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Derecho público chileno

NormaLey N° 19.30080 de 118
Norma
Ley N° 19.300
Título
Aprueba ley sobre bases generales del medio ambiente
Cita
Ley N° 19.300, artículo 50

Texto del artículo

Artículo 50.- Estos decretos serán reclamables ante el Tribunal Ambiental por cualquier persona que considere que no se ajustan a esta ley y a la cual causen perjuicio. El plazo para interponer el reclamo será de treinta días, contado desde la fecha de publicación del decreto en el Diario Oficial o, desde la fecha de su aplicación, tratándose de las regulaciones especiales para casos de emergencia. La interposición del reclamo no suspenderá en caso alguno los efectos del acto impugnado.