Sistema de Tratamiento de Residuos Industriales líquidos de la Villa Concha y Toro”.
77. Lo dispuesto en la Ley N* 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N?
40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); en la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L. N* 1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N* 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; y en la Resolución N* 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1%, Que, Viña Concha y Toro S.A., en adelante, el Titular, sometió al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega,
RCA N” 41 “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PIJ
Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
VIÑA CONCHA Y TORO S.A.
R.U.T. RUT reservadoDomicilio Avda. Nueva Tajamar 481 Torre Norte Piso 15 Comuna Las Condes, Santiago
Región Región Metropolitana
Representante Legal 1 nombre reservado
R.U.T. RUT reservado
Representante Legal 2 nombre reservado
RUT. RUT reservado
Domicilio Avda. Nueva Tajamar 481 Torre Norte Piso 15 Comuna Las Condes, Santiago Región Región Metropolitana
2*. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 18 de marzo de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule, recomendó aprobar el Proyecto, considerando que:
+ Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
+ Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 139, 156 y 160 del Reglamento del SETA; y
+ No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3”. Que, en sesión de fecha 29 de marzo de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, acordó calificar favorablemente el proyecto “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 18 de marzo de 2016, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4”, Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general.
Ampliar y modificar las instalaciones existentes de la Bodega de Vinos, Planta Envasadora y Sistema de Tratamiento de RILES del proyecto calificado ambientalmente favorable mediante la RCA N* 82/98 de la COREMA de la VII región del Maule.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.
Tipología Principal: De acuerdo al artículo 10 literal o) de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto en evaluación debe ingresar al SEIA según lo señalado en la letra:
“o) Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de agua o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos. Se entenderá por proyectos de saneamiento ambiental al conjunto de obras, servicios, técnicas, dispositivos o piezas que correspondan a:
0.7) Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos, que cumplan al menos alguna de las siguientes condiciones:
RCA N? 41 “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PIJ
0.7.4) Traten efluentes con una carga contaminante media diaria igual o superior al equivalente a las aguas servidas de una población de cien (100) personas, en uno o más de los parámetros señalados en la respectiva norma de descargas de residuos líquidos ”.
Por tanto, ingresa al SEIA, por corresponder a un sistema de tratamiento que supera la carga contaminante media diaria en relación al equivalente de aguas servidas de una población de cien habitantes.
Tipología Secundaria: De acuerdo al artículo 10 literal 1) de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto en evaluación debe ingresar al SEIA según lo señalado en la letra: “/) Agroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianza, lechería y engorda de animales, de dimensiones industriales. Se entenderá que estos proyectos o actividades son de dimensiones industriales cuando se trate de:
1.1. Agroindustrias donde se realicen labores u operaciones de limpieza, clasificación de productos según tamaño y calidad, tratamiento de deshidratación, congelamiento, empacamiento, transformación biológica, física o química de productos agrícolas, y que tengan capacidad para generar una cantidad total de residuos sólidos igual o superior a ocho toneladas por día (8 t/día) en algún día de la fase de operación del proyecto; o agroindustrias que reúnan los requisitos señalados en los literales h.2. o k.1., según corresponda, ambos del presente artículo. ”
Vida útil.
La vida útil del proyecto es indefinida, pues no se contempla de momento fase de cierre.
Monto de inversión
El monto de la inversión declarado por el Titular, es de US$ 11.000.000.
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.
La actividad con que se dé inicio a esta fase corresponderá al despeje de terreno
Proyecto se desarrolla por etapas.
Si No | Capítulo XII del ICE.
[Xx]
Proyecto modifica un proyecto o actividad.
Si No |El proyecto corresponde a una modificación al denominado “Sistema de Tratamiento de Residuos
Industriales líquidos de la Villa Concha y Toro”, calificado ambientalmente favorable mediante la RCA N? 82/98 de la COREMA de la VII región del XX] Maule.
Capítulo I del ICE, acápite 1.8.
Capítulo IV del ICE, acápite 4.1.1.
Proyecto modifica otra(s)
RCA.
Si No | El proyecto contempla introducir cambios a la RCA
N? 82/98 de la COREMA de la VII región del Maule,
relativas a:
e Ampliar la bodega de vinos, aumentado la capacidad de almacenamiento en 17,5 millones de litros.
e Se adicionan dos tranques de acumulación. Cabe señalar, que dichas modificaciones fueron informadas a la Autoridad Ambiental, la primera en octubre del año 2006 a través de la carta “Mejoras a Planta de Tratamiento Bodega Lontué”
y la segunda en carta de pertinencia ingresada en noviembre del año 2011.
[Xx]
RCA N? 41 “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PIJ
e Ampliar el Sistema de Tratamiento de RILes, a través de la instalación de biorreactor de membrana (MBR). Este nuevo sistema tendrá una capacidad máxima de tratamiento de 1.400 m'/día.
e Los residuos industriales líquidos (RILes) ya tratados se descargan en Estero Seco, sin cambios a lo que se encuentra aprobado ambientalmente.
e El lodo generado en la planta se acopia en contenedor certificado de 10 m', el cual será retirado, transportado y dispuesto en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria.
Capítulo I del ICE, acápite 1.8.
Capítulo IV del ICE, acápite 4.1.1.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa.
El proyecto se ubica en la Comuna de Molina, Provincia de Curicó, Región del Maule.
Descripción de la localización
Ubicado en la bodega de vino Lontué, específicamente en el Fundo San Ignacio S/N. El acceso principal a la bodega es por camino vecinal que corre de norte a sur a la línea de Ferrocarril.
Superficie
Las superficies asociadas al proyecto, son las siguientes:
Tabla 1: Superficies Usos
Superficie m 140.000 28.838 7.172 2.695
Terreno Construido Proyectado Galpón Proyectado Patio
Fuente: Capítulo 1.3.1 de la DIA.
Coordenadas UTM en Datum WGS84
Las coordenadas de las obras y partes del proyecto se detallan en la siguiente tabla:
Tabla 3. Las coordenadas del proyecto.
Instalación Este 292.928 292.790 Fuente: Tabla 1-3 de la DIA.
Norte RUT reservado
RUT reservado
Bodega PT RILes
El proyecto se encuentra inserto en un polígono presentado en la figura 1-2 de la DIA, que se define por las siguientes coordenadas.
Tabla 2. Las coordenadas del polígono de emplazamiento del proyecto.
Vértice Coordenada UTM Este | Coordenada UTM Norte A 292.962,41 6.117.408,68 B 293.024,62 6.117.450,77 C 293.099,89 6.117.564,62 D 292.859,78 6.117.727,80 E 292.896,40 6.117.783,38 F 292.777,11 6.117.867,65 G 292.632,00 6.117.635,00
Fuente: Tabla 1-4 de la DIA.
Caminos de acceso
La Bodega de vino Lontué cuenta con un único acceso de entrada y de salida vehicular, que corresponde a la intersección de las calles, 7 de abril y la ruta K-145.
Referencia al
+ Acápite 1.3 del Capítulo I de la DIA.
RCA N? 41 “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PIJ
expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Anexo 3 de la DIA.
Anexo 4 del Adenda.
4,3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
Actividades Existentes
El sistema de tratamiento de RILes, se inicia con un separador de sólidos gruesos de tornillo. Los líquidos van a un pozo de acumulación, de ahí pasan a 2 filtros lamelares (2 cuerpos). El sólido se lleva al filtro prensa (la mayoría del sólido es suelo filtrante) y el líquido va al filtro parabólico para después pasar al estanque ecualizador en donde se airea permanentemente y de ser necesario se regula el pH. Luego del estanque ecualizador, pasa a otro filtro parabólico y luego pasa al tranque de acumulación, luego al reactor biológico (3 de 5.000 m? cada uno), para terminar en un pozo sedimentador. La planta de lodos activados tiene 5 aireadores superficiales.
Los residuos industriales líquidos ya tratados se descargan en Estero Seco.
Los lodos ya estabilizados y compactados se incorporan semanalmente en terreno.
El proyecto aprobado es para una capacidad máxima de tratamiento de 1.080 m'/día.
Producción de 50 millones de litros de vino al año.
Los escobajos productos de la separación de los granos de uvas del racimo son incorporados en el terreno.
Ampliaciones Proyectadas
Se ampliará la bodega de vinos aumentado la capacidad de almacenamiento en 17,5 millones de litros.
En la actualidad existen dos tranques de acumulación.
La ampliación del Sistema de Tratamiento de RILes consiste en implementar un biorreactor de membrana (MBR), tecnología ampliamente utilizada en el mundo, y que permite aumentar capacidades de tratamiento sin modificaciones mayores en las obras existentes. Este nuevo sistema tendrá una capacidad máxima de tratamiento de 1.400 m'/día.
El lodo generado en la planta se acopia en contenedor certificado de 10 m', el cual es retirado de manera periódica por empresa de transporte autorizado y dispuesto en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria.
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.
Ampliación bodega de fermentación y guarda vino blanco
La ampliación de la bodega de fermentación y guarda de vino consiste en la construcción de una nueva edificación, contigua a una existente que actualmente alberga estanques de vino.
Esta ampliación corresponde a una bodega de fermentación y guarda de 7.172 m? de superficie, la bodega estará compuesta por:
Guarda: 30 estanques de hormigón armado de 200.000 litros cada uno.
Fermentación: 52 estanques de acero inoxidable de 75.000 litros cada uno, y 72 estanques de acero inoxidable de 100.000 litros cada uno.
La materialidad del galpón corresponde a una estructura soportante y de techumbre en acero, revestida en plancha con aislación tanto en cubierta como en sus paramentos laterales. Dicho galpón metálico, tendrá una superficie de
7. 172 m.
