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Derecho público chileno

NormaLey N° 20.50031 de 43
Norma
Ley N° 20.500
Título
Sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública
Cita
Ley N° 20.500, artículo 31

Texto del artículo

Artículo 31. Tanto el catastro como las resoluciones del Consejo Nacional y de los consejos regionales del Fondo deberán encontrarse a disposición de la Contraloría General de la República, para el efecto de que ésta conozca la asignación y rendición de cuenta de los recursos.