- Norma
- Ley N° 19.664
- Título
- Establece normas especiales para profesionales funcionarios que indica de los servicios de salud y modifica la ley N° 15.076
- Cita
- Ley N° 19.664, artículo 20
Texto del artículo
Artículo 20.- A los profesionales que hubieren aprobado la acreditación en un Servicio de Salud y postulen a otro cargo en el mismo u otro Servicio de Salud, se les considerará favorablemente dicho antecedente en el respectivo concurso.