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Derecho público chileno

NormaLey N° 19.8823 de 108

Artículo 3 (del art. vigesimosexto)

Norma
Ley N° 19.882
Título
Regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica
Cita
Ley N° 19.882, artículo 3 (del art. vigesimosexto)

Texto del artículo

Artículo 3°.- La dirección superior, la organización y la administración de la Dirección Nacional del Servicio Civil corresponderán a un director de exclusiva confianza del Presidente de la República, quien será el jefe superior del servicio y tendrá la autoridad, atribuciones y deberes inherentes a esa calidad. En conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la ley N° 18.575, el director, con sujeción a la planta y la dotación máxima, establecerá su organización interna y determinará las denominaciones y funciones que correspondan a cada una de las unidades establecidas para el cumplimiento de las funciones que le sean asignadas.