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Derecho público chileno

NormaLey N° 19.88248 de 108
Norma
Ley N° 19.882
Título
Regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica
Cita
Ley N° 19.882, artículo septuagésimo primero

Texto del artículo

ARTÍCULO SEPTUAGÉSIMO PRIMERO.- Agréganse en el inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 19.863, las siguientes letras: "e) Gobernadores: 50% de dichas remuneraciones, y f) Director del Servicio Nacional de la Mujer y Director Nacional del Instituto Nacional de Deportes de Chile: 135% y 120% de dichas remuneraciones, respectivamente, quienes no tendrán derecho a percibir los montos señalados en el inciso siguiente.".