Para lo anterior, se contempla realizar las siguientes actividades:
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a) Mejoramiento de terreno.
b) Fundaciones de cubas de hormigón armado de 200.000 litros y bancadas de hormigón armado.
c) Radieres de hormigón con malla Acma en su interior.
d) Zócalo perimetral en hormigón armado.
e) Pilares con cadena de hormigón armado entre cada cuba de hormigón.
f) Muros de albañilería estucada.
g) Estructura del galpón.
h) Revestimientos.
1) Portones y puertas.
3) Canaletas.
k) Pinturas.
D) Bajadas y canales de aguas lluvias.
m) Marquesina.
Ampliación del Sistema de Tratamiento de RILes
Se realizará un aumentó en la capacidad del sistema de tratamiento, que alcanza a un 60%, por tanto, el aumento de los afluentes, tanto en carga como en caudal, es de 5.000 kg/día y 1400 m'/día respectivamente.
Para lo anterior, se instalará un biorreactor de membrana (MBR), que permite aumentar capacidades de tratamiento sin modificaciones mayores en las obras existentes. Al respecto, es necesario, cambiar los siguientes equipos y/o procesos:
a) El sistema de aireación al interior del tranque de acumulación que consiste actualmente en 5 aireadores superficiales, se reemplazará por un sistema de aire tipo Biolac, el que proporcionará aire en forma de burbuja fina a través de mangas superficiales y alimentadas por 3 sopladores.
b) Se cambiará el proceso de separación de lodo biológico. Actualmente el licor de mezcla proveniente del reactor biológico es enviado a un clarificador secundario, lugar en el que el lodo biológico es separado por medio de sedimentación del agua tratada. Se proyecta que el licor de mezcla proveniente del reactor biológico sea enviado a un sistema de separación solido líquido que consistirá en membranas de micro filtración. El sistema consiste en 6 membranas Kubota, en 2 trenes separados. El sistema de membranas será instalado en un estanque de concreto en el área donde se encuentra el clarificador secundario.
Modificación de cauce canal Las Pitas
Se modificará un cauce artificial, debido a la ampliación propuesta en el proyecto. Se realizará un cambio en el trazado del canal artificial llamado “Las Pitas” y que pertenece a la Comunidad de aguas San Ignacio arriba.
El proyecto consiste en modificar un tramo del cauce del canal artificial llamado “Las Pitas”, ya que sobre una sección de él se pretende construir la ampliación de la bodega de vinos Lontue, tal como se detalla en la figura 1 del Adenda. El uso principal de este canal es para riego, cabe señalar que la planta de envasado Lontue, no utiliza sus aguas.
El canal proyectado (nuevo emplazamiento), desde el punto de inicio (cota sello 247.17) hasta el punto de intersección con el canal existente (cota sello 245,20) tiene una longitud de proyecto de 649,7 metros lineales y una pendiente longitudinal proyectada de 0,30 %.
Los detalles de las obras a realizar se encuentran descritos en el Anexo 1 del Adenda.
Las obras a ejecutar son las siguientes:
e Ejecución de escarpe: Se refiere a la extracción de la capa vegetal donde
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se emplazará la base del nuevo trazado de Canal en las zonas de fundación de terraplenes, cuya superficie y volumen se encuentran definidos en el Plano Topográfico de Proyecto diseñado. Este escarpe se define en un espesor de 0,30 m. y será modificado previo al análisis de suelo en dicho emplazamiento.
+ Ejecución de corte: Se refiere a la construcción de una excavación que va generalmente en el Eje del Canal Proyectado y para este estudio tiene un perfil tipo de una base de 1,5 metros y una altura de 1,0 metros y un talud de 45 grados. Las superficies, características y volumen se encuentran definidos en el Plano Topográfico de proyecto diseñado.
Terraplenes: Esta partida se refiere a todos los rellenos que comenzarán para darle la cabida al perfil tipo de proyecto el cual tendrá un tratamiento especial de construcción, rellenándose en capas de 0,20 metros y cuidando que los Taludes queden con la inclinación uniforme (la indicada en los Planos) y deberán ser prolijamente terminados, libres de protuberancias y depresiones, ajustándose estrictamente al Perfil Tipo indicado en el plano de proyecto.
La superficie y volumen de los rellenos se encuentran definidos en el plano topográfico de proyecto diseñado. Todos los rellenos deberán ejecutarse con materiales que indique el Estudio de Mecánica de Suelos.
Provisión de Suministros Básicos
a) Abastecimiento de energía.
La energía eléctrica requerida para la fase de construcción se obtendrá del sistema eléctrico existente en el predio y se utilizará un grupo electrógeno (100 KVA) de respaldo para aquellas actividades de la fase de construcción que la necesiten.
La bodega de vino Lontué cuenta con los servicios de electricidad que proporciona la empresa concesionaria del servicio, en este caso, CGE Distribución.
b) Abastecimiento de agua.
Se requerirá de agua potable, de uso doméstico. Para el consumo de los trabajadores, se dispondrá de agua potable, según lo establece el D.S. N?
594/99 del Minsal, considerando 100 litro/persona/día.
En relación al agua potable de la bodega de vino Lontué, se extrae agua desde pozo profundo (Resolución exenta de aprovechamiento de agua N? 69/1997, adjunto en Anexo 2 de la DIA y luego se potabiliza en una planta que se encuentra al interior del predio (Resolución exenta de planta de agua potable particular N* 94/2004, adjunto en Anexo 2 de la DIA).
c) Servicios higiénicos.
Se tendrán baños químicos donde se calcula un consumo mínimo para los ítems de baños, lavaderos y duchas de 100 litro/persona/día con un retorno del 80%, los que serán dispuestos y retirados por empresa externa acreditada según los registros del MINSAL.
d) Servicio de alimentación.
Debido a la cercanía con centros poblados, los trabajadores llegarán por sus medios al lugar de trabajo. La alimentación se otorgará en los comedores existentes para personal externo a la empresa. Se le exigirá al contratista
resolución de empresa que proveerá alimentación a los trabajadores.
e) Transporte de personal a faenas.
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Debido a la cercanía con centros poblados, los trabajadores llegarán por sus medios al lugar de trabajo. La alimentación se otorgará en los comedores existentes para personal externo a la empresa. Se le exigirá al contratista resolución de empresa que proveerá alimentación a los trabajadores.
f) Suministro de áridos.
El consumo de combustibles se debe fundamentalmente al funcionamiento de maquinaria y camiones, cuyo abastecimiento se realizará en un lugar autorizado, fuera de las instalaciones de Bodega Lontué, por lo que no se requerirá de la instalación ni aprobación de estanques en el área del proyecto para tales fines.
Será responsabilidad del contratista proveer del combustible necesario para la correcta operación de la maquinaria y equipos necesarios para la materialización de las obras de construcción.
Extracción, explotación O utilización de
recursos naturales renovables para la Fase de Construcción
Las faenas de construcción no intervendrán ningún recurso natural renovable, ya que los sectores donde se realizarán las modificaciones y nuevas construcciones proyectadas se encuentran intervenidos con anterioridad con otras instalaciones y construcciones
Emisiones y efluentes
Las emisiones atmosféricas generadas durante la fase de construcción serán de carácter transitorias propias de la actividad constructiva, correspondiente principalmente a material particulado MPiy y gases de combustión. A continuación se detallan las emisiones del proyecto durante la fase de construcción:
Tabla 3. Emisiones proyecto fase de construcción.
Contaminante Construcción (ton/año)
[e/0) 0,27 HC 0,10 NOx 0,92 SOx - MPyo 0,79 MP»s 0,20
Fuente: tabla 5 del Adenda.
El detalle del cálculo de las emisiones atmosféricas, se presentan en el Anexo 3 del Adenda, donde se actualizó el estudio, debido a que se modificó en la fase de construcción, las emisiones atmosféricas indirectas y directas, incorporando el tránsito de vehículos pesados por caminos pavimentados, por transporte de residuos de escarpe y excavación, ya que, éstos residuo no serán dispuestos al interior del Fundo San Ignacio, si no que serán llevados a sitio de disposición final que cuenta con autorización.
En términos de emisiones acústicas, durante esta fase, para las obras de excavación y pavimento en los receptores 1, 3 y 4; se instalará un cierre perimetral del área de trabajo durante las etapas de excavación y pavimentos con una barrera de densidad superior a 660 kg/m?, con una altura mínima de 3,6 metros.
Por tanto, con las medidas de control implementadas se da cumplimiento a la respectiva norma de emisión de ruido (D. S. N* 38/11 del MMA). El detalle del cálculo respecto a las emisiones acústicas se presenta en el Anexo 8 de la DIA y complementado en el Anexo 3 del Adenda.
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En términos de residuos, durante la fase de construcción, no se generaran efluentes, ya que los residuos líquidos que se generarán, están asociados a la producción de aguas servidas correspondientes al uso de los servicios higiénicos, los que serán dispuestos tal como funciona en la actualidad, el proyecto cuenta con factibilidad de alcantarillado, emitida por la empresa concesionario del servicio, en este caso, Aguas Nueva Sur.
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Los residuos generados en esta fase son los que se presentan en la siguiente tabla:
Tabla 4. Residuos Construcción.
RCA N? 41 “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PIJ
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correspondan almacenamie nto de estos residuos que cuenta con autorización (resolución N”2130/2005)
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(resolución N"1051/2008)
Referencia al ICE para MAYOreS | Capítulo IV del ICE.
detalles sobre esta fase.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN.
Proceso Productivo de bodega y planta de envasado
El funcionamiento de la bodega y planta de envasado Lontué, se divide en 3 áreas principales: Blend, Genéricos, Operaciones.
En el área Blend, corresponde al área de elaboración de vinos blancos comienza con la recepción de uva, para que luego el mosto sea depositado en estanques para su fermentación. Posteriormente los vinos se guardan por un tiempo. Los vinos son tratados, filtrados, despachados a granel o envasados en tetra pack.
