- Norma
- Ley N° 19.378
- Título
- Establece estatuto de atencion primaria de salud municipal
- Cita
- Ley N° 19.378, artículo 34
Texto del artículo
Artículo 34.- Todo concurso deberá ser suficientemente publicitado en un diario o periódico de los de mayor circulación nacional, regional o provincial, si los hubiere, sin perjuicio de los demás medios de difusión que se estime conveniente adoptar, y con una anticipación no inferior a 30 días. La cobertura de la publicación guardará relación con la cantidad y relevancia de los cargos a llenar.