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Derecho público chileno

NormaLey N° 20.41718 de 74
Norma
Ley N° 20.417
Título
Crea el ministerio, el servicio de evaluación ambiental y la superintendencia del medio ambiente
Cita
Ley N° 20.417, artículo 18

Texto del artículo

Artículo 18.- Al finalizar el año respectivo, deberán publicarse los programas y subprogramas de fiscalización, con sus respectivos resultados individualizados por tipo de instrumento fiscalizado y organismo que las llevó a cabo. Serán de conocimiento público las metodologías y guías de fiscalización aprobadas por la Superintendencia.