Artículo vigésimo
- Norma
- Ley N° 19.882
- Título
- Regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica
- Cita
- Ley N° 19.882, artículo vigésimo
Texto del artículo
ARTÍCULO VIGÉSIMO.- El contrato de administración se extinguirá por las siguientes causales: a) Cumplimiento del plazo por el que se otorgó; b) Acuerdo entre el Ministerio de Hacienda y la entidad administradora; c) Infracción grave de las obligaciones por parte de la entidad administradora; d) Insolvencia de la sociedad administradora, y e) Las que se estipulen en las bases de licitación.