En el área Genéricos sólo se reciben vinos (tanto tintos como blancos) que luego serán tratados para su clarificación y filtración para ser entregados en camiones estanques de acero inoxidable a las plantas de envasado en Chile, en flexitank hacia el extranjero o entregados directamente al área de producción tetra para su envasado. En el área de operaciones, la planta productiva envasa productos de Cartón Tetra Pack y Bidón Pet. La producción es continua todo el año. La planta cuenta con 4 Líneas de envasado, para la producción de los distintos formatos.
La ampliación permite una capacidad de 17,5 millones de litros, alcanzando una nueva capacidad de almacenamiento de vino total de 87,5 millones de litros.
Operación Planta de Tratamiento de RILes
Los RILes que se generan actualmente en el proyecto corresponden a líquidos provenientes a aguas de lavados de cubas, vasijas, equipos y pisos.
El aumento de los afluentes (debido al aumento de la producción de vinos), tanto en carga como en caudal, será de 5000 kg/día y 1400 m'/día respectivamente. Es por eso que se realizará una modificación al sistema de tratamiento actual que permite aumentar su capacidad en un 60%.
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En el proyecto presentado, al aumentar la capacidad de procesamiento durante el periodo de vendimia, se estima que el caudal de generación de RILes máximo aumenta desde 800 m'/día hasta un valor de 1.400 m*/día. Dado esto, y considerando que no se realizarán modificaciones en los tranques de acumulación, el tiempo de residencia hidráulico disminuye de 8,75 días a 5 días.
cálculo del TRH actual es el siguiente:
7000 m3 )
TRH= ———- = 8,75 días
3 80" aia
El cálculo del TRH proyectado es el siguiente:
El nuevo sistema consiste en un biorreactor de membrana (MBR), que básicamente realiza el proceso de separación sólido líquido por medio de membranas de micro o ultra filtración.
Para mantener la actividad biológica en el reactor, es necesario que el suministro de oxígeno sea eficiente. Es por esto, que se contempla el cambio en el sistema de aireación del reactor, el que actualmente es por medio de aireadores superficiales, a un sistema tipo Biolac, mediante el cual el aire es suministrado en burbuja fina.
Las principales diferencias entre el sistema de tratamiento actual y el proyectado, radican en la etapa de remoción de materia orgánica por medio del tratamiento biológico, ya que el aumento de la capacidad de aireación permite depurar una carga mayor a la actual. Esto además se ve soportado por el sistema de remoción de sólidos, ya que las membranas de micro filtración permiten que el lodo activo opere a concentraciones de biomasa superiores a los 10 g/l, mientras que en la actualidad la concentración máxima de operación es de 4.500 mg/l.
El punto de descarga del RIL se mantendrá en el mismo lugar ya aprobado que corresponde al Estero Seco.
Los valores de descarga del efluente tratado cumplirán con lo señalado en resolución de programa de monitoreo de la Superintendencia Servicios Sanitarios (SISS) mediante la Resolución N* 3231/06 y la Resolución N* 275/07.
Plan de Monitoreo y Autocontrol
Para el correcto control del funcionamiento del sistema de tratamiento de RILes, existe implementado un plan de monitoreo y autocontrol de las características físico-químicas del efluente. El cual debe dar cumplimiento a las exigencias de monitoreo establecidas en la Tabla N? 2 el D.S. N* 90/2000 del MINSEGPRES, “Norma de Emisión de Descarga de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Cuerpos de Agua Superficiales”, además de lo indicado en la resolución de programa de monitoreo N? 3231/06 y la resolución N* 275/07 de la SISS, dichas Resoluciones se adjuntan en el Anexo 2 de la DIA.
Por lo tanto, en Anexo 2 del Adenda, se adjunta una caracterización completa del RIL, donde se incluyen todos los parámetros mencionados en la Tabla N* 2 del D.S. N* 90/2000, realizada en Julio del año 2015.
El proponente deberá realizar un plan de monitoreo y autocontrol del sistema
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de tratamiento de RILes, el muestreo del cuerpo receptor en dos puntos, uno 100 metros antes y el otro 100 metros después del punto de descarga. Esto con el fin de evaluar la calidad del agua del cuerpo receptor, el resultado de dichos monitoreos, serán presentados a la Superintendencia del Medio Ambiente mediante un informe anual con los resultados y análisis.
Los parámetros que serán monitoreados serán los siguientes:
Tabla 5. Parámetros a monitorear en cuerpo receptor.
Parámetro Unidad DQO Mg/L Temperatura *C Caudal m'/día Sólidos Suspendidos Totales mg/L DBO; mg/L Fósforo mg/L Nitrógeno Total Kjeldahl mg/L
Fuente: Tabla 7 del Adenda.
La frecuencia de análisis será bianual. Un muestreo se realizará en época de verano (enero) y otro en época de vendimia (abril).
Tabla 6. Comparación muestreo cuerpo receptor y RIL descargado.
Muestreo Muestreo Cuerpo Cuerpo Receptor | Receptor 16/09/2015 RIL descargado 27/08/2015 Unid 100m | 100m 100 m 100 m Parámetro ad antes | despué | antes de después de Ss descarga | descarga | 03/08/2 | 15/09/2 descar | descar | PT RILes | PT RILes 015 015 gaPT | gaPT RiLes | RILes DQO Mg/L | <lL0 <1,0 2,0 <LO0 80 63 HEN Co 11 11 18 11 17 12 Sólidos Suspendid | mg/L <10 <10 84 <10 <10 <10 os Totales DBO;s mg/L | <20 <2,0 <2,0 <2,0 44,4 33,7 Fósforo mg/L | <0,01 | <0,01 0,06 <0,01 1,16 4,70 Nitrógeno Total mg/L | 0,40 0,34 0,36 0,34 5,28 4,01 Kjeldahl
Fuente: Tabla 8 del Adenda.
Tal como se puede observar en la tabla anterior, las descargas de RILes efectuadas por la Planta de Tratamiento de Lontué no alteran las condiciones del cuerpo receptor.
Disposición lodos
de
Los lodos generados en el sedimentador primario (sedimentador de lamelas), donde se separan los elementos semipesados y pesados en suspensión presenten es en RIL, se componen principalmente por tierras diatomeas utilizadas en la etapa de filtración del proceso productivo. Su deshidratación se realiza en un filtro de placas sin necesidad de adición de químicos.
Los lodos secundarios son generados en las etapas de clarificación del RIL y en el tratamiento físico químico final, estas dos líneas de sólidos son alimentados a un digestor de lodos de capacidad 500 m' con aireación continua. Una porción de este lodo previo a la entrada de digestor se retorna al reactor biológico de la planta permitiendo la mantención de la biomasa que degradara el RIL y el resto, posterior a su tratamiento en el digestor, es deshidratado en un filtro de banda de capacidad de deshidratación de 375
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m'/día con dosificación de floculante catiónico.
Todo el lodo generado en la planta se acopia en contenedor certificado de 10 m', el cual es retirado de manera periódica por empresa de transporte y disposición, por un transportista y un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria, se estima una generación en promedio 170 toneladas de lodos al mes de la planta de RILes de Lontué.
Cabe hacer presente que éstos residuos, serán dispuestos en un sitio de disposición final autorizado ambiental y sanitariamente.
Provisión Suministros Básicos
de
a) Energía.
La energía necesaria para que la bodega opere es obtenida del sistema de distribución eléctrica que abastece al sector, que es suministrado por la empresa CGE Distribución. Al interior de la bodega y planta se encuentran 7 transformadores que en total tienen una capacidad de 3.300 KVA. Además la bodega utiliza 3 grupos electrógenos arrendados que sirven de refuerzo en temporada alta (abril a septiembre aproximadamente), uno de ellos de 800 KVA y otro de 1.000 KVA.
El tercer grupo electrógeno está ubicado en la planta de Riles y su capacidad es de 600 KVA. Su principal función es reforzar en horas punta y de emergencia en caso de eventuales cortes de energía eléctrica en las redes de distribución de la compañía suministradora.
Para la ampliación tanto de la bodega como de la PT RILes se proyecta utilizar 2 transformadores de 500 KVA cada uno en la bodega de vinos.
b) Combustible.
La Bodega y Planta de envasado Lontué consume en la actualidad los siguientes combustibles que no sufrirán cambios producto de la implementación del proyecto:
+ Gas: El abastecimiento de la Bodega se encuentra a cargo de la Empresa Gasco (gas granel), el almacenamiento y posterior distribución del gas se realiza mediante 13 estanques con capacidad total de 47 m'.
e Caldera: La Bodega y planta de envasado cuenta con 4 calderetas y 1 caldera, está última de 1.700 KVA aproximadamente y las 4 calderetas que suman 2.500 KVA aproximadamente.
c) Agua potable y agua industrial.
El agua potable, se extrae agua desde pozo profundo (Resolución exenta de aprovechamiento de agua N*69/1997, adjunto en Anexo 2 de la DIA) y luego se potabiliza en una planta que se encuentra al interior del predio, aprobada mediante la Resolución Exenta de planta de agua potable particular N*94/2004, adjunto en Anexo 2 de la DIA.
En términos de agua industrial, se extrae agua desde pozo profundo, aprobado conforme la Resolución Exenta de aprovechamiento de agua N* 69/1997, adjunto en Anexo 2 de la DIA.
d) Servicios higiénicos.
En la actualidad la empresa cuenta con servicios higiénicos habilitados para los trabajadores de la bodega y planta de envasado. Se indica que en la actualidad el proyecto cuenta con alcantarillado el que es proporcionado por la empresa concesionaria del servicio, en este caso Aguas Nueva Sur.
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e) Alimentación.
La Bodega cuenta con un casino habilitado que proporciona comida a los trabajadores y que cuenta con todas las condiciones e implementos necesarios, cumpliendo con lo establecido en el D.S. N*594/99 MINSAL Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Extracción, explotación o utilización de
recursos naturales renovables para la fase de operación.
