Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

NormaLey N° 19.88690 de 105
Norma
Ley N° 19.886
Título
Ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestacion de servicios
Cita
Ley N° 19.886, artículo 46

Texto del artículo

Artículo 46.- Los miembros del Comité en el desempeño de sus funciones estarán sujetos a las normas del capítulo VII. En virtud de lo anterior, deberán abstenerse de participar o intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en que puedan tener interés, entre ellos, aquellos referidos a los procedimientos especiales contemplados en los números 4 y 5 de la letra d) del artículo 7° y los referidos a la Ley sobre la economía circular en la adquisición de bienes y servicios de los organismos del Estado. A éstos les serán aplicables las causales de abstención establecidas en el artículo 35 quinquies.