- Norma
- Ley N° 21.455
- Título
- Ley marco de cambio climático
- Cita
- Ley N° 21.455, artículo 27
Texto del artículo
Artículo 27.- Sistema Nacional de Acceso a la Información y Participación Ciudadana sobre Cambio Climático. Se desarrollará un único Sistema Nacional de Acceso a la Información y Participación Ciudadana sobre Cambio Climático que será administrado y coordinado por el Ministerio del Medio Ambiente, con apoyo del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación y demás órganos de la Administración del Estado competentes. Este sistema incluirá los subsistemas de información mencionados en los Párrafos II y III del presente Título, como también aquellos instrumentos y sistemas de información que existan o puedan existir en la materia. Este sistema nacional promoverá y facilitará la participación ciudadana en la elaboración, actualización y seguimiento de los instrumentos de gestión del cambio climático. El sistema deberá propender a emplear un lenguaje comprensible.