- Norma
- Ley N° 21.040
- Título
- Crea el sistema de educación pública
- Cita
- Ley N° 21.040, artículo 29
Texto del artículo
Artículo 29.- Objeto. En cada Servicio Local existirá un Comité Directivo Local, que velará por el adecuado desarrollo estratégico del servicio, contribuyendo a su vinculación con las instituciones de gobierno de las comunas y la región. Ante dicho Comité, el Director Ejecutivo rendirá cuenta a la comunidad local.