- Norma
- Ley N° 21.600
- Título
- Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas
- Cita
- Ley N° 21.600, artículo 47
Texto del artículo
Artículo 47.- Beneficiarios. Podrán beneficiarse del Fondo las personas naturales y las personas jurídicas sin fines de lucro.