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Derecho público chileno

NormaLey N° 20.6008 de 55
Norma
Ley N° 20.600
Título
Crea los tribunales ambientales
Cita
Ley N° 20.600, artículo 8

Texto del artículo

Artículo 8º.- Remuneraciones de los ministros. La remuneración mensual de los ministros titulares de los tribunales será la suma equivalente a la remuneración bruta mensualizada de carácter permanente del cargo de Superintendente del Medio Ambiente. Los ministros suplentes, en su caso, recibirán mensualmente la suma equivalente al cincuenta por ciento de la remuneración mensual de los ministros titulares.