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Derecho público chileno

NormaLey N° 21.60075 de 167
Norma
Ley N° 21.600
Título
Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas
Cita
Ley N° 21.600, artículo 75

Texto del artículo

Artículo 75.- Cuerpo de guardaparques para áreas protegidas del Estado. El Servicio contará con un cuerpo de guardaparques, que será la autoridad competente para el manejo y fiscalización de las áreas protegidas del Estado.