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Derecho público chileno

NormaLey N° 19.88669 de 105
Norma
Ley N° 19.886
Título
Ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestacion de servicios
Cita
Ley N° 19.886, artículo 34

Texto del artículo

Artículo 34.- La contratación de acciones de apoyo a que se refiere la ley Nº 18.803, deberá efectuarse en conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 8º bis de la ley Nº 18.575, en aquellos casos en que se llame a propuesta privada para la adjudicación de tales contratos.