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Derecho público chileno

NormaLey N° 21.040133 de 165
Norma
Ley N° 21.040
Título
Crea el sistema de educación pública
Cita
Ley N° 21.040, artículo segundo

Texto del artículo

Artículo segundo.- Entrada en vigencia de derogaciones y modificaciones de otras leyes. Lo dispuesto en el Título VI de esta ley entrará en vigencia desde la fecha del traspaso del servicio educacional al Servicio Local respectivo de conformidad a lo establecido en el artículo octavo transitorio. En consecuencia, las modificaciones legales establecidas en dicho Título no surtirán efectos respecto de aquellas municipalidades o corporaciones municipales que continúen prestando el servicio educacional. Se exceptuará de lo dispuesto en el inciso anterior el numeral 4) del artículo 82, que entrará a regir una vez transcurridos tres años desde la fecha de traspaso del servicio educacional, respecto de cada Servicio Local.