En las actividades de esta planta productiva no es necesaria la explotación ni extracción de ningún recurso natural renovable, solo se trabajan con materias primas que llegan directamente desde proveedores externos.
Emisiones y efluentes.
Durante la fase de operación del proyecto, las principales emisiones atmosféricas corresponderán a las emitidas por el tránsito de camiones por caminos pavimentados y no pavimentados. Los equipos electrógenos y calderas aportan emisiones atmosféricas, aunque en menor medida.
Tabla 7. Emisiones atmosféricas durante la fase de operación.
Emisiones Emisiones (ton)
(90) 11,02 HC 0,89 NOx 19,0 SOx 0,05 MP0 31,6 MP» 2,89
Fuente: Tabla 5 de la DIA.
El detalle del cálculo de las emisiones atmosféricas, se presentan en detalle en Anexo 3 del Adenda.
Debido a la operación de proyecto, en términos de emisiones acústicas, en el receptor en período nocturno (Receptor 1), se deberá trabajar con las puertas del galpón cerradas a partir de las 21 horas, coincidiendo con el inicio del período nocturno según D.S. N” 38/11 MMA, en el caso particular de la bodega de envasado tetra pack. Por tanto, con las medidas de control implementadas se da cumplimiento a la respectiva norma de emisión de ruido (D. S. N” 38/11 del MMA). El detalle del cálculo respecto a las emisiones acústicas se presenta en el Anexo 8 de la DIA y complementado en el Anexo 3 del Adenda.
Para efluentes líquidos, se estima que el caudal máximo de tratamiento de RILes será de 1.400 m'/día.
Se estima que el caudal máximo de tratamiento de RILes será de 1.400 m*/día.
El punto de descarga se mantendrá en el mismo lugar, aprobado mediante la RCA N? 82/98, que corresponde al Estero Seco.
El proponente deberá realizar un plan de monitoreo y autocontrol del sistema de tratamiento de RlLes, el muestreo del cuerpo receptor en dos puntos, uno 100 metros antes y el otro 100 metros después del punto de descarga. Esto con el fin de evaluar la calidad del agua del cuerpo receptor, el resultado de dichos monitoreos, serán presentados a la Superintendencia del Medio Ambiente mediante un informe anual con los resultados y análisis.
Las características técnicas de la obra de descarga corresponden a una descarga de tipo gravitacional a través de un tubo de PVC de 160 mm de diámetro y 360
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m de largo. El punto de descarga se encuentra a 360 m (distancia euclidiana)
desde la Planta de Tratamiento de RILes.
El proyecto de optimización del sistema de tratamiento de RILes considera una tecnología que permite obtener una calidad de efluente que dará cumplimiento al D.S. N” 90/2000 que establece la “Norma de Emisión de Descarga de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Cuerpos de Agua Superficiales”, específicamente la tabla N? 2.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Durante la fase de operación se generarán los siguientes residuos:
Tabla 8. Residuos Operación
Forma de disposición final Sitio de
disposición final autorizado ambiental y sanitariamente.
Sitio de disposición final autorizado ambiental y sanitariamente.
Planta recicladora autorizada sanitaria y ambientalment e y/o
Sitio de disposición final autorizado ambiental y sanitariamente.
Sitio de disposición final que cuente con autorización sanitaria vigente emitida por una SEREMI de Salud
Volumen generado (ton/año)
Residuo Tipo de Residuos
Borras con tierras filtrantes y orujos y
escobajos. 6:800
RISES
Lodos Planta Tratamiento RILes 3.360
Doméstico, cartón, tetra pack, chatarra,
RSD plástico, madera, vidrio.
238 Sacos contaminados, tubos fluorescentes, EPP y huaipes contaminados, envases de plástico contaminado, petróleo contaminado, aserrín contaminado, ampolletas de haluro y halógeno, envases lubricantes spray, residuos de equipos eléctricos y electrónicos, envases de pintura, toner y cartridge, restos de tintas, arena contaminada.
RESPEL 3,68
Fuente: punto II. del Adenda.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV del ICE.
4.3.3. FASE DE CIERRE.
Conforme a lo señalado en el punto 2.3 de la DIA, no se contempla fase de abandono para este
proyecto.
4.4, DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO.
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.
Fecha estimada de inicio
La fecha de inicio será mayo del año 2016.
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Parte, obra o acción que establece el inicio.
Actividad despeje de terreno.
Fecha estimada de
término.
La fase de operación tiene una duración de 12 meses, por lo que se estima que concluya aproximadamente en el mes de julio de 2016.
Parte, obra o acción que establece el término.
Finalización de provisión e instalación de portones y puertas de nueva bodega de fermentación y guarda.
4.4.2. FASE DE OPERAC
IÓN,
Fecha estimada de inicio.
Septiembre de 2016
Parte, obra o acción que establece el inicio.
Inicio de operación principal en Bodega Lontué.
Fecha estimada de término.
Se contempla una vida útil indefinida, por lo que no hay una fecha estimada de término de dicha fase.
Parte, obra o acción que establece el término.
No contempla.
4.4.3. FASE DE CIERRE
Conforme a lo señalado en el punto 2.5 de la DIA, no se contempla fase de abandono para este
proyecto.
5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N?
19,300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
Impacto ambiental.
Aire
Se realizó una estimación de emisiones atmosféricas para las fases de construcción y operación con el fin de determinar las concentraciones de los diferentes contaminantes.
Cabe señalar que el detalle del cálculo de las emisiones atmosféricas, se presentan en el Anexo 3 del Adenda, donde se actualizó el estudio, debido a que se modificó en la fase de construcción, las emisiones atmosféricas indirectas y directas, incorporando el tránsito de vehículos pesados por caminos pavimentados, por transporte de residuos de escarpe y excavación, ya que, éstos residuo no serán dispuestos al interior del Fundo San Ignacio, si no que serán llevados a sitio de disposición final que cuenta con autorización.
Al respecto, el proyecto no genera riesgos para la salud de la población debido a emisiones atmosféricas, debido que se adoptarán medidas de manejo ambiental como controlar los gases de los camiones y vehículos, se estandarizará la velocidad de circulación al interior del proyecto y en camino público no pavimentado, además los camiones no podrán circular con carga descubierta durante la fase de construcción, evitando que se desprenda polvo. Además se controlará la velocidad de circulación, tanto al interior como al exterior del sitio del proyecto, se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles y se exigirá que los vehículos y maquinaria utilizados cuenten con certificado de emisiones y revisión
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técnica al día.
Parte, obra o acción que lo genera.
Actividades de excavación, carga y descarga de material, circulación de vehículos y combustión de motores, durante la fase de construcción.
Fuentes fijas y difusas. Fase de operación.
Fase en que se presenta.
Construcción y Operación.
Impacto ambiental.
Aire: Aumento de los niveles de ruido.
El proyecto se encuentra fuera del límite urbano de la comuna de Molina y en ningún punto receptor sobrepasa los límites establecidos por la normativa vigente.
En lo referente a ruido, se realizó la correspondiente Evaluación de Impacto Acústico de la actividad, donde se midió el ruido de fondo del sector, el cual es factor preponderante para la evaluación, dado que los receptores se ubican en zona rural. Esta situación se da tanto en horario diurno como nocturno, observándose límites entre 50 y 59 dB(A) para período diurno y entre 36 y 42 dB(A)
para periodo nocturno.
Para el caso de la operación se realizó una evaluación en horario nocturno, debido a que las fuentes de ruido analizadas funcionarán en ambos horarios, siendo la noche la situación crítica. El estudio determinó que los niveles de ruido asociados al proyecto se encuentran por debajo de los límites establecidos por el D.S. N* 38/11 del MMA, tanto para fase de construcción como para fase de operación.
Parte, obra o acción que lo genera.
Ampliación, construcción y modificación de edificaciones; y operación de la bodega de vinos Lontué.
Fase en que se presenta.
Construcción y Operación.
Impacto ambiental.
Agua y suelo
En cuanto al agua, los residuos líquidos que se generarán durante la construcción del proyecto, están asociados a la producción de aguas servidas correspondientes al uso de los servicios higiénicos, los que serán dispuestos tal como funciona en la actualidad, el proyecto cuenta con factibilidad de alcantarillado, emitida por la empresa concesionario del servicio, en este caso, Aguas Nueva Sur.
El proyecto, durante la operación, genera Residuos Industriales Líquidos (RILes), que se disponen en el estero Seco, una vez que son tratados en el sistema de tratamiento de RILes, dando cumpliendo el D.S. N* 90/2000 que establece “Límites Máximos Permitidos para la Descarga de Residuos Líquidos a Cuerpos de Agua Fluviales”, por tanto no habrá afectación sobre el medio ambiente o la salud de la población. Además los posibles derrames al interior de la planta cuentan con sistemas de contención y con planes de contingencia específicos, desestimando así la contaminación de los componentes agua o el suelo.
Parte, obra o acción que lo genera.
Construcción y Operación.
Fase en que se presenta.
Construcción y Operación.
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Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulos IV, VI y XII.
El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
Impacto ambiental.
Alteración de los Recursos Naturales Renovables.
Los terrenos utilizados por la actividad se encuentran intervenidos con la misma actividad industrial desde hace más de 40 años, que se encuentra absolutamente intervenida.
Las modificaciones aquí presentadas no alterarán ninguna superficie que se encuentre en estado natural, las nuevas instalaciones proyectadas se ubicarán sobre superficies interiores del predio, y ya intervenidas por radieres o derechamente con construcciones originales.
Componente ambiental afectado.
Biota.
Parte, obra o acción que lo genera.
Construcción de las ampliaciones y modificaciones de la bodega de vinos Lontué, además de la operación de la bodega antes señalada.
Fase en que se presenta.
Construcción y Operación.
Impacto ambiental.
