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Derecho público chileno

NormaLey N° 21.600103 de 167
Norma
Ley N° 21.600
Título
Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas
Cita
Ley N° 21.600, artículo 103

Texto del artículo

Artículo 103.- Planes de manejo. Los planes de manejo de las áreas protegidas privadas serán elaborados por sus propietarios o las organizaciones que administren el área o por quienes ellos designen, y aprobados mediante resolución del Servicio. Con todo, tales planes de manejo contendrán, a lo menos, lo dispuesto en el artículo 72 y se regirán por el reglamento establecido en el artículo 97.