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Derecho público chileno

NormaLey N° 20.92047 de 50
Norma
Ley N° 20.920
Título
Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje
Cita
Ley N° 20.920, artículo cuarto

Texto del artículo

Artículo cuarto.- Gasto fiscal. El mayor gasto fiscal que represente la aplicación esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia, se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Ministerio del Medio Ambiente. No obstante, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con esos recursos. En los años siguientes se financiará con cargo a los recursos que se establezcan en las respectivas leyes de presupuestos del Sector Público.".