- Norma
- Ley N° 20.730
- Título
- Regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios
- Cita
- Ley N° 20.730, artículo 14
Texto del artículo
Artículo 14.- La infracción de las normas de esta ley hará incurrir en responsabilidad y traerá consigo las sanciones que ésta determine. La responsabilidad administrativa se hará efectiva con sujeción a las normas de este Título y, en lo no previsto por esta ley, se sujetará a las normas estatutarias que rijan al órgano del cual dependa el sujeto pasivo involucrado.