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Derecho público chileno

ProtecciónRol N° 797-201729 dic 2017
Fecha
29 de diciembre de 2017
Corte
Corte de Apelaciones de Arica
Resultado
Rechazada
Cita
Corte de Apelaciones de Arica, Rol N° 797-2017, sentencia de 29 de diciembre de 2017

Resumen

Se rechaza la protección contra el SII por negar la asignación de un rol de avalúo: no hubo ilegalidad ni arbitrariedad, pues la recurrente acompañó un plano de subdivisión que había quedado sin efecto por resolución municipal.

Texto íntegro

Arica, veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete.

VISTO:

El abogado DANIEL ESPINOZA CAVIERES, en representación de INMOBILIARIA E & R LIMITADA, ambos domiciliados para estos efectos, en domicilio reservado, deduce recurso de protección en contra del Jefe del Departamento de Avaluaciones del Servicio de Impuestos Internos, Dirección Regional de Arica y Parinacota, don nombre reservado, por haber incurrido la parte recurrida en una acción ilegal y arbitraria en razón de privar y perturbar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales establecidas y protegidas en el artículo 19 Nº 23 y 24 de la Constitución Política de la República de Chile, esto es, el derecho a la libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes y el derecho de propiedad.

Indica que el día 26 de julio de 2016, su representada Inmobiliaria E & R Limitada suscribió escritura pública de compraventa con doña nombre reservado y don nombre reservado, adquiriendo un inmueble denominado Lote “B”, título que no pudo ser inscrito en el Conservador de Bienes Raíces de Arica, por cuanto, éste rehusó practicar la inscripción, ya que, "según información del SII, el rol del predio en cuestión no existe desde el año 2006”, entre otros motivos.

Ante la negativa del Conservador de Bienes Raíces de inscribir el título, el apoderado de los recurrentes presentó el día 9 de agosto del año en curso, una solicitud al Jefe de Departamento de Avaluaciones del Servicio de Impuestos Internos, don nombre reservado, solicitando activar el Rol de avalúo 675-9 y/o asignar un nuevo Rol. Sin embargo, el 3 de noviembre de 2017, mediante ORD. DRAP 18 AVA Nº 0270, se le comunica que no es posible dar ha lugar a su petición, en atención a que dicho rol fue eliminado del catastro de bienes raíces del Servicio, dando origen a nuevos roles, generados a partir de la subdivisión aprobada por la Dirección de Obras Municipales de Arica. Asimismo, la Resolución Exenta SII Nº 46 del 12 de mayo del 2017, señala que en los casos de asignación de roles, las solicitudes administrativas deberán acompañar un plano de subdivisión o loteo, aprobados por la respectiva DOM, y teniendo presente que, el plano presentado por la recurrente quedó sin efecto según Resolución Municipal Nº 4510 del 16 de agosto de 2016, no fue posible asignarle un nuevo rol, además, le informan que la propiedad individualizada en la escritura no puede ser identificada geográficamente en terreno, por lo que la única vía posible para poder incluir el inmueble en el catastro del Servicio y/o asignar rol, es presentar un plano que se encuentre debidamente autorizado por la Dirección de Obras Municipales.

La recurrida, en síntesis, evacuando el informe requerido por esta Corte de Apelaciones, indica que la acción intentada por la recurrente resulta claramente improcedente, el terreno al que se refiere la escritura pública de compraventa aportada por la recurrente, nunca ha estado asociado al Rol de avalúo N° 675-9 y si bien este último aparece, como Rol de avalúo del bien raíz objeto de la escritura de compraventa suscrita entre la Inmobiliaria y nombre reservado y don nombre reservado, este dato no se ajusta a los antecedentes catastrales que el Servicio posee de dicho Rol. En definitiva, la escritura en cuestión contiene un dato erróneo - rol de avalúo, que no es imputable a este Servicio de ninguna manera. Además, para requerirse un nuevo Rol de avalúo es necesario acompañar antecedentes necesarios exigidos para acceder a tal petición.

CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO:

Primero: Que la acción de protección contemplada en la Carta Fundamental existe con el propósito de cautelar debidamente los derechos fundamentales de rango constitucional, para lo cual prevé que cualquier persona por sí o a favor de un tercero puede recurrir ante el órgano jurisdiccional para su amparo, cuando estos derechos sean amagados por actos arbitrarios o ilegales de terceros, debiendo la Corte de Apelaciones respectiva adoptar las medidas conducentes para restablecer el orden jurídico quebrantado, si de los antecedentes proporcionados se establece que existe lesión a los derechos constitucionales de quien recurre.

Segundo: Que, en la especie, cabe analizar si el actuar del recurrido fue arbitrario o ilegal, estableciendo si se ha vulnerado alguna de las garantías protegidas por el artículo 19 de la Constitución Política de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de dicha Carta Magna.

Tercero: Que, en virtud de los hechos expuestos en la presente acción constitucional, la actuación ilegal o arbitraria que se imputa al señor nombre reservado, sería el no haber dado lugar la solicitud de la recurrente consistente en activar, el Rol de avalúo 675-9 o no haber otorgado un nuevo Rol, para efectos de inscribir la propiedad en el Conservador de Bienes Raíces a nombre de la recurrente.

Cuarto: Que, el artículo 16 del Decreto con Fuerza de Ley 1 de 1998, que fija el texto refundido coordinado, sistematizado y actualizado de la ley 17.235 Sobre Impuesto Territorial indica: “Los roles definitivos de avalúos de bienes raíces del país, deberán ser mantenidos al día por el Servicio de Impuesto Internos utilizando entre otras fuentes:

3) La información que aporten los propietarios de bienes raíces, en la forma y plazo que el director del servicio determine. Para recoger esta información el Servicio de Impuestos Internos facilitará el cumplimiento tributario a través de los mecanismos disponibles al efecto. Esta información no debe implicar gastos para el propietario.”.

Cabe mencionar, además, que la Resolución Ex. SII N°46 de 12 de mayo de 2017, que actualiza instrucciones impartidas por la Resolución Ex. SIl N° 2301, de 07.12.1986, fija el procedimiento a seguir, señalando los requisitos y obligaciones que se deben cumplir y los antecedentes que se deben acompañar respecto de solicitudes administrativas que se refieren a materia de evaluaciones. Dicha resolución exenta exige que ante la petición de asignación de un rol de avalúo, se debe acompañar una copia de plano de subdivisión del loteo, aprobado por la respectiva Dirección de Obras Municipales, indicando él número de rol matriz que le da origen.

Quinto: Que, en virtud de la norma transcrita precedentemente y la referida resolución del Servicio de Impuestos Internos, el recurrido no incurrió en ninguna actuación ilegal o arbitraria, toda vez que su decisión lo fue apegado a la legislación vigente e instrucciones impartidas por la superioridad del Servicio, al efecto, por cuanto el recurrente no acompañó un plano de subdivisión o loteo, aprobado por la respectiva Dirección de Obras Municipales, ya que el presentado quedó sin efecto según Resolución Municipal Nº 4510 del 16 de agosto 2016, no siendo posible en consecuencia, asignarle un nuevo Rol.

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se resuelve;

Que se RECHAZA el recurso de protección deducido por el abogado don DANIEL ESPINOZA CAVIERES, en representación de INMOBILIARIA E & R LIMITADA, en contra del Jefe del Departamento de Avaluaciones del Servicio de Impuestos Internos, Dirección Regional de Arica y Parinacota, don nombre reservado.

Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad.

Rol N° 797-2017 Protección.