Respecto del componente aire, la planta generará emisiones que no cambian significativamente la condición de línea base, ya que estas emisiones no superarán los valores establecidos tal como se detalla en el Anexo 3 del Adenda.
Componentes ambientales afectados.
Aire.
Parte, obra o acción que lo genera.
Construcción de las ampliaciones y modificaciones de la planta, además de la operación de la planta.
Fase en que se presenta.
Construcción y Operación.
Impacto ambiental.
Agua
El proyecto no alterará ninguna superficie que se encuentre en estado natural, las nuevas instalaciones proyectadas se ubicarán sobre superficies ya intervenidas, cabe hacer presente que se realizará un cambio en el trazado del canal artificial llamado “Las Pitas” y que pertenece a la Comunidad de aguas San Ignacio arriba. El proyecto consiste en modificar un tramo del cauce del canal artificial antes mencionado, ya que sobre una sección de él se pretende construir la ampliación de la bodega de vinos Lontue, tal como se detalla en la figura 1 del Adenda. El uso principal de este canal es para riego, cabe señalar que la planta de envasado Lontue, no utiliza sus aguas.
Las modificaciones presentadas no consideran la intervención alguna sobre vegetación, flora o fauna de ningún tipo. El sector de emplazamiento corresponde a un sector ya intervenido, donde no se observan especies silvestres en estado de conservación.
Tal como se indicó anteriormente, en el área de estudio
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del proyecto no existe biota relevante que pueda ser afectada por la actividad.
La línea base del Proyecto se encuentra intervenida, dado que la planta de producción de vinos Lontué, se encuentra en operación, sin embargo, se tiene contemplado un “Plan de Seguimiento de Fauna Íctica y Herpetofauna”, consistente en la instalación de una estación de muestreo en el sector de la descarga del efluente, una estación de monitoreo aguas arriba y otra estación de monitoreo aguas abajo de ésta durante el periodo de verano e invierno. Se consideran estas estaciones de muestreo, debido a que son las mismas definidas durante la elaboración de la DIA para la descripción y muestreo de fauna íctica, así como para el estudio de herpetofauna.
Componentes ambientales afectados Agua.
Parte, obra o acción que lo genera. Construcción de las ampliaciones y modificaciones de la bodega de vinos Lontué, además de la operación de esta.
Fase en que se presenta. Construcción y Operación.
Referencia al ICE. Capítulos IV, VI y XIL
El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.
El proyecto no interviene en forma alguna sobre el acceso de otras personas a recursos naturales. Se ubica dentro del predio donde se encuentra instalada las bodegas de vino de Lontué, donde no existe presencia de recursos naturales relevantes o que puedan servir a otras comunidades. Además, no altera ni restringe los flujos de transporte habituales del sector, sus ampliaciones no aumentan significativamente sus propios flujos, por tanto no altera tampoco los tiempos de desplazamiento de otros.
El proyecto no impide en forma alguna las manifestaciones comunitarias de cualquier tipo ya que, no existen espacios cercanos donde se desarrollen ese tipo de actividades. En conclusión, el proyecto no contempla el desplazamiento y reubicación de grupos humanos, ni producirá cambio alguno en ninguna de las dimensiones a las que se refiere este artículo. Tampoco impide el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico o uso tradicional de ningún grupo humano, puesto que tampoco existen en el sitio del proyecto.
Del análisis efectuado al artículo 7 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas ni alteración significativa de sus sistemas de vida y/o costumbres, por lo que el proyecto no requiere ingresar al SEIA como un Estudio de Impacto Ambiental por las razones expuestas.
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico. Capítulos IV, VI y XIL.
El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PROXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y AREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.
El proyecto aquí evaluado no se encuentra cerca de áreas protegidas de ningún tipo. El territorio en el que se emplaza el proyecto no cuenta con valor ambiental relevante para la población, ya que en el área no hay presencia de ecosistemas naturales con características de unicidad, escasez O representatividad.
RCA N* 4] “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PN
Referencia al ICE para mayores Capítulos IV, VI y XIL.
El proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TERMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
No existen zonas con valor turístico o paisajístico en los alrededores del proyecto, por lo que el No existen zonas con valor turístico o paisajístico en los alrededores del proyecto, por lo que no obstruye su visibilidad.
No existen zonas con valor paisajístico en los alrededores de la planta. En general se presenta una escasa calidad escénica, debido a la intervención humana.
Atendido el análisis anterior, se puede concluir que el Proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico. _| CAPÍtulos IV, VI y XI.
El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTORICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.
El proyecto no contempla intervención de ningún tipo sobre algún Monumento nacional, pues no existe ninguno cerca de su ubicación. El terreno se encuentra completamente intervenido sin que se haya encontrado vestigio alguno de algún elemento de valor antropológico, arqueológico o histórico.
El proyecto no contempla intervención de ningún tipo sobre elementos del tipo aquí reseñado, pues no existen antecedentes de su presencia en los alrededores del proyecto, tal como se indicó con anterioridad, ya que el área de proyecto ya se encuentra intervenida.
El proyecto no contempla intervención alguna sobre lugares relevantes a las manifestaciones propias de cualquier grupo humano, pues no existen ese tipo de lugares en las cercanías del proyecto.
Atendido el análisis anterior, se puede concluir que el Proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico. Capíialos DF, Ly XI.
El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
67. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.
6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, del artículo 139 del RSEIA.
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Fase del proyecto a la cual corresponde.
Operación
Parte, obra o acción a que aplica.
Operación de la Planta de Tratamiento de RILes.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
En Anexo 3 del Adenda, se adjunta Memoria Técnica que considera descripción y diagrama de flujo del proceso industrial.
En respuesta 3.1 del Adenda, se presenta los caudales máximos horarios y caudales promedios de RILES que se producirán y los parámetros considerados en la caracterización del RIL, según el D.S. N* 90/2000 Norma de Emisión de Descarga de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Cuerpos de Agua Superficiales y lo indicado en la resolución de programa de monitoreo N* 3231/06 y de la Resolución N* 275/07 ambas de la SISS.
En Anexo 2 del Adenda, se presentan los certificados con resultados de monitoreos efectuados por el laboratorio DICTUC, que realizó el análisis de las muestras monitoreadas.
Las coordenadas UTM (WGS84, Huso 19) del punto centro de ubicación de la planta de tratamiento de RILes, y el punto de descarga en el Estero Seco son los siguientes:
Tabla 9. Coordenadas del Proyecto
Instalación Este Punto Descarga 292.933 Fuente: Punto 1.4 del Adenda.
Norte RUT reservado
El “Estudio Hidrológico Escorrentía Directa Estero Seco-Lontué”, adjunto en Anexo 3 del Adenda, se analizó la escorrentía media anual y el caudal de 3 aforos realizados en época de estiaje, entre otras cosas.
Los resultados arrojados desde ese año, indican que existe variación estacional del caudal. En época de estiaje para el año 1997 y 1998 los caudales fueron de 1,443 m'/s y 2,282 m'/s respectivamente. El Estudio concluye que el Estero Seco posee escorrentía continua y permanente durante todo el año.
Pronunciamiento del órgano competente.
Al respecto, la SEREMI de Salud de la Región del Maule, mediante Ord N? 525, de fecha 25 de febrero de 2016, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo IX, punto 9.1.1
6.1.2. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del RSEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde.
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a que aplica.
Modificación de cauce por ampliación de la bodega.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
El proyecto consiste en modificar un tramo del cauce del canal artificial llamado “Las Pitas”, ya que sobre una sección de su tramo se pretende construir la ampliación de la bodega Lontué propuesta en esta DIA, los antecedentes técnicos y formales referidos a dicho PAS, se encuentran en el Anexo 1 del Adenda, donde es posible observar el lugar de emplazamiento del canal existente y como se proyecta su modificación.
Pronunciamiento del Órgano competente.
Al respecto, la Dirección General de Aguas de la Región del Maule, mediante Ord N* 185, de fecha 29 de febrero de 2016, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en
RCA N? 4] “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PIJ
dicho PAS.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo IX, punto 9.1.2
6.1.3. Permiso para subd:
urbanos, del artículo 160
ividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites del RSEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde.
Fase de operación.
Parte, obra o acción a que aplica.
El Proyecto contempla la urbanización de terrenos rurales para la construcción de bodegas y sistema de tratamiento de RILes, debido a la ampliación del proyecto actualmente en funcionamiento, encontrándose el proyecto fuera del límite urbano definido para la comuna de Molina.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
El Proyecto ya se encuentra en operación, por lo que ya cuenta con una superficie aprobada (Cambio Uso de Suelo) de 86.100 m? y que corresponde al actual emplazamiento del Proyecto.
Por lo que, la superficie asociados al PASM 160 es de 24.260 m?, los que contendrán la ampliación de la bodega de vinos, específicamente la bodega de fermentación y guarda de vino blanco, el cual corresponderá a un galpón de 7.172 m?, y los 2 tranques de acumulación de la Planta de Tratamiento de RILes, ya construidas y evaluadas a través de pertinencia que se adjunta en Anexo 2 de la DIA, como documento 2.
Tabla 10. Superficie del PAS.
Li Superficie (m?)
Wero Ente Muda Solicitud PAS 160 T 293.138 | 6117515 2 293.107 | RUT reservado
3 292.747 | RUT reservado 2200 4 292.715 [RUT reservado
Fuente: Tabla del Anexo 9 de la DIA.
Los antecedentes técnicos y formales referidos a dicho PAS, se encuentran disponibles en el Anexo 9 de la DIA.
Pronunciamiento del
órgano competente.
Al respecto, el Servicio Agrícola Ganadero de la Región del Maule, mediante Ord N* 237, de fecha 29 de febrero de 2016 y la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región Maule, se pronuncian conformes respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en el mencionado dicho PAS.
Referencia al ICE para
Capítulo IX, punto 9.1.3
mayores detalles.
