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Derecho público chileno

NormaLey N° 20.41762 de 74
Norma
Ley N° 20.417
Título
Crea el ministerio, el servicio de evaluación ambiental y la superintendencia del medio ambiente
Cita
Ley N° 20.417, artículo 60

Texto del artículo

Artículo 60.- Cuando por unos mismos hechos y fundamentos jurídicos, el infractor pudiese ser sancionado con arreglo a esta ley y a otra u otras leyes, de las sanciones posibles, se le impondrá la de mayor gravedad. En ningún caso se podrá aplicar al infractor, por los mismos hechos y fundamentos jurídicos, dos o más sanciones administrativas.