Artículo 32 (del art. primero)
- Norma
- Ley N° 20.285
- Título
- Sobre acceso a la información pública
- Cita
- Ley N° 20.285, artículo 32 (del art. primero)
Texto del artículo
Artículo 32.- El Consejo tiene por objeto promover la transparencia de la función pública, fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre transparencia y publicidad de la información de los órganos de la Administración del Estado, y garantizar el derecho de acceso a la información.