Artículo quincuagésimo
- Norma
- Ley N° 19.882
- Título
- Regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica
- Cita
- Ley N° 19.882, artículo quincuagésimo
Texto del artículo
ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO.- El consejo entregará, en carácter reservado, la nómina de 3 o 4 candidatos seleccionados, acompañada de los antecedentes profesionales y laborales de los mismos, así como la evaluación a que se refiere el inciso segundo del artículo quincuagésimo tercero, sin expresar preferencia por ninguno de ellos.