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Derecho público chileno

NormaLey N° 19.66442 de 50
Norma
Ley N° 19.664
Título
Establece normas especiales para profesionales funcionarios que indica de los servicios de salud y modifica la ley N° 15.076
Cita
Ley N° 19.664, artículo 41

Texto del artículo

Artículo 41.- El sistema de remuneraciones que se establece en los artículos precedentes de este párrafo sustituye, respecto de los profesionales funcionarios a los cuales se refiere, las remuneraciones contenidas en los artículos 7º, 8º, 9º y 10 permanentes y 14 transitorio, parte final, de la ley N° 15.076; 39 del decreto ley N° 3.551, de 1980; 65 de la ley N° 18.482; 4º de la ley N° 18.717; 1º de la ley N° 19.112, y 1º y 2° de la ley N° 19.432. Dichas disposiciones no serán aplicables a estos profesionales a contar de la fecha de entrada en vigencia del nuevo sistema.