7*. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:
1. COMPONENTE/MATERIA: Institucionalidad ambiental y medio construido
Norma
Ley N*19.300 y modificación, Ley N*20.417 (MINSEGPRES): Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente; Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación y la Superintendencia del Medio Ambiente.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Durante la tramitación ambiental del proyecto, previo a la ejecución del mismo.
Forma de cumplimiento
Se obtendrá la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental favorable y los Permisos Ambientales Sectoriales que le corresponden.
Indicador que acredita su cumplimiento
Resolución de Calificación Ambiental favorable y los Permisos Ambientales Sectoriales que le corresponden.
Forma de control y
Personal a cargo realizará seguimiento y cumplimiento de la Resolución
RCA N? 41 “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PIJ
seguimiento
de Calificación Ambiental.
Norma
D.S. N” 40/2012 (MMA): Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Tramitación previa a su ejecución; el cumplimiento de lo declarado se mantiene durante la construcción y operación del mismo.
Forma de cumplimiento
Se obtendrá la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental favorable y los Permisos Ambientales Sectoriales que le corresponden.
Indicador que acredita su cumplimiento
Resolución de Calificación Ambiental favorable y los Permisos Ambientales Sectoriales que le corresponden.
Forma de control y seguimiento
Personal a cargo realizará seguimiento y cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental.
Norma
D.F.L. N*458/74 y Decreto N*“47 (MINVU): Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Forma de cumplimiento
Se solicitará Permiso de Edificación y posterior Recepción de obras para todas las construcciones proyectadas.
Indicador que acredita su cumplimiento
Permiso de Edificación y Recepción de obras para todas las construcciones proyectadas.
Forma de control y seguimiento
Verificar que las construcciones se ajusten a lo establecido en el permiso de Edificación.
COMPONENTE/MATERIA: Agua y Calidad del Agua
Norma
D.S. N*594/2000 (MINSAL): Reglamento sobre Condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación
Forma de cumplimiento
El agua destinada a consumo humano, cumplirá con los límites de calidad (física, química, radioactiva y bacteriológica) y cantidad, establecidos en la reglamentación en análisis.
Indicador que acredita su cumplimiento
El agua potable de la bodega de vino Lontué, se extrae agua desde pozo profundo (Resolución exenta de aprovechamiento de agua N*69/1997, adjunto en Anexo 2 de DIA) y luego se potabiliza en una planta que se encuentra al interior del predio (Resolución exenta de planta de agua potable particular N*94/2004, adjunto en Anexo 2 de la DIA).
Forma de control y seguimiento
Análisis de parámetros físico-químico, bacteriológico y de desinfección
Norma
D.F.L N*725/1967 (MINSAL): Código Sanitario.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
Las aguas servidas se realizará a través de alcantarillado proporcionado por la empresa Aguas Nueva Sur y los RILes son tratados en Planta de Tratamiento de RILes, previos a su descarga a Estero Seco, cumpliendo el D.S. N* 90/2000.
Indicador que acredita su cumplimiento
Factura de empresa Aguas Nueva Sur y correcto funcionamiento del sistema de tratamiento de RILes.
Forma de control y seguimiento
Registro de facturas y certificados de descarga de RILes emitidos a la SISS.
Norma
Decreto Supremo N* 90/2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado el 7 de marzo de 2001.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Operación.
Forma de cumplimiento
Existe un plan de monitoreo y autocontrol de las características físico químicas del efluente, que cumple con las exigencias de monitoreo definidas en el DS 90/2000. Se cumple de acuerdo a lo que indica la
RCA NY? 41 “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PIJ
resolución SISS Ex. N? 3231/06 y resolución SISS Ex. N* 275/07.
Indicador que acredita su cumplimiento
Informe de monitoreo mensual enviado a la SISS
PA , de control y Registro de informe de monitoreo mensual enviado a SISS
seguimiento
COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones
Norma D.S. N*144/1961 (MINSAL): Establece normas para evitar emanaciones
o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
Se implementarán medidas de manejo ambiental durante la construcción y operación del proyecto, tales como:
+ Durante la fase de construcción se implementará un adecuado manejo del material que pueda desprender MP, transportándolo en camiones cubiertos de manera de evitar la suspensión de polvo. Además se controlará la velocidad de circulación, tanto al interior como al exterior del sitio del proyecto, se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles y se exigirá que los vehículos y maquinaria utilizados cuenten con certificado de emisiones y revisión técnica al día.
Para la fase de operación se controlará la velocidad de circulación, tanto al interior como al exterior del sitio del proyecto y se controlarán los gases de los camiones mediante mantención periódica en un taller que cuente con la autorización de la SEREMI de Salud de la Región del Maule.
Indicador que acredita su cumplimiento
Mantención periódica de los equipos de extracción. Informes de las mantenciones realizadas.
Forma de control y | Se mantendrá un registro de manera que se dé cumplimiento a la norma seguimiento Norma D.F.L. N? 458: Ley General de Urbanismo y Construcciones y su
Ordenanza.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
Se implementarán medidas de manejo ambiental durante la construcción y Operación indicadas de manera precedente.
Indicador que acredita su cumplimiento
Cumplimiento de las medidas indicadas.
Forma de control y | Se mantendrá un registro de manera que se dé cumplimiento a la norma seguimiento Norma D. S. N” 4/94, de MTT: Normas de Emisión de Contaminantes
Aplicables a los Vehículos Motorizados
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
Todos los vehículos contarán con la revisión técnica al día, dando cumplimiento a la norma de emisión indicada en este cuerpo legal.
Indicador que acredita su cumplimiento
Revisión técnica.
Forma de control y | Registro de revisión técnica a cada vehículo que ingresa a Planta Lontué seguimiento Norma D. S. N? 55/94, de MTT, Establece Norma de Emisión Aplicable a
Vehículos Motorizados Pesados.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
RCA N? 41 “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PIJ
COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones
Forma de cumplimiento
Todos los vehículos contarán con la revisión técnica al día, dando cumplimiento a la norma de emisión indicada en este cuerpo legal.
Indicador que acredita su cumplimiento
Revisión técnica.
Forma de control y seguimiento
Registro de revisión técnica a cada vehículo que ingresa a Planta Lontué
Norma
D. S. N* 59, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado en el D.O. 25 de mayo de 1998.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
Se implementarán medidas de manejo ambiental durante la construcción y operación del proyecto, tales como:
+ Durante la fase de construcción se implementará un adecuado manejo del material que pueda desprender MP, transportándolo en camiones cubiertos de manera de evitar la suspensión de polvo. Además se controlará la velocidad de circulación, tanto al interior como al exterior del sitio del proyecto, se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles y se exigirá que los vehículos y maquinaria utilizados cuenten con certificado de emisiones y revisión técnica al día.
e Para la fase de operación se controlará la velocidad de circulación, tanto al interior como al exterior del sitio del proyecto y se controlarán los gases de los camiones mediante mantención periódica en un taller que cuente con la autorización de la SEREMI de Salud de la Región del Maule.
Indicador que acredita su cumplimiento
Mantención periódica de los equipos de extracción. Informes de las mantenciones realizadas.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá un registro de manera que se dé cumplimiento a la norma.
Norma
D.S. N* 75/1987 (MOP): Establece condiciones para el transporte de cargas que indica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
El proyecto cumplirá las restricciones establecidas, se revisarán en planta los camiones para verificar las medidas exigidas.
Indicador que acredita su cumplimiento
Revisión de cada camión que transporte este tipo de residuos.
Forma de control y seguimiento
Registro de revisiones en planta para verificar las medidas establecidas.
COMPONENTE/MATERIA: Suelo
Norma
D.F.L. N* 3.557, Ministerio de Agricultura (Pub. D.O. 09/02/1981).
Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
Los residuos sólidos, incluyendo los lodos, serán acopiados en lugares con autorización sanitaria por lo que no se descargaran sustancias al suelo y la descarga de RILes se realiza en Estero Seco, previamente tratado en la planta de tratamiento.
Indicador que acredita su cumplimiento
Planilla con registro de cantidad y fecha de entrada y salida de cada tipo de residuo en cada uno de los sitios autorizados.
Forma de control y seguimiento
Revisión de Planilla de registro.
RCA N? 41 “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PIJ
COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas
Norma
D. S. N? 78/2011 respecto del almacenamiento de sustancias químicas y combustibles.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación.
Forma de cumplimiento
En la presente declaración se busca la regularización de las bodegas existentes y de las proyectadas, considerando todos los elementos constructivos y de diseño del D.S. 78.
Indicador que acredita su cumplimiento
Características bodegas de sustancias peligrosas y registro de entradas y salidas de sustancias peligrosas.
Forma de control y seguimiento
Planilla de registro de sustancias peligrosas.
COMPONENTE/MATERIA: Fauna
Norma
Ley N*19.473 del Ministerio de Agricultura, ley de caza.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
En el área del proyecto así como en la totalidad del fundo se prohíbe totalmente cualquier actividad relativa a la caza. No se contempla captura de animales para ningún efecto.
Indicador que acredita su cumplimiento
Carteles de prohibición
Forma de control y seguimiento
Revisar estado de carteles de prohibición
Norma
Ley General de Pesca y Acuicultura.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación.
Forma de cumplimiento
Los RILes serán descargados al Estero Seco, cumpliendo con lo señalado en la Tabla N* 2 del D.S. N* 90/2000 que establece “Límites Máximos Permitidos para la Descarga de Residuos Líquidos a Cuerpos de Agua Fluviales”.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se implementará un plan de seguimiento de fauna íctica y herpetofauna, el que consiste en monitorear la fauna acuática (peces) y herpetofauna (reptiles y anfibios) asociados al emplazamiento de la descarga del sistema de tratamiento de RILes.
A partir de los resultados de los monitoreos, se evaluará si existen cambios respecto de la presencia/ausencia de las especies registradas en la línea base, evaluando la existencia de efectos no previstos en el componte derivados de la descarga de RILes.
Forma de seguimiento
control y
Fase de construcción, se efectuará un monitoreo trimestral en las estaciones señaladas en la siguiente tabla, teniendo cada campaña una duración de 1 día.
Se consideran estas estaciones de muestreo, debido a que son las mismas definidas durante la elaboración de la DIA para la descripción y muestreo de fauna íctica, así como para el estudio de herpetofauna. Se agregó el punto de monitoreo 1C03, para caracterizar el sector del Estero Seco comprendido aguas debajo de la descarga de RILes.
Se emitirá a la Autoridad Competente un informe anual con los resultados y análisis de los monitoreos realizados durante el año. Para mayor detalle revisar anexo 1 del Adenda complementaria.
Norma
D. E. N* 878 del 2011 de la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura
Fase del Proyecto a la ue aplica o en la que se
Fase de construcción y operación.
RCA N? 41 “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PIJ
COMPONENTE/MATE
RIA: Fauna
dará cumplimiento
Forma de cumplimiento
El proyecto se encuentra en operación.
Indicador que acredita su cumplimiento
Resultados Estudio de Fauna Ictica y Herpetofauna, Anexo 3 del Adenda.
Forma de control y seguimiento
Se realizará un plan de seguimiento de Fauna Ictica y Herpetofauna del Estero Seco de manera de garantizar que no se causará daño al medio ambiente acuático
COMPONENTE/MATE,
RIA: Patrimonio cultural y arqueológico
Norma
Ley N* 17.288 sobre Monumentos Nacionales del MINEDUC.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción
Forma de cumplimiento
En caso que durante la ejecución de las obras del Proyecto se encontrarán ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se paralizarán las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos.
Indicador que acredita su cumplimiento
En caso que se realice un hallazgo se mantendrá el registro de la detención de obra y de los avisos correspondientes a la autoridad respectiva.
Forma de control y seguimiento
Caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el titular se compromete a paralizar las obras en el sector afectado e informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Además, dicha información será remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, según lo establecido en el inciso 2? de la Ley Orgánica de la SMA y la Resolución Exenta N? 844 también de la SMA
COMPONENTE/MATE,
RIA: Residuos Sólidos
Norma
D.S. N” 1/13 MMA: Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
Se deberá entregar anualmente las declaraciones de la generación de residuos sólidos peligrosos e industriales, a través del sistema de Ventanilla Unica.
Indicador que acredita su cumplimiento
Certificado de declaración anual RETC
Forma de control y seguimiento
Registro de certificado de declaración anual RETC
Norma
D.F.L. N*%725/67, MINSAL, Código Sanitario
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
El Proyecto cuenta con bodega de disposición de residuos sólidos industriales (incluyendo lodos de la PT RILes) y residuos peligrosos, los que cuentan con autorización sanitaria vigente. Se adjuntan en Anexo 2 de DIA.
Indicador que acredita su cumplimiento
Resoluciones de autorización sanitaria vigente de los sitios de almacenamiento.
Forma de control y seguimiento
Registro de resoluciones de autorización sanitaria vigente de sitios de almacenamiento.
Norma
D.S. N*148/2004 (MINSAL): Reglamento sobre manejo de residuos peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
Estos residuos son segregados y almacenados en bodega de residuos
RCA N? 41 “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PJ
COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos
peligrosos de acopio hasta ser retirados a un lugar de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria. Dicho lugar, cuenta con autorización sanitaria vigente (la que corresponde a la N” 1051/2008, dando cumplimiento al DS N* 148/2003), tanto en almacenamiento, transporte y retiro de las mismas.
Indicador que acredita su cumplimiento
El lugar de acopio de estos residuos cuenta con autorización sanitaria vigente
Forma de control y seguimiento
Registro de cantidad y frecuencia de retiro de residuos peligrosos y facturas de empresas transportistas y de disposición final.
Norma
D.S. N*594/99 MINSAL Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Forma de cumplimiento
Proceso productivo de bodega y planta de envasado y operación del sistema de tratamiento de riles.
Indicador que acredita su cumplimiento
Resoluciones de autorizaciones sanitarias de empresas transportistas y de disposición final.
Forma de control y seguimiento
Registro de resoluciones de autorizaciones sanitarias de empresas transportistas y de disposición final.
Norma
D. S. N* 3/2012, del MMA: Reglamento para el Manejo de Lodos Provenientes de Plantas de Tratamiento de Efluentes de la Industria Procesadora de Frutas y Hortalizas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación.
Forma de cumplimiento
Todo el lodo generado en la PT de RlLes, se acopia en un contenedor certificado de 10 mí, el cual es retirado de manera periódica por empresa de transporte y disposición autorizada para tales fines, cumpliendo con el artículo 4 del D.S N* 3/2012.
Por lo que antes de ser entregado a la empresa externa, se efectuara el deshidratado de los mismos, de modo de lograr la reducción del 38% del contenido de sólidos volátiles.
Los lodos provenientes de la Planta de Tratamiento de RILes, son llevados a un sitio de almacenamiento autorizado por la Autoridad Sanitaria.
Debido a alguna contingencia en el sitio de disposición final que incurra en que los lodos no puedan ser traslados tal como se realiza actualmente, estos serán llevados a otro sitio que cuente con todas las autorizaciones sanitarias vigentes.
Indicador que acredita su cumplimiento
Análisis de lodo deshidratado.
Forma de control y seguimiento
Se realizará análisis al lodo deshidratado 1 vez al año para corroborar esta condición.
COMPONENTE/MATERIA: Ruido
Norma
D.S. N*%38/2011 (MMA): Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
Estudio acústica adjunta concluye que no se sobrepasarán los máximos permitidos para zona clase III.
Indicador que acredita su cumplimiento
Estudio Acústico, el cual indica que no se sobrepasan los límites máximos permitidos.
Forma de control y seguimiento
Se verificará el cumplimiento de las disposiciones indicadas en la R.C.A y lo que señalen las autoridades competentes, de manera que no se
excedan los límites máximos permitidos.
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COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte
Norma
D.S. N” 158/1980 (MOP): Fija el peso máximo de vehículos que circulan por caminos públicos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
La actividad aquí descrita cumple y cumplirá con las restricciones establecidas. Los camiones que salen o que acceden a la planta son y serán revisados de forma tal que se pueden verificar las medidas requeridas.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de revisión en planta para verificar las medidas exigidas.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá un registro de manera que se dé cumplimiento a la norma.
8”. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:
8.1. Ruido
Impacto asociado
Ruido: emisiones de ruido.
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción y operación del proyecto.
Consideraciones
Debido a que el proyecto se encuentra fuera del límite urbano de la comuna de Molina, se realizó la correspondiente Evaluación de Impacto Acústico de la actividad, donde se midió el ruido de fondo del sector es factor preponderante para la evaluación, dado que los receptores se ubican en zona rural. Esta situación se da tanto en horario diurno como nocturno, observándose límites entre 50 y 59 dB(A) para período diurno y entre 36 y 42 dB(A) para periodo nocturno.
Para el caso de la operación se realizó una evaluación en horario nocturno, debido a que las fuentes de ruido analizadas funcionaran en ambos horarios, siendo la noche la situación crítica. El estudio determinó que los niveles de ruido asociados al proyecto se encuentran por debajo de los límites establecidos por el D.S. N* 38/11 del MMA, tanto para fase de construcción como para fase de operación. Por tanto, se deberá:
+ Incorporar durante la fase de construcción, específicamente para las obras de excavación y pavimento en los receptores 1, 3 y 4; un cierre perimetral del área de trabajo con una barrera de densidad superior a 660 kg/m?, con una altura de 3,6 metros como mínimo.
» Durante la operación de proyecto, en el receptor (Receptor 1), se deberá trabajar con las puertas del galpón cerradas a partir de las 21 horas, coincidiendo con el inicio del período nocturno según D.S.38/11 MMA, en el caso particular de la bodega de envasado tetra pack.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 4, punto 4.3.2.
8.2. Residuos Líquidos.
Impacto asociado.
Generación de RILes.
Fase del proyecto a la que aplica
Operación.
Consideraciones
El proponente deberá realizar un plan de monitoreo y autocontrol del sistema de tratamiento de RILes, el muestreo del cuerpo receptor se
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realizará en dos puntos, uno 100 metros antes y el otro 100 metros después del punto de descarga. Esto con el fin de evaluar la calidad del agua del cuerpo receptor, el resultado de dichos monitoreos, serán presentados a la Superintendencia del Medio Ambiente mediante un informe anual con los resultados y análisis.
Los parámetros que serán monitoreados serán los siguientes:
Tabla 11. Parámetros a monitorear en cuerpo receptor.
Parámetro Unidad DQO Mg/L Temperatura AS Caudal m/día Sólidos Suspendidos Totales mg/L DBO; mg/L Fósforo mg/L Nitrógeno Total Kjeldahl mg/L
Fuente: Tabla 7 del Adenda.
La frecuencia de análisis será bianual. Un muestreo se realizará en época de verano (enero) y otro en época de vendimia (abril).
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo IX, punto 4.2.2.
8.3. Residuos Sólidos.
Impacto asociado.
Disposición de lodos.
Fase del proyecto a la que aplica
Operación.
Consideraciones
Todo el lodo generado en la planta se acopia en contenedor certificado de 10 mí, el cual es retirado de manera periódica por empresa de transporte y disposición, por un transportista y un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria, se estima una generación en promedio 170 toneladas de lodos al mes de la planta de RILes de Lontué.
Cabe hacer presente que éstos residuos, serán dispuestos en un sitio de disposición final autorizado ambiental y sanitariamente.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo TV, punto 4.2.2.
8.4. Diversidad biológica.
Impacto asociado.
Fauna.
Fase del proyecto a la que aplica
Operación.
Consideraciones
Realizar un Plan de Seguimiento de Fauna Íctica y Herpetofauna, que consiste en la instalación de una estación de muestreo en el sector de la descarga del efluente, una estación de monitoreo aguas arriba y otra estación de monitoreo aguas abajo de ésta durante el periodo de verano e invierno. Se consideran estas estaciones de muestreo, debido a que son las mismas definidas durante la elaboración de la DIA para la descripción y muestreo de fauna íctica, así como para el estudio de herpetofauna.
A continuación es posible observar información detallada de las estaciones de muestreo y la ubicación de éstas:
Tabla 13. Coordenadas geográficas y características de Puntos de monitoreo.
RCA NY? 41 “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué.”. PIJ
Coordenadas Puntos de U.T.M Sector estero seco Componente Monitoreo | Datum WGS84 r Biológico E N 1co1 | 292965 | 6118115 | 201ade descarga de Fauna Íctica RILes 1co2 | 293395 | 6117805 | A8uas Arribadela | ranma etica descarga de RILes.
1co3 | 292886 | 6118152 | A8%as Abajodela [anna etica descarga de RILes.
TÍ 293111 | 6118042 | Bosque ripario abierto Herpetofauna Tr 293348 | 6117865 | Bosque ripario abierto Herpetofauna T3 293087 | 6118061 | Bosque ripario abierto Herpetofauna
Fuente: Tabla 2 del Adenda complementaria.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo TV, punto 4.2.2.
9%. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
Planes de Contingencias y Emergencias
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción y Operación.
Acciones o medidas a implementar.
Plan de contingencias:
Las principales medidas se detallan a continuación:
a) Derrame de combustible por carga o fuga de generador eléctrico de respaldo en fase de construcción.
En caso de un derrame, a un costado del generador eléctrico se contará con los siguientes implementos:
Antiparras.
Guantes.
Paños absorbentes.
Material absorbente (arena, aserrín u otro).
Balde.
Pala.
Tambor con tapa.
Para controlarlo, el personal deberá aplicar material absorbente (arena y/o aserrín) y, de ser necesario, usar paños absorbentes en la zona del derrame, en forma abundante, hasta que la arena y/o aserrín forme una especie de lodo viscoso con el combustible. Como medida adicional se establecerán medios de contención con sacos de arena que bordeen el fluido derramado para contenerlo.
Una vez que se ha formado el lodo viscoso, usando las palas, se procederá a llenar con ese material los baldes, hasta no detectar la presencia del lodo, los que luego serán vaciados en tambores con tapa, los que serán trasladados hasta bodega de residuos peligrosos autorizada, que se encuentra en Bodega Lontué.
b) Incendio, Inundación, Atentado Terrorista o colocación de un artefacto explosivo, mala manipulación u omisión en procedimientos establecidos, cortes de suministro de energía total
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en horarios nocturnos. En tales circunstancias se deberá:
Activar de alarma en zona afectada.
Evacuar la zona afectada.
Aplicar medidas particulares de la zona.
Determinar el estado de alerta en la planta.
Coordinar con organismos de emergencia.
Evaluar y diagnosticar de trabajadores y zona afectada.
Normalizar del área si procede.
Evaluar final por parte de Comité de Emergencia.
c) Vertido o derrame de sustancias contaminantes y/o peligrosas:
Cortar los suministros que alimentan el derrame y proceder a la contención del derrame a través de personal entrenado, procurando evitar que el vertido alcance causes de agua o redes de alcantarillado
d) Emisión de gases.
Si es posible, cierre las llaves de paso que alimentan la fuga, alejarse de las zonas críticas en contra de la dirección del viento. Solicitar la medición de concentración de gases. Si la concentración es mayor a los límites permisibles solo ingresar al sector con equipos de protección autónoma, ingresando siempre como mínimo dos personas a las zonas afectadas.
e) Derrames de RIL.
Acordonar la zona y compartimentar zonas anexas. Direccionar a través de medios mecánicos el RIL hacia el estanque ecualizador, para una vez resuelto el problema continuar con el tratamiento del residuo. De estar el ecualizador sin condiciones de recibir RIL en ese momento, existe un tranque de acumulación de 2000 m' disponible para situaciones de emergencia hacia donde es posible enviar RIL, permitiendo un tiempo de residencia cercano a dos días para casos de máximo caudal.
f) Generación de Olores.
Utilizar el sistema de control y neutralización de olores de alta presión que posee la planta en modo Manual, aumentando el caudal de atomización de la mezcla de producto.
g) Derrames de Lodo.
En la eventualidad de un siniestro se deberá como primera medida acordonar el área e instalar señalización de peligro. Para la contención del derrame se utilizara arena, con especial cuidado de contener aquellos lodos que puedan direccionarse a cursos de agua. Una vez contenido los lodos se procederá a recogerlos mediante el uso de palas y escobillones
h) Imposibilidad de hacer retiro de lodos.
En caso de que por algún motivo la empresa prestadora de servicios de retiro y disposición de lodos se vea impedida de generar los traslados se podrá convocar a cualquier otro proveedor de los existentes en base de datos de proveedores, los cuales se ha verificado ya que cuentas con los requisitos exigidos en las normas vigentes
i)_ Falla de unidades y/o equipos.
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En caso de ocurrir fallas en cualquiera de los equipos del sistema de tratamiento se enviara inmediatamente a mantenimiento para su reparación, si no es posible se sustituirá la unidad. En caso de equipos críticos existen unidades dobles o en stand by.
j) Corte del suministro eléctrico.
En el caso de cortes o fallas del suministro de energía eléctrica se solicitara a la planta productiva equipos generadores de respaldo que permitan mantener la autonomía de la planta de tratamiento. De no ser posible se detendrá la operación almacenando en estanque ecualizador o tranque de acumulación donde se disponen de 2000 m? para almacenar sin afectar el correcto funcionamiento de la planta.
k) Incendios y/o explosiones.
Si el incendio o explosión se produce dentro del perímetro que incluye la planta de tratamiento, se comunicara inmediatamente la emergencia según los flujos de comunicación establecidos. En caso de tratarse de un incendio menor los operarios capacitados para tal función procederán a extinguirlo utilizando extintores de polvo químico seco o de anhídrido carbónico según corresponda. En caso de que el incendio o explosión sea de gran magnitud se evacuara a todo el personal de manera inmediata hacia las zonas de seguridad señaladas siguiendo las instrucciones del personal de emergencias.
Mayor detalle se adjunta en Anexo 6 de la DIA y Adenda.
Plan de emergencias:
Identificación y Control de Riesgos Ambientales
Los riesgos ambientales se definen como la probabilidad de ocurrencia de eventos de tipo catastrófico con consecuencias para la población, el medio construido y/o los recursos naturales, y cuya causa o factor desencadenante se relaciona con la estructura y dinámica meteorológica, geomorfológica, hidrológica, sísmica y/o volcánica (inundaciones, remociones de masa, entre otras).
El Plan de Prevención de Riesgos Ambientales identifica y propone medidas de control para los potenciales riesgos identificados, los cuales podrán manifestarse durante la fase de construcción y operación del Proyecto.
Por lo que respecto a incendio, Inundación, Atentado Terrorista o colocación de un artefacto explosivo, mala manipulación u omisión en procedimientos establecidos, cortes de suministro de energía total en horarios nocturnos. Se implementarán las siguientes medidas:
e Activación de alarma en zona afectada y posteriormente paralización general de la planta por decisión jefe de planta de turno.
e Evacuación general a zonas de seguridad.
Aplicación de todas las medidas dispuestas para cada área de la instalación.
e Coordinación con organismos de emergencia.
e Evaluación y diagnóstico de trabajadores y afectación de operación de
la planta.
Paralización de faenas o normalización de trabajos si procede.
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Mayor detalle en Anexo 6 de la DIA,
Referencia al ICE o
documentos del
ssspealióon e de Capítulo VII, punto 7.1. del ICE.
evaluación que
contenga la descripción
detallada.
10. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N? 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del proyecto.
11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
12. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
13.. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo y siguiendo para estos efectos las instrucciones entregadas por dicho organismos del Estado.
14. Que, para que el proyecto “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. :
15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
16. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
17. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
18. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través
de un tercero.
19. Que, en atención a lo expuesto en los considerandos anteriores,
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RESUELVO:
1%. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué” de Viña Concha y Toro S.A.
2*. Certificar que el proyecto “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3". Certificar que el proyecto “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 139, 156, y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4”. Certificar que el proyecto “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
6”. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
7*. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo
para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
otifíquese y Archívese
RCE/JPJ/PCT/PN/pij
Distribución:
+ Representante Legal de “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué”.
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Corporación Nacional Forestal (CONAF), Región del Maule.
Dirección General de Aguas (DGA), Región del Maule.
Dirección de Obras Hidráulicas (DOH), Región del Maule.
Dirección de Vialidad, Región del Maule.
Gobierno Regional, Región del Maule.
lustre Municipalidad de Molina.
Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Región del Maule.
Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), Región del Maule.
Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) MOP, Región del Maule.
SEREMI Medio Ambiente, Región del Maule.
SEREMI de Agricultura, Región del Maule.
SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Maule.
SEREMI de Desarrollo Social, Región del Maule.
SEREMI de Energía, Región del Maule.
SEREMI de Salud, Región del Maule.
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Maule.
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule.
Servicio Nacional Turismo, Región del Maule.
Servicio Nacional de Pesca, Región del Maule.
Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADD, Región del Biobío.
Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN), Zona Sur.
Consejo de Monumentos Nacionales (CMN).
Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS).
C/e:
+ Superintendencia del Medio Ambiente
+ Expediente del Proyecto "Proyecto de Mejoramiento y Ampliación Bodega, Planta y Sistema de Tratamiento de RILES, Lontué".
+ Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región del Maule.
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