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Derecho público chileno

NormaLey N° 20.88053 de 61
Norma
Ley N° 20.880
Título
Sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses
Cita
Ley N° 20.880, artículo 53

Texto del artículo

Artículo 53.- Las responsabilidades de las autoridades y funcionarios establecidas en este Título se podrán hacer efectivas en el término de cuatro años desde la fecha de la infracción respectiva y no se extinguirán por el cese de funciones.