- Norma
- Ley N° 19.664
- Título
- Establece normas especiales para profesionales funcionarios que indica de los servicios de salud y modifica la ley N° 15.076
- Cita
- Ley N° 19.664, artículo 14
Texto del artículo
Artículo 14.- La Etapa de Planta Superior estará conformada por tres niveles, asociados a la percepción de la asignación de experiencia calificada. Estará integrada por profesionales que, por su formación y experiencia, desempeñen funciones que involucren la aplicación sistemática de sus conocimientos y competencias en beneficio de la población usuaria, en la formación de nuevos profesionales o en la coordinación y supervisión de equipos o grupos de